Informe de Integración Social en Madrid

La Comunidad de Madrid modifica la estructura orgánica de distintas consejerías

Con fecha 8 de julio de 2011 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid distintos Decretos relativos a la modificación de la estructura orgánica de distintas Consejerías, entre ellas, la Consejería de Asuntos Sociales.

En el artículo 19, apartado i) del Decreto 99/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales, se establece entre otras competencias, que la Dirección General de Inmigración es la encargada de «la elaboración de los informes de integración derivados de la legislación de extranjería».

Además, establece el artículo 19 las competencias de la Dirección General de Inmigración:

«Corresponde a la Dirección General de Inmigración, en aplicación de lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias y bajo la superior dirección del Consejero de Asuntos Sociales:

a). La elaboración de propuestas y la ejecución de actuaciones dirigidas a la acogida y la integración de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid.

b). La interlocución con representantes de otras Administraciones Públicas, de asociaciones de inmigrantes y organizaciones no gubernamentales.

c). La propuesta, ejecución y desarrollo de planes y programas que afecten a los inmigrantes, así como la concesión de las prestaciones que deriven de los mismos.

d). La preparación de convocatorieas y la elaboración de las propuestas de resolución de las subvenciones destinadas a la integración de los inmigrantes.

e). El apoyo técnico a los Órganos Colegiados de Particiación adscritos a la Consejería en materia de inmigración.

f). El diseño y desarrollo de instrumentos de análisis para evaluar la eficacia y el impacto social de los programas y proyectos de inmigración.

g). La gestión de iniciativas y programas derivados de Fondos Europeos.

h). La elaboración y seguimiento de Convenios realizados con las corporaciones locales y otras entidades en materia de inmigración.

i). La elaboración de los informes de integración derivados de la legislación de extranjería.

j). La coordinación con los órganos estatales e instituciones autonómicas y administraciones locales para la elaboración de los informes de integración.

k). El control y seguimiento de los Centros de Participación e Integración de Inmigrantes y de los Centros de Anteción Social para Inmigrantes, así como de los programas que se desarrollan en los mismo.

l). El control y seguimiento de las plazas concertads de alojamiento para personas inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad.

m). El diseño y desarrollo de instrumentos de análisis para evaluar la eficacia y el impacto social de los Centros en las materias de su competencia.

Artículo 20. Estructura

La Dirección General de Inmigración se estructura en las siguientes unidades administrativas orgánicas, con rango de Subdirección:

a). Subdirección General de Programas de Integración.

b). Subdirección General de Centros de Atención a Inmigrantes e informes de integración.

 

Fuente: Práctica administrativa extranjería Madrid

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Un comentario en “Informe de Integración Social en Madrid
  1. andres bautista dice:

    Hola, como hago para pedir mi insercion social en madrid para el equisito de arraigo social. Debo pedir citq para ello? O solo debo llegar con la documentacion q me piden. Gracias

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