Impedimentos para tramitar las nuevas autorizaciones de residencia y estancia para estudiantes

¿Qué está ocurriendo en las oficinas de extranjería con la tramitación de los nuevos permisos para la búsqueda de empleo? 

Impedimentos para tramitar las nuevas autorizaciones de residencia y estancia para estudiantes

Están surgiendo impedimentos desde algunas oficinas de Extranjería para atender diligentemente las solicitudes de los nuevos permisos para la búsqueda de empleo que se aprobaron el pasado 4 de septiembre de 2018.

Permiso búsqueda empleo

Particularmente ante dos supuestos:

  •  en el que permitiría al estudiante extranjero que ha finalizado sus estudios de grado, máster o doctorado en España, acceder a una autorización de residencia durante un año para buscar trabajo o emprender un proyecto empresarial.
  • en el de la nueva tarjeta de estudiante para extranjeros que vienen con visado turístico para una estancia de corta duración y que tramitan una estancia de estudio directamente en España.

Desde la normativa que está en vigor a partir del pasado septiembre, algunas oficinas de extranjería se están incluso negando a tramitar estas solicitudes. Muchos interesados van a solicitar este tipo de permisos y se encuentran con que argumentan que no tienen instrucciones en su oficina.

Sin embargo, los permisos se pueden solicitar, ya que las reformas de la Ley de Extranjería y de la Ley de Emprendedores están publicadas en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, las oficinas de Extranjería están obligadas a informar correctamente y a tramitar este tipo de solicitudes.

De modo que aconsejamos seguir adelante con la solicitud, si se cumplen los requisitos y se está dentro de plazo. Por tanto, no debe haber ningún tipo de impedimento para que puedan ser tramitados estos permisos, ya que están establecidos en la norma.

Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española, nos lo explica con detalle en el siguiente vídeo:

En el portal Parainmigrantes.info ya venimos informando de todos los mencionados procesos:

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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8 comentarios en “Impedimentos para tramitar las nuevas autorizaciones de residencia y estancia para estudiantes
  1. Heira Astudillo dice:

    Hola, hice la solicitud de autorización de estancia por estudio desde España, conforme a la modificación de la ley del 4 de septiembre y habiendo cumplido con todos los requisitos, pero aún no he obtenido respuesta de extranjería y ya pasó el tiempo Límite. Existe alguna manera de conocer mi número de expediente (cuento solo con número de registro y no tengo nie)? Se supone que después de 30 días, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo pero también es cierto que existen retrasos en los trámites. Cualquier recomendación que puedan hacerme, será bien recibida. Gracias

    1. Hola Heira, pudieron darte alguna respuesta?

  2. Hola, yo quisiera saber algo acerca de la Residencia por Prácticas. Soy de Colombia y vine a España hace casi dos años por convenio de movilidad(estudiando aquí con plan de estudios de mi país), mi carrera de Grado esta a punto de finalizar y mi Universidad de Origen me permitió finalizar virtualmente lo que me queda que es un diplomado. Mi duda es que si yo deseo quedarme en España, pero no cumplo los requisitos para la opción de Residencia por Búsqueda de empleo, podría optar por realizar unas prácticas Estracurriculares? y después de un año cambiar a residencia por trabajo y cuenta ajena? Es que fuí a extranjería y no me supieron dar respuesta lo único que me dijeron es que si yo cambiaba a residencia por prácticas perdía el tiempo que llevaba como estudiante. Mi Estancia vence en junio/2019, a esa fecha cumplo dos años y medio. Muchas Gracias.

  3. yo también llevo dos meses esperando respuesta de extranjería, la ley dice 20 días hábiles, yo entiendo que desde el momento que se presenta la solicitud vía on line, también fui a extranjería para intentar hacerlo por mis propios medios pero la persona muy desagradable que me atendió me dijo exactamente lo que dice en el video. por eso decidí tramitarlo con abogado.

  4. Yohi_WS dice:

    Hola, gracias por mantenernos informados en materia de extranjería.

    Luego de los 20 días hábiles y una vez instada la resolución de silencio administrativo a través de SARA ¿Qué tiempo tiene la administración para responder a la solicitud de silencio administrativo? ¿Que pasos a seguir hay que dar luego de que tampoco la administración cumplan el plazo para dictar la resolución de silencio administrativo?
    ¿Debido a la demora en este procedimiento (llevo más de 2 meses esperando por una respuesta en extranjería) se puede paralelamente presentar la renovación por estudios?

    Un saludo

  5. Juan Pablo Bruno dice:

    Hola! Hay que pagar alguna tasa en el caso de la residencia para busqueda de empleo?

    1. Eva Parainmigrantes dice:

      Sí, aquí tiene todas las tasas https://www.parainmigrantes.info/tasas-extranjeria-para-descargar-126/

      1. Juan Pablo Bruno dice:

        El form. 790 cod. 052 no incluye la opción de «Residencia para busqueda de empleo».
        Cuál debería seleccionar?

        Gracias por la respuesta 🙂

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