Golden Visa: Cómo y cuándo solicitar una autorización como inversor

¿Cómo y cuándo es posible solicitar una autorización como inversor en España?

 Cómo y cuándo solicitar una Autorización como Inversor según los nuevos Criterios de Aplicación de la Ley de Emprendedores

En particular, nos vamos a referir a aquellas personas que hayan adquirido un bien inmueble o varios bienes inmuebles que tengan un valor total de 500.000 euros.
Por tanto, para las personas que ya hayan realizado la compra de la vivienda, se va a tener la opción de solicitar una autorización como inversor, una vez que ya se tenga:
  •  la escritura de compraventa
  •  el asiento de la adquisición de ese bien inmueble en el Registro de la Propiedad
  •  y se hayan liquidado todos los impuestos pertinentes
apartamento vivienda inversor

Dos posibles opciones

  1. Para la persona que se encuentra fuera de España y que ya ha adquirido el bien inmueble

Aquel que ya posee su escritura de compraventa, su certificado del Registro de la Propiedad donde nos indican que se es titular de ese bien inmueble y donde también viene recogido que está libre de cargas, va a poder realizar su solicitud de visado de inversor.

Esta solicitud se realiza en el Consulado de España, del país de origen o en el país donde se esté residiendo de manera legal.

     2. Opción de solicitar directamente la autorización como inversor si nos encontramos en España

En este caso, podría ser por tener un visado de corta duración, por ejemplo, de turista o si tenemos algún tipo de residencia legal en España.

En ese caso eliminaríamos el requisito previo de adquirir un visado como inversor y podríamos hacer directamente la autorización como inversor a través de la Unidad de Grandes Empresas.

Estefanía Guadix nos explica detalladamente cómo y cuándo solicitar una Autorización como Inversor
Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
Pedir citaContactar WhatsApp