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AQUÍ TIENES LA INFORMACIÓN ACTUALIZADA SOBRE EL ARRAIGO SOCIAL Y EL INFORME DE INSERCIÓN
Informe de arraigo en procedimientos de residencia por arraigo social
Uno de los requisitos del arraigo social es tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o, en su defecto, presentar un informe de arraigo que acredite su integración social.
Es decir, debe acreditarse uno de ellos por lo que si se tienen vínculos familiares con otros extranjeros residentes, referidos a los cónyuges o parejas de hecho registradas, ascendientes y descendientes en primer grado y en línea directa, no será necesario solicitar el informe.
Serán necesarios ambos documentos, sin embargo, únicamente, cuando en el informe se exima al extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo siempre y cuando acredite que cuenta con medios de vida suficientes.
En informe es emitido por la Comunidad Autónoma en la que tenga su domicilio habitual o por el Ayuntamiento de su lugar de residencia en caso de que así lo haya establecido la Comunidad Autónoma. El plazo para la emisión del informe es de 30 días desde la fecha de solicitud.
A continuación puede encontrar información sobre dónde solicitar un informe de arraigo según la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia:
En caso de que el informe no haya sido emitido en plazo, circunstancia que habrá de ser debidamente acreditada por el interesado, podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluyendo, al menos, los datos mínimos del informe.
Entre otros factores de arraigo, deberá constar en el informe el tiempo de permanencia del interesado en su domicilio habitual, en el que deberá estar empadronado, los medios económicos con los que cuente, los vínculos con familiares residentes en España y los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.
Adjuntamos un modelo orientativo de informe de arraigo con el contenido mínimo que debe presentar dicho documento. ¡Pincha aquí!
-Requisitos y procedimiento de arraigo

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
hola soy omar kurdadze.ase dezde octubre 13.10.2011-estan en tramite mis papeles y queria sber quando me mandan algo de respuesta favorable mi NIE es Y2115109C.porfavor si me podreis mandar algo respuesto.osiko-71@mail.ru gracias
hola kisiera saber si puedo solocitar el arrraigo sin contrato y cuanto devo tener de residir aki y pedir al ayuntamiento q me exima de contrato ya que dispongo de recursos para permanecer aki
Hola mi nombre es marcelo mi pregunta es para que hacer el arraigo sin contrato de trabajo y que el ayuntamiento me exima del contrato puedo demostrar atravez de mi hermana que soy solvente ya que ella es legal