Información sobre el ingreso, la permanencia y la salida de Colombia

El Consulado de Colombia en Madrid publica en su web unas instrucciones sobre el ingreso, permanencia y salida de Colombia por ciudadanos colombianos

De conformidad con el Artículo 96 de la Constitución Política de Colombia, el Artículo 22 de la Ley 43 de 1993 y el artículo 2 del Decreto 4000 de 2004, los colombianos que cuenten con doble nacionalidad, mientras se encuentren en territorio colombiano se someterán a la Constitución Política y a las leyes colombianas.

Por tanto, su ingreso, permanencia y salida del país se hará en calidad de colombianos, para lo cual deberán identificarse como nacionales en todos sus actos civiles y políticos.

Más información en el Consulado de Colombia en Madrid.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

No olvides suscribirte a nuestras Redes Sociales

No dejes de visitar nuestras últimas noticias de extranjería y nacionalidad española:

abogados actividades arraigo asociaciones asociación autorización barcelona centro cepi colombia consulado cursos documentos ecuador ecuatorianos empleo españa española extranjeros extranjería formacion hispano información inmigración inmigrantes integración ley madrid nacionalidad nacionalidad española participacion permiso procedimiento programa requisitos residencia residentes social solicitud talleres tarjeta trabajar trabajo trámite trámites

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

5 comentarios en “Información sobre el ingreso, la permanencia y la salida de Colombia
  1. Paisa en el exterior dice:

    ¿Cómo ha de entrar un Colombiano a su país con doble nacionalidad española-Colombiana?
    Existe un acuerdo entre España y Colombia vigente desde el siglo pasado, que se puede consultar en el siguiente enlace:
    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/normativa/internacional/doble_nacionalidad/
    Un colombiano residente en España se ha de identificar como español seguir este tratado, pues es el lugar donde reside habitualmente.
    Que existan en el aeropuerto como he leído en otros sitios web, carteles en el mostrador de inmigración del Dorado donde se “exige” el pasaporte colombiano a colombianos con residencia habitual en España con pasaporte español es intolerable, incumple el tratado con España y raya la falta de respeto hacia un ciudadano colombiano.
    Costes según la Cancillería:
    http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/costos
    Lo que ocurre es que el pasaporte para colombianos en el extranjero cuesta entre dos y tres veces más que en Colombia dependiendo del país, y pareciera que el gobierno ha visto la forma fácil de “hacer caja”.

  2. colombia dice:

    tercer mundismo no son leyes si te gusta bien y si no pues te jodes no vuelvas a colombia porque tienes que hablar mal…

  3. gloria dice:

    Yo viajo el 10 a colombia con pasaporte español el colombiano lo tengo vencido. Me podria informar que debo hacer ?muxas gracias

  4. que ridicules , y si naciste en colombia y haz renunciado a la nacionalidad colombiana que pueden hacer , eso se llama ganas de joder , tercermundismo total

    1. albilla dice:

      Los colombianos pueden tener la nacionalidad española y contar con las dos nacionalidades sin perder la colombiana. para entrar a colombia tiene que entrar con el pasaporte colombiano y para entrar a españa con el pasaporte español. Si lo tienes vencido puedes entrar como ciudadana española, te daran un visado en el aeropuerto de colombia máximo por 3 meses.

Pedir citaContactar WhatsApp