MATRIMONIO Y PAREJAS DE HECHO

Hacerse pareja de hecho estando en situación irregular en España

¿Es posible hacerse pareja de hecho estando en situación irregular en España? Esta es una pregunta que nos hacéis tanto a través de nuestro teléfono de asesoría como a través de nuestras redes sociales, y es por ello que queremos hablar un poco sobre el tema.

Vicente Marín, abogado experto en derecho de Extranjería y Nacionalidad y director de Parainmigrantes.info, nos lo explica con todo detalle en el siguiente vídeo:

Desde que en el año 2007 se publicara el Real Decreto Comunitario, la figura de la pareja de hecho cobró mucha importancia ya que gracias a esta Inscripción como pareja en un Registro Público nos convertíamos en familiar directo de un ciudadano comunitario o español, y por consiguiente ya era posible solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario. Y es que el matrimonio y la pareja de hecho inscrita son dos figuras equiparadas en cuanto a la obtención de una tarjeta de residencia en España.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Pareja de España en España

La inscripción como pareja de hecho en España es una figura parecida al matrimonio. Gracias a estos Registros Públicos, los dos miembros de la pareja quedan registrados, constituyendo así una unidad familiar.

Como decimos es una figura parecida al matrimonio, pero con obligaciones y derechos diferentes.

Inscribirse como pareja de hecho en España

A día de hoy y a diferencia de lo que sucede con la figura del matrimonio que viene regulada a través del Código Civil, y que por tanto los requisitos y procedimiento son idénticos en toda España, la inscripción de pareja de hecho viene regulada por cada Comunidad Autónoma.

Esto provoca que en función de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, los requisitos, documentación y procedimiento son distintos.

Por ello, y ante la pregunta que lanzamos al inicio del artículo, de si es posible hacerse pareja de hecho estando en situación irregular, responderemos que depende. Depende de la ciudad donde te encuentres.

Si que a priori, podríamos decir que sí vas a poder inscribirte como pareja de hecho estando irregular ya que en la mayoría de ciudades o Comunidades Autónomas es posible, pero puede ser que haya comunidades autónomas que exijan una residencia legal en España o requisitos adicionales para poder hacer dicha inscripción como pareja de hecho.

Requisitos para inscribirse como pareja de hecho

Como hemos comentado a lo largo de este artículo, no hay unos requisitos y procedimiento común para toda España, sino que cada Comunidad Autónoma establece los suyos propios.

Aquí te dejamos un listado de los órganos que tramitan la Inscripción de Pareja de Hecho para que puedas consultar los requisitos y procedimientos:

Dudas Frecuentes para la Inscripción Pareja de Hecho

Os dejamos también una relación de preguntas frecuentes en relación a la Inscripción de Pareja de Hecho en España:

¿Estar en situación irregular afecta a la hora de hacerse pareja de hecho?

En la actualidad, la realidad es que encontrarse en una situación de irregularidad no supone ningún problema a la hora de constituir o de hacerse pareja de hecho. Al menos así es en la gran mayoría de comunidades autónomas y de municipios de España.

Problemas de identificación al inscribirse como pareja de hecho

El principal problema que nos hemos encontrado a la hora de hacer la inscripción de pareja de hecho era acreditar la identificación de la persona que se encontraba de forma irregular en España. Y es que los funcionarios exigían la tarjeta física para identificar a la persona, cuando en realidad se debía pedir su pasaporte, que es en realidad tu documento de identificación.

¿Cómo hacerse pareja de hecho sin tener papeles (o teniéndolos)?

A tenor de lo anterior, es necesario acreditar un requisito de identidad más que acreditar un requisito de regularidad.

Por tanto, hoy en día la gran mayoría de extranjeros en España puede hacerse pareja de hecho si se tienen una pareja aquí en nuestro país. Y se podrá inscribir a esa pareja de hecho con independencia de si se tienen o no se tienen papeles.

¿Se puede conseguir la residencia en España tras inscribirse como pareja de hecho?

Efectivamente. De hecho, es un paso previo en muchas ocasiones para poder conseguir la residencia, especialmente cuando muchos extranjeros están en situación irregular y tienen una pareja española o comunitaria.

El hecho de inscribirse como pareja de hecho es una vía para regularizar la condición de pareja de una forma jurídica, de la misma forma que en ocurre el caso de contraer matrimonio. Constituirse como pareja de hecho es un acto que aporta una perspectiva jurídica a vuestra situación personal.

¿Puedo solicitar la tarjeta comunitaria tras inscribirme como pareja de hecho?

Sí. Si la inscripción de la pareja de hecho se hace con un ciudadano español o comunitario, te convertirás en un familiar directo y por tanto podrás tramitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario.

Te dejamos aquí los requisitos y documentos para tramitar la famosa Tarjeta Comunitaria.

Ventajas de inscribirse como pareja de hecho

Realmente la mayoría de extranjeros que realizan esta figura de la pareja de hecho lo hacen estando en situación irregular porque es una manera fácil de regularizar su situación a través de su condición de familiar de ciudadano español o de cualquier otro ciudadano comunitario.

Inscriben su pareja de hecho y se convierten en familiar de ciudadano de la Unión Europea, obteniendo interesantes ventajas. Por lo tanto, podrán beneficiarse de la posibilidad de tramitar su tarjeta comunitaria de cinco años con la cual adquieren también el derecho a poder trabajar en España.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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