Indice de Contenidos
Muchos de nuestros seguidores parecen dudar, y son bastante frecuentes las preguntas sobre la veracidad o no en relación a las resoluciones de expedientes de nacionalidad española de 2016. Es decir, ¿hay resoluciones de expedientes de nacionalidad de 2016 ? La respuesta es ¡SI!
https://youtu.be/LtEr1hfD76I
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
¿Hay resoluciones de expedientes de nacionalidad de 2016?
Ya lo hemos anunciado en Parainmigrantes.info, pero volvemos a repetirlo para despejar cualquier duda y os adjuntamos la RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE NACIONALIDAD de uno de los expedientes presentado en 2016 con fecha de resolución 22/11/2017.
A fecha 13 de diciembre, en Paraimigrantes.info obteníamos las primeras resoluciones de expedientes de nacionalidad española presentados a través de la nueva plataforma telemática, y la gran noticia la anunciábamos a través de nuestra página web (para ver la noticia pulse aquí).
Lo que pudo haber generado ciertas dudas es en base a la forma de obtener dichas resoluciones. Cierto es que se tramitaron en vía administrativa, es decir, se trata de resoluciones de la propia Dirección General de los Registros y del Notariado, pero la resoluciones fueron obtenidos mediante la interposición de RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO POR FALTA DE RESPUESTA EN UN AÑO.
¿Y esto cómo se hace?
Una de las novedades que se introduce con el nuevo procedimiento de nacionalidad española es que ahora, la normativa contempla un plazo de resolución desde la presentación de la solicitud. En concreto, un año.
Así lo contempla el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia que determina que:
“el procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados“.
De forma que, si una vez presentado la solicitud de nacionalidad española, transcurriese un año sin respuesta, el interesado tiene la posibilidad de acogerse a este silencio administrativo (en el plazo de 6 meses desde que se cumpliese el año de su presentación), e interponer un recurso contencioso-administrativo en vía judicial, es decir, ante la Audiencia Nacional, poniéndose en marcha un proceso judicial.
Lo que ha ocurrido en esto casos, tal cual lo advertimos en Parainmigrantes.info, es que una vez admitida la demanda judicial ante la Audiencia Nacional, dicho órgano solicita el informe de nuestro expediente a la DGRN, hecho que da lugar a una revisión del expediente por parte de la propia Dirección General de los Registros y del Notariado que, en lugar de remitirlo, emite una resolución en vía administrativa para no tener que llegar a un procedimiento judicial.
Para ver la RESOLUCIÓN pulse aquí
Si deseas que el equipo de Parainmigrantes.info se haga cargo de tu proceso de nacionalidad española, no lo dudes. Podemos ayudarte.
Nacionalidad Española. En toda España. Proceso por vía telemática. PEDIR INFORMACIÓN AQUÍ.
Recursos denegación de nacionalidad española. PEDIR INFORMACIÓN AQUÍ.
Agilización de expedientes de nacionalidad española. PEDIR INFORMACIÓN AQUÍ.
Dispensa de pruebas de nacionalidad española. PEDIR INFORMACIÓN AQUÍ.

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
No olvides suscribirte a nuestras Redes Sociales
No dejes de visitar nuestras últimas noticias de extranjería y nacionalidad española:
- Autorización para la Búsqueda de Empleo: 5 Ventajas
- Cambiar la Tarjeta de Estudiante para trabajar por Cuenta Ajena en España
- 10 Claves del Recurso Contencioso de Nacionalidad Española
- Arraigo Social sin contrato de trabajo ¿Se puede hacer?
- Residencia de Larga Duración en España
abogados actividades arraigo asociaciones asociación autorización barcelona centro cepi colombia consulado cursos documentos ecuador ecuatorianos empleo españa española extranjeros extranjería formacion hispano información inmigración inmigrantes integración ley madrid nacionalidad nacionalidad española participacion permiso procedimiento programa requisitos residencia residentes social solicitud talleres tarjeta trabajar trabajo trámite trámites
LLEVO 11 MESES PENDIENTE DE RECIBIR INFORMES PRECEPTIVOS..Esto es normal?? Soy el unico casi un año en espera de informes?! mi expediente de R2015-XXX Orden Cero fue dado de alta en el Ministerio de Justicia en abril de 2017 y desde entonces hasta hoy sigue pendiente de recibir los informes.. la policia DGP ya me confirmo que desde septiembre 2017 envio su parte de informes listo y ministerio ya los recibio, ya no se que hacer ni que esta pasando !!! Es desesperante
Estimado Dr. 16 de febrero 2018.
Primero lugar quiero agradecerle a todo el equipo de informar sobre el porceso de la nacionalidad. Que son de mucho ayuda. El según lugar
En horabuena ya me llego la verdad de me aprobaron la nacionalidad el 15de febrero 2018 fue presenta el 23de noviembre de 2016.vía telemática un poco más de un año
Ya que entró en estudio el mes de noviembre 2017. De todo modo
Aunque no soy cliente de inmigrante.info
Doy la gracias a useds de animar.
Las personas que esta en éste momento de proceso de nacionalidad.
Muchas gracias
Hola alguien sabe el numero de telefono de policia sobre el informe de nacionalidad en madrid , muchas gracias
Buen Día y feliz año a todos!
Gracias por las publicaciones, me han servido de mucha ayuda!
Tengo una duda, yo solicité la nacionalidad en febrero 2016 y apenas en diciembre 2017 cambió el estatus de mi solicitud, por lo que entiendo estoy fuera del plazo para el recurso, o si puedo introducirlo?
Gracias
Buenas tardes.
Mi expediente de nacionalidad lo registre en los juzgados de Majadahonda en Noviembre del 2013 y llegó al ministerio de Justicia en mayo del 2015. Pero la carta con el número de expediente llegó en julio de este año. Actualmente, el estado de mi nacionalidad es de «Recibidos los informes, el expediente se encuentra en estudio.» Yo ya no se cuanto tiempo debo esperar, vosotros como expertos en esta materia, me podrian orientar sobre este asunto. Me urge ya tener mi nacionalidad ya que estudio en la universidad y sin una residencia permanente, la universidad publica cuesta 4 veces más por ese motivo. Muchas gracias.
Buenas DR Vicente.
Como paso día de navidad. Espero que sube las fotos de la fiesta.
Bien en hora buena
Que y llego La Hora de año 2016.
Yo presente el 23.11.2016 y esta en estudio por respuesta de ministerio de justicia. El 2dic del 2016.
Que opina sobre la fe ha hay posibilidad de recibir
respuesta en enero febrero
Del 2018? Mucha gracias
Como es posible que por un recurso contencioso de este tipo se cobre 1500?
Estamos locos o que?
La honradez y la integridad
Hacen prosperar a quienes la ponen en obra.
Buenas tardes Vicente
Gracias por todo el esfuerzo que hace por nosotros.
Quiero saber cuales el plazo de resolucion de expedientes desde que tiene entrada en el ministerio de justicia. Teniendo en cuenta que en mi caso, soy de octubre de 2015, y en como va lo mio ponen que ha tenido entrada el 31/10/2017.Sé que nuestro caso los del 2015 es especial, pero me gustaria tener una aproximacion de plazo.
Gracias de antemano,
Annie
la fecha del 31/10/2017 será la fecha en la que se registró su expediente.
El plazo de resolución, dependerá de cada expediente. Tenga en cuenta que si lo presentó con el proceso antiguo no se establecía plazo de resolución. A partir del 15 de octubre de 2015, con la nueva ley, se establece el plazo de un año que, a día de hoy, no se está cumpliendo.