Informe de Inserción Social para conseguir el Arraigo Social

El informe de Inserción Social es un trámite previo que deberás hacer antes de tramitar tu Arraigo Social.

Arraigo Social

Por si nunca antes habías escuchado eso del Arraigo Social, te lo explicamos rápidamente.

El Arraigo Social es una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales que se tramita en determinados supuestos, bien por que el ciudadano extranjero nunca ha tenido un permiso de residencia en nuestro país, o si lo ha tenido lo ha perdido y ha quedado de forma irregular. Es una permiso tramitado por muchos y una vía para conseguir una autorización de residencia y/o trabajo en nuestro país.

Los requisitos que debes cumplir son:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.
  • Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) o bien, presentar un informe de arraigo que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual. En caso de que el informe no haya sido emitido en el plazo de 30 días, circunstancia que habrá de ser debidamente acreditada por el interesado, podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
  • Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable.En el sector agrario, se podrán presentar dos o más contratos con distintos empleadores y concatenados cada uno de ellos.También se admite la presentación de varios contratos en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador.
informe de inserción social para el arraigo social

Informe de Inserción Social

Como podéis ver entre los requisitos para obtener este Arraigo Social encontramos la necesidad de aportar un Informe de Inserción Social en determinados casos.

Este Informe de Inserción Social es un documento emitido por la Comunidad Autónoma o Corporación Local, si se ha delegado esta competencia, correspondiente al lugar de residencia. Este informe no es vinculante para el órgano competente que concede la autorización de residencia y tiene carácter alternativo, al ser sustituible por otra documentación o la acreditación de vínculos familiares y residentes legales en España.

¿Qué información contiene este Informe de Inserción Social?

En el Informe de Inserción Social ser recoge información como:

  • El tiempo que has permanecido en España (Te recordamos que para el arraigo debes acreditar como mínimo 3 años)
  • los medios económicos con los que cuentas
  • Se comprueba que no tengas antecedentes penales
  • Si conoces el idioma
  • Si has participado en programas educativos, formativos o socio-laborales y de esfuerzo de integración.

Digamos que recopila toda la información de nuestra situación en España y si estás o no integrado en la sociedad española.

El Informe de Inserción Social debe expedirse en los 30 días siguientes a la solicitud y en caso de que no se emita en dicho plazo, podrás acreditar el cumplimiento de este requisito por cualquier medio de prueba admitido en Derecho donde se recoja la información que anteriormente hemos comentado.

Como hemos dicho a lo largo del artículo, el Informe de Inserción Social no es un documento obligatorio pero sí que la mayoría de Oficinas exigen aportarlo, por lo que te recomendamos tramitarlo con tiempo y tranquilamente antes de solicitar tu Arraigo Social.

¿Cuándo es obligatorio aportar el Informe de Inserción Social?

Debes aportarlo si:

  • No tienes vínculos familaires directos en España-
  • Cuando quieres hacer un Arraigo Social por Medios económicos propios
  • O quieras hacer un Arraigo Social creando tu propia empresa.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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6 comentarios en “Informe de Inserción Social para conseguir el Arraigo Social
  1. Diego dice:

    Los cursos en los CEPIS para arraigo social «Conoce tus Leyes» se pueden hacer on line o existe algun cambio por el estado de ALARMA?

  2. Jeferson dice:

    Hola buenos días, me denegaron los papeles, yo has hecho un recurso pero no se como mirar para ver se esta aprobado.
    Como hago para saber ?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Jeferson se hace de la misma forma que la consulta del expediente de extranjería. En esta noticia te explicamos todo https://www.parainmigrantes.info/consultar-el-expediente-de-extranjeria-por-internet-748/

  3. margarita dice:

    hola,estoy en tramite de arraigo y quisiera saber en que estado me encuentro o una pagina donde pueda yo averiguar con mi numero de tramite, el tramite esta hecho en girona ,barcelona. gracias

  4. yensi dice:

    hola estoy en tramites de arraigo ya hice todo lo que esta escrito ahora tengo la cita con la oficina de extranjeria per quisiera saber q documentos tengo q llevar de la persona q me esta haciendo la oferta de trabajo el tiene una empresa de reformas y rehabilitacion mi oferta es de empleada de hogar pero el no esta empadronado en el lugar donde vive q es el mismo del contrato si no en su otro domicilio en las afueras de barcelona hay algun problema con eso

  5. tamara dice:

    desearia recibir mas informacion acerca del nuevo arraigo social

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