Inscripción como Pareja de Hecho en Islas Baleares


Registro de Parejas Estables

Inscripción, modificación y cancelación en el Registro de Parejas Estables de las Illes Balears.

Destinatarios

Toda la ciudadanía de las Illes Balears.

Requisitos

– Ser mayor de edad o menor emancipado.

– No tener, los miembros de la pareja, relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción (abuelos, padres, hijos), ni colateral por consanguinidad o adopción hasta al tercer grado (hermanos, tíos, nietos).

– No estar ligado por vínculo matrimonial, es decir, ser soltero/a, viudo/viuda o divorciado/divorciada.

– No formar pareja estable con otra persona, si esta pareja está inscrita y formalizada debidamente.

– Uno de los dos miembros (como mínimo), debe tener vecindad civil balear.

– Los dos miembros, se someterán de manera expresa al régimen que establece la Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de parejas estables.

– Los dos miembros, deben declarar la voluntad de constituirse en pareja estable, sin condiciones y con carácter de permanencia.

Presentación

Durante todo el año.

Plazo máximo para la resolución

Ni la Ley ni el Decreto de Parejas Estables establece plazo alguno. Por tanto, el criterio se establece en base a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (6 meses).

Plazo máximo para la notificación

Ni la Ley ni el Decreto de Parejas Estables establece plazo alguno. Por tanto, el criterio se establece en base a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (6 meses).

Silencio administrativo

Positivo. Tres meses.

Fin de la vía administrativa

No

DOCUMENTOS

Libro de Parejas Estables

Solicitud de Inscripción

Solicitud de cancelación/anulación de inscripción en el registro de parejas estables

Solicitud de modificación de inscripción en el registro de parejas estables

Documentación necesaria

TRÁMITE: REGISTRO DE PAREJAS ESTABLES

El registro tiene que comprobar la exactitud y la suficiencia de los datos aportados, y si fuese necesario, requerirá a los interesados para que, en un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Comprobada la exactitud y suficiencia de los datos aportados, se requerirá a los dos miembros de la pareja, para que, en el plazo de un mes, y ante del responsable del Registro, ante un notario o ante un alcalde asistido por el secretario, formalicen conjuntamente y de forma escrita la voluntad de constituirse en pareja en una relación de afectividad análoga a la conyugal, sin condiciones y con carácter de permanencia.

Para el reconocimiento de los efectos de la constitución de la pareja estable es necesario que esta se inscriba en el Registro.

La fecha que marca los efectos de la constitución es la de la declaración de la voluntad formalizada de acuerdo con el punto anterior.

El encargado del Registro tiene que elevar la propuesta de resolución de constitución e inscripción de la pareja estable al titular de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, para que dicte la resolución correspondiente.

Si en el plazo máximo de tres meses, contados desde la formalización de la constitución de la pareja ante el responsable del Registro o desde la fecha de entrada en el Registro previsto en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, no se ha dictado ninguna resolución, se ha de entender estimada la solicitud de inscripción.

Contra las resoluciones dictadas por el titular de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración que agoten la vía administrativa, se pueden interponer los recursos previstos legalmente.

Una vez dictada la correspondiente resolución favorable de la práctica de la inscripción, se tiene que anotar en el Libro General del Registro de Parejas Estables.

Documentación:

Documentación: documentación que hay que aportar

La solicitud de inscripción en el Registro de Parejas Estables implica el inicio de un expediente administrativo. Esta solicitud debe ir acompañada de los documentos siguientes:

– Original y copia de los documentos de identificación de los miembros de la pareja.

– Certificado del Registro Civil o escritura pública de emancipación de los miembros, si se precisa.

– Certificado actualizado del Registro Civil dónde se acredite que no mantiene ningún vínculo matrimonial con otra persona.

– Declaración responsable de los dos miembros acreditando que no hay ninguna relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.

– Declaración responsable de no formar pareja estable con otra persona, inscrita y formalizada debidamente.

– Certificado acreditativo de la vecindad civil balear de uno de los miembros de la pareja.

– Declaración expresa y por escrito de sometimiento de ambos miembros al régimen que establece la Ley 18/2001 de Parejas Estables.

Lugar

Dirección General de Menores y Familia

C/ de San Juan de la Salle, 4B

07003 Palma

Tel.: 971 17 74 00

Órgano competente para resolver

Directora General, Dirección General de Menores Y Familia

Centros

* C/ de Sant Joan de la Salle, 4 B

C/ de Sant Joan de la Salle, 4 b 07003 Palma de Mallorca

Tel.: 971 17 74 00

Fax: 971 17 64 16

Observaciones

Para más información y para la presentación de los documentos, pueden dirigirse a Via Alemania, 6, 07003 de Palma.

Fuente: Gobern de les Illes Balears

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15 comentarios en “Inscripción como Pareja de Hecho en Islas Baleares
  1. Mariela dice:

    Hola

    soy de Costa Rica me dijieron en la OFIM que tenia que quedarme 12 meses en Mallorca empadronada para obtener mi permiso de pareja de hecho, es eso correcto?o se puede hacer antes y en donde seria en el registro?

  2. Tengo tarjeta comunitaria europea dependiente de padre español … Tengo 32 años y mi pareja vive en el extranjero, deseo saber si registrando nuestro matrimonio podría solicitar la reagrupación familiar ….
    Muchas gracias

  3. Hola, Mi pareja es de Nacionalidad Rumana, Tiene reconocido el NIE en España pero no esta nacionalidad Española, Que documentacion debemos presentar para constituir en psreja de hecho. Gracias

    1. Lucas dice:

      Yo soy mallorquin y mi pareja brasileña, llevamos 1 año juntos estamos viviendo en Sao Paulo y ahora queremos ir a Mallorca hemos pensado hacernos parejas de hecho para que ella no tenga ningùn problema de residencia.
      Que requisitos necesitamos ??
      Siendo pareja de hecho ella puede residir en España (Mallorca) ??

      1. Noelia dice:

        Hola tengo el mismo caso, pudiste solucionar ?

    2. Fatima zouhra khirabbi dice:

      Hola tengo la misma problema me puedes ayudar?

  4. melisa dice:

    hola! no puedo ver ni imprimir la solicitud de inscripción de pareja estable, esta roto el enlace, donde podría descargarlo para imprimirlo?

  5. melisa dice:

    hola! no puedo ver ni imprimir la solicitud de inscripción de pareja estable, esta roto el enlace!, donde podría descargarlo para imprimirlo?

  6. Hola, es cierto que para hacerse pareja estable en Baleares uno de los miembros debe ser ciudadano europeo, o sea que mi pareja y yo por ser extranjeras (legales) de un pais fuera d la UE no podriamos? He leido ese requisito en la página oficial.
    Saludos,

  7. pechu dice:

    holal..quiero saber si haciendome pareja de hecho aqui en palma o en cualquier lugar de mallorca tengo derecho a pedir la tarjeta de residencia ya que no tengo papeles ,pero mi pareja es español y los dos somos de el mismo sexo..

    1. Vicente Marín dice:

      Pechu, una vez que están inscritos como pareja de hecho, puedes acceder al régimen comunitario y solicitar la correspondiente tarjeta de familiar de comunitario en tu Oficina de Extranjería, hay oficinas en las que es necesario solicitar cita previa y hay otras que no. Aqui tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

  8. Nombre...yajhaira dice:

    Quiero saber si ya me a salido la resolucion

  9. marwa dice:

    soy español de origeen marroqui, me case en marruecos, para hacerme pareja de hecho,puedo traer el acta del divorcio de MARRUECOS legalizada y traucida, pero no inscrita en españa para hacerme padeja de hecho?

  10. joan mejia dice:

    hola k tal..quiero saber si haciendome pareja de hecho aqui en palma o en cualquier lugar de mallorca tengo derecho a mis papeles ya que no tengo papeles ,pero mi pareja es nacido aqui en mallorca y los dos somos de el mismo sexo..

  11. mayela dice:

    hola kiero saber si las parejas de hecho o estables en las islas baleares es solo valido para el gobierno balear y si es verdad ke al salir al resto de españa yo siendo extranjera no me valdria y tendria k ir como turista o en su efecto si salgo del pais en k condicion seria, agradeceria me pudieran horientar al respecto
    gracias

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