Juras de Nacionalidad Española: El problema sin solución

El proceso de nacionalidad española tiene una fase fundamental en su parte final, la de la realización de la Jura de respeto al Rey y Constitución Española.

La Jura de Nacionalidad Española en el nuevo proceso de nacionalidad española. Expedientes presentados después del 15 de octubre de 2015

La normativa de nacionalidad española cambió radicalmente a partir del 15 de octubre de 2015, y desde ese momento el procedimiento se convirtió en estrictamente un proceso administrativo donde la intervención de los Registros Civiles se ha limitado a la recogida de solicitudes (hasta el 30 de junio de 2017) y a la fase de Jura e Inscripción de las certificaciones de nacimiento de los nuevos Españoles.

Juras de Nacionalidad Española

Uno de los motivos por los cuales se ha «sacado» a los Registros Civiles de este proceso de nacionalidad, por lo menos de su parte de tramitación fundamental, ha sido la necesidad, como decíamos de convertir el proceso en administrativo al 100% (antes era un proceso mixto de jurisidiccional y administrativo) y, por otro lado, aunque sea politicamente incorrecto decirlo, la falta de diligencia y operatividad por parte de los Registro Civiles a la hora de instruir procedimientos de nacionalidad.

Pero aún así, con el proceso actual de nacionalidad española, no nos vamos a librar de pasar nuevamente por el Registro Civil, puesto que aún disponen de las competencias para hacer la famosa Jura o Promesa de respeto a la Constitución y al Rey, así como la importantísima labor de inscribir las partidas o certificaciones de nacimiento para que el «nuevo español» pueda obtener su DNI y pasaporte patrio.

Osea, que desde hace dos años, los Registro Civiles no intervienen apenas en los procesos de nacionalidad, y eso nos podría hacer llegar a la conclusión de que, ante la disminución del trabajo (por lo menos en esta materia), la fase de jura debería ser relativamente ágil una vez que comencemos a ver resoluciones de expedientes de nacionalidad española de este nuevo proceso.

Mucho me temo que esto no va a suceder tal como esperamos. Algunos registros civiles sí que harán sus juras en plazos razonables, los mismos que lo venían haciendo así hasta ahora con el viejo proceso, pero aún nos encontraremos con decenas o cientos de registros que nos volverán a retrasar las citas para jurar meses, incluso años.

Quiere decir esto que, en el mejor de los casos que el nuevo procedimiento de nacionalidad española comenzara a dar sus frutos y empezará a resolver expedientes en menos de un año, mucho nos tememos que en muchos lugares de España el proceso se vuelva a alargar por muchos meses más simplemente por la falta de organización en la realización de las famosas juras de nacionalidad. Valga como ejemplo el hecho de que con algún expediente que tenemos resuelto del año 2016 (nuevo proceso pero resuelto en vía judicial), a la hora de la Jura, el Registro Civil ni siquiera sabía que documentos debía solicitar para hacer la misma.

Y eso ya lo estamos viendo actualmente con los expedientes que se están resolviendo en mayor número, los correspondientes al año 2015, los cuales, después de más tres años de espera en muchos casos les toca esperar ahora el tiempo en el que los Registros Civiles les darán cita para la famosa jura, espera que se puede llegar a largar hasta más de un año adicional, más el tiempo en que tarden en inscribir.

Y una solución hubiera sido la de habilitar nuevamente las Juras de Nacionalidad en Notaría, como en el año 2013, pero de esto no se ha oído hablar nada desde entonces, así que las posibilidades de que suceda son bastante improbables.

Organizados y previsores no son adjetivos que puedan atribuirse a los Registros Civiles y no estaría mal que ahora, y no en otro momento comenzaran a crear planes para afrontar lo que les espera: más de 200.000 juras en los próximos años.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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5 comentarios en “Juras de Nacionalidad Española: El problema sin solución
  1. Asmae bouziani dice:

    Holaa buenas me han concedido la nacionalidad española por residencia pero tengo cita en el registro civil para el 2022 i en la notificacion pone ke hay ke hacer la jura antes de 180 dias. Ke debo hcer?

  2. Amandeep dice:

    Alguien de Murcia, puede decir cuanto tarda en juramento después de concesión de nacionalidad? En Registro civil de Murcia capital gracias.

  3. Jairo dice:

    Lo mismo en el juzgado de Totana..Murcia. Despues de 4 años esperando..y tengo aprobada la nacionalidad..en el juzgado me dicen que debo esperar casi año y medio porque tengo 1800 personas por delante..un desastre la verdad y lo mas triste es que no se puede hacer absolutamente nada….muy injusto.

  4. PONCE dice:

    Buenos días, alguien sabe para cuando están dando juras en el registro de Barcelona?

    Marce todo lo que preguntas te lo responderán en el registro ya que hay algunos que te dan cita para el otro día y juras y todo y te dan el acta de nacimiento y otros no.

  5. Marce dice:

    Buenos días vicente:
    una vez sale la resolución en cómo va lo mio. Entiendo que debo acercarme a registro civil y llevarla. En ese momento me dan la cita para la pre-jura y la jura? o primero me dan para la prejura y después cuando vaya a prejura me dan la de la jura? No se puede hacer prejura y jura el mismo día?

    Gracias

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