Jornada, vacaciones y permisos de una Empleada de Hogar

¿Qué jornada laboral tiene una empleada de hogar? ¿Cuántos días de vacaciones tiene?

Como bien sabéis, son muchos los trabajadores y trabajadoras que hoy día desarrollan su actividad como empleada de hogar en domicilio familiares. En noticias anteriores ya os comentábamos qué actividades estaban incluidas y cuales no, la forma que tenía que tener el contrato de trabajo, y dónde descargar un modelo de contrato de trabajo, etc. LEER NOTICIA COMPLETA AQUÍ.

En esta noticia, queremos detallar, la jornada laboral, las vacaciones y los permisos de los que dispone una empleada de hogar.

¿Qué jornada laboral tiene una empleada de hogar?

Como en cualquier trabajo, la jornada laboral sería de 40 horas semanales como máximo. Tanto para la empleada de hogar interna como la externa. De manera adicional se puede pactar tiempo de presencia entre el empleador y la trabajadora.

¿Qué es el tiempo de presencia?

El tiempo de presencia es aquel tiempo que la trabajadora permanece en el hogar familiar a disposición del empleador, pero no está desarrollando de manera continua una actividad concreta o trabajo efectivo.

Para los trabajadores que estén contratadas a tiempo completo, el tiempo de presencia no podrá ser mayor a 20 horas semanales de promedio en un periodo en un mes.

¿Se cobra el tiempo de presencia?

Sí. Siempre se debe pagar correctamente el tiempo de presencia. Es cierto que la trabajadora no está desarrollando de forma continua un trabajo efectivo, pero no dispone de dicho tiempo de presencia de forma libre. Se debe por tanto pagar o compensar ese tiempo de presencia. ¿Qué diferencias hay?

  1. Pagar el tiempo de presencia: Se debe abonar como una hora de trabajo efectiva.
  2. Compensar el tiempo de presencia es cuando por ese tiempo de presencia realizado, se «pagan» en tiempo de descanso.

¿Puede el empleador exigir a la trabajadora ese tiempo de presencia?

No. Debe pactarse previamente entre el empleador y la trabajadora. Todo ello debe quedar correctamente reflejado en el contrato de trabajo.

empleada de hogar

¿Hay algún descanso de la empleadas de hogar?

Sí. Las empleadas de hogar tendrán un descanso mínimo de doce horas entre una jornada de trabajo y otra. Es decir desde que acabe su jornada de trabajo y comience la siguiente, deben haber transcurrido al menos esas doce horas.

El descanso semanal será de treinta seis horas consecutivas, y dicho descanso será como norma general entre la tarde del sábado y el domingo completo, o bien el domingo completo y la mañana del lunes.

¿Cuántos días de vacaciones tengo como empleada de hogar?

Cada empleada de hogar dispone de 30 días de vacaciones a lo largo del año. Este periodo de 30 días se podrá fraccionar en dos o más periodos. Sí que al menos uno de esos descansos debe ser de mínimo 15 días.

Las vacaciones se deberán fijar de mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador. Se deben comunicar las fechas con una antelación mínima de dos meses al comienzo del disfrute de las vacaciones.

¿Qué pasa si no hay acuerdo entre el empleador y el trabajador?

En ese caso, el empleador podrá elegir 15 días de las vacaciones de la trabajadora y fijarlas en función de sus necesidades familiares. Los otros 15 días los podrá elegir libremente la empleada de hogar.

Soy empleada de hogar interna y tengo vacaciones ¿tengo que permanecer en el domicilio del empleador?

No. El tiempo de las vacaciones de la empleada de hogar es tiempo de descanso para el trabajador, y por tanto no podrá permanecer en el domicilio del empleador. Lo más normal es que si permanece en el domicilio del empleador realice por ejemplo las tareas domésticas, y ya no sería tiempo de descanso.

¿Qué permisos de trabajo tengo como empleada de hogar?

Como cualquier otro trabajador, la empleada de hogar tiene los mismos permisos y fiestas que el resto de trabajadores.

  1. Por matrimonio: 15 días
  2. Enfermedad grabe, accidente o muerte de parientes cercanos como padres, madres, hijos, hermanos, abuelos, también se incluye la familia política: 2 días, ampliables a cuatro si es necesario viajar a otra localidad
  3. Cambio de domicilio: 1 día.
  4. Cumplimento de deberes como asistir a un juicio, gestión de documentos oficiales, votar… La trabajadora se ausentará de su puesto de trabajo el tiempo imprescindible para cumplir con dicho deber. En estos casos lo más conveniente sería pedir un justificante.
  5. Exámenes prenatales, clases de preparación al parte: Se podrá ausentar de su puesto el tiempo indispensable.

Si que la empleada de hogar deberá avisar antes a dicha ausencias, y tendrá derecho a recibir el sueldo completo que le corresponda.

Estefanía Guadix, de Parainmigrantes.info, nos explica a continuación todos los detalles en el siguiente vídeo:

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Un comentario en “Jornada, vacaciones y permisos de una Empleada de Hogar
  1. Mattia dice:

    Por favor os solicito de terminar de enviarme vuestras newsletter en mi telefono. Usuario Mattia Bianchi email tifacciounfax@gmail.com Gracias

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