Residencia para Familiares de Españoles- Preguntas Frecuentes

Aquí tienes las preguntas frecuentes sobre la nueva Residencia de familiar de Español:

Aquí tienes la Instrucción sobre la nueva Residencia para familiares de Españoles.

Y es que la nueva tarjeta de familiar de español será posiblemente una de las tarjetas que más se tramiten.

Te contamos todos los detalles y las importantísimas novedades que plantea este nuevo permiso:

Hoy día somos muchos los que esperamos a que llegue el 20 de mayo para hacer nuestras solicitudes.

Ahora ya sabemos con más certeza como aplicarán las oficinas de extranjería este nuevo reglamento en relación a los familiares de españoles.

¿Quieres saber más?

Aquí puedes acceder a la nueva Instrucción:

Te explicamos las novedades de esta instrucción:

Hijos y Ascendientes de Español

La novedad más importante de la instrucción sobre la residencia para los familiares de españoles es en relación a los hijos mayores de 18 años y a los ascendientes.

Y es que se podrá hacer la solicitud de este permiso desde España evitando así una discriminación de los ciudadanos españoles en relación a los ciudadanos comunitarios.

Con el nuevo reglamento se ha limitado la posibilidad de hacer la solicitud de estos permisos estando en España, en este caso cuando es para ascendientes de españoles y para los hijos mayores de 18 años.

Pues bien, con esta instrucción se olvidan de la disposición transitoria 4º y de esta limitación y podrás hacer las solicitudes desde España como hasta ahora.

Grandes noticias sin duda.

Familia Extensa

En relación a la familia extensa aclara tres cuestiones:

  • No hay limitación al número de personas que puedes reagrupar
  • Puede ser de cualquier grado de parentesco
  • La situación de estar a cargo debe darse en el país de origen o procedencia

También recuerdan a través de esta instrucción que el concepto de estar a cargo y que el español en estos casos deberá acreditar recursos económicos.

Personas que pueden acceder a la Residencia de Familiar de Español

Los familiares que pueden pedir esta nueva residencia son:

  • Cónyuge del español/a
  • Pareja Inscrita en un Registro Público de Parejas de hecho de español/a
  • Pareja estable debidamente acreditada del español/a (bien a través de convivencia o si tiene hijos en común)
  • Hijos menores de 26 años o mayores de dicha edad a cargo del español
  • Ascendientes en primer grado a cargo y carezcan de apoyo familiar en el país de origen. Se entenderán que se encuentran a cargo cuando tengan 80 años. (Se ha aumentado considerablemente la edad)
  • Padre/madre/tutor de un menor de edad español.
  • Cuidador de la persona español que tenga reconocido alguno de los grados de dependencia reconocidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (la conocida ley de dependencia)
  • Hijos de padre o madre que sean o hayan sido españoles de origen (se elimina el concepto de originariamente)
  • Otros miembros de la familia, es decir, el famoso concepto de «familia extensa» que se encuentren a cargo.

Si quieres más información sobre documentos y requisitos HAZ CLIC AQUÍ

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15 comentarios en “Residencia para Familiares de Españoles- Preguntas Frecuentes”
  1. Ismail Cuéllar dice:

    Buenas tardes, mi esposa tiene permiso de residencia, por matrimonio con ciudadano español.
    Su hija ha ingresado al espacio Schengen con visado de turismo, puede su hija solicitar el permiso de residencia estando en España.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Si claro, se puede hacer sin problemas. Contáctanos y te hacemos todo el proceso

  2. JUAN CARLOS NEBREDA CHICO dice:

    Hola mi suegra es cubana y vive en cuba y mi esposa tiene nacionalidad española . Si puedo sacarla un tarjeta de crédito española a su nombre en cual pondría dinero y se la mandaría a cuba para usarla, serviría para demostrar estar cargo. Saludos

  3. rocioo dice:

    Hola! Sería posible que mi marido marroquí entre a España con un visado de familiar de comunitario y una vez aqui, solicite la residencia para familiares de españoles? Gracias!

    1. Alma Parainmigrantes dice:

      ¡Hola, Rocío! Muchas gracias por escribirnos. Lo mejor en este caso es que nos llames para ver mejor toda la situación y poder aconsejarte así cuál es la mejor manera de proceder con todo: https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  4. Cecilia dice:

    Hola soy española por residencia tengo un hijo de 26 años en Agosto cumple 27 el es de Ecuador podría traerlo ? cual sería el trámite a seguir agradezco su respuesta..saludos

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Podrías solicitar la residencia de familiar de español acreditando que está a tu cargo. Escríbenos aquí https://wa.link/mgtwoy

  5. Gioconda dice:

    Hola soy d nicaragua, tengo la nacionalidad española y en este momento estoy en nicaragua, mi hijo d 24 años viaja conmigo mi pregunta es si puedo aserle residencia aya o hay q solicitarla aquí

  6. Hola puedo trea mis padres que esta en Africa a vivir conmigo en España siedo español ?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Fran en este caso puedes hacer la residencia para familiar de español desde aquí…Escríbenos por WhatsApp aquí y te ayudamos con todo 👉🏼 https://wa.link/33uag4

  7. Contreras Malu dice:

    Hola cual es la documentación que se necesita para reagrupación extensa a mis 2 hijas mayores y sus dos hijas de 3 y 11 años de Republica dominicana con la ley nueva de extranjería que entro en vigencia el 20 de mayo

  8. Carmen Velasquez dice:

    Mi hija ahora mismo está tramitando residencia temporal por circunstancias especiales – Arraigo Familiar. Fue denegada por no acreditar la cantidad de dinero en envíos durante un año, presente recurso de reposición acreditando que la vivienda y servicios no se le cobraba por encontrarse en domicilio de mi hermana, sile vuelven a denegar. Tendrá oportunidad de calificar con nuevo reglamento si le deniegan la residencia con anterior reglamento, tiene 34 años, Peruqna está en España desde el 23 feb 2024, su madre es española nacionalizada y padrastro son Español de nacimiento, ambos jubilados. Gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí, podríais hacer tanto una residencia para familiares de españoles como cualquier tipo de arraigo si lleva el tiempo necesario de 2 años en España

  9. Alicia dice:

    Sera posible tramitar esta residencia cuando un conyuge de un tercer país que exige visado, esté tramitando la inscripción de su matrimonio en el consulado extranjero? o hay que esperar si o si a que se emita el certificado de matrimonio español?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí, se puede hacer mientras se inscribe el matrimonio. Escríbenos aquí y vemos tu caso https://wa.link/mgtwoy

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