Jurisprudencia sobre Protección Internacional

Análisis jurisprudencial sobre asilo, protección subsidiaria y permiso de residencia por razones humanitarias en un boletín de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado del primer semestre de 2018.

Boletín de Jurisprudencia de Protección Internacional del Primer Semestre de 2018

En el primer semestre de 2018 se han dictado varias sentencias en las que la Audiencia Nacional ha reconocido y concedido las tres figuras de protección que se prevén en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria:

  1. el asilo
  2. la protección subsidiaria
  3. el permiso de residencia por razones humanitarias

Estas tres figuras operan en cascada, es decir:

  •  la concesión de protección subsidiaria presupone la denegación del reconocimiento de asilo
  •  y el otorgamiento de un permiso de residencia por razones humanitarias viene condicionado a que no se conceda protección subsidiaria.

CEAR

Por ello se procede al análisis, pudiendo ver a continuación el último boletín correspondiente al primer semestre de 2018 (de enero a junio de 2018), el cual recoge aspectos tales como:

Asilo

  • Honduras: Mara Salvatrucha
  • Colombia: 44 y los Triana
  • Ucrania: servicio militar obligatorio

Protección subsidiaria

  • Mali: protección subsidiaria

Razones humanitarias

  • Venezuela: razones humanitarias
  • Ghana: razones humanitarias

 

Esquema del procedimiento de protección internacional

CEAR procedimiento protección internacional

 

Se resalta que, antes de leer este Boletín se tenga en cuenta que:

[i] Si usted es un solicitante de asilo o un familiar o amigo del mismo, acuda siempre a un abogado especializado.

[ii] Cada caso es diferente, por lo que no debe extrapolar conclusiones precipitadas basadas en el sentido del fallo de un asunto concreto, ni siquiera entre solicitantes de la misma nacionalidad.

Fuente: Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR)

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
Pedir citaContactar WhatsApp