Gandía exigirá residencia legal para empadronarse

El Alcalde de Gandía ha anunciado que la policía comprobará la situación administrativa de los inmigrantes que pretendan empadronarse

No «tener papeles» en España, o lo que es lo mismo, no tener residencia legal, es una situación administrativa por que la que atraviesan algunos de los inmigrantes que residen en España; sin embargo, últimamente parece que fuera un delito.

Y es que resulta que ahora, el alcalde de Gandía, municipio de Valencia, ha comunicado que a partir de ahora el Ayuntamiento remitirá a la Comisaría de Policía toda la documentación de personas extranjeras no comunitarias que intenten empadronarse en el municipio sin estar legalizada su situación en España. En sus declaraciones realizadas a Levante-EMV, señalaba que de esta forma se pretende establecer que quien se empadrone en el municipio sea «una persona de bien», y para ello «antes de proceder al empadronamiento se remitirá la documentación a la Comisaría de Policía y serán los funcionarios policiales quienes compruebenla legalidad de la estancia en España de la persona en cuestión y, por tanto, la posibilidad de empadronarlo o, en caso contrario, aplicarle la Ley de Extranjería».

¿Esto qué quiere decir? ¿Que los inmigrantes que no cuenten con un permiso de residencia en España no son personas de bien? ¿Acaso se es mejor o peor persona por tener un «plástico» en el bolsillo?

Las razones que alega el Ayuntamiento es que han detectado «empadronamientos irregulares» tanto en esos casos como en el de la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.

En este último caso, al Ayuntamiento apunta a que se acogerá a la Ley Valenciana de Uniones de Hecho, obviando la normativa municipal de 1998 que pedían menos requisitos. De esta forma, se exige a los interesados que aporten un certificado que acredite al menos 12 meses de convivencia, ya que su no exigencia «estaba convirtiendo a Gandia en un efecto llamada en toda la Comunidad Valencia».

Pero, ¿cómo es un «empadronamiento irregular»? ¿Empadronarse en un domicilio y, en realidad, estar viviendo en otro? Desde el punto de vista de este alcalde, parece que esto sólo lo hacen los inmigrantes en situación irregular. Sin embargo, es de sobra conocido que muchos españoles también realizan esta práctica. Y en algunas ocasiones, incluso lo hacen para evadir impuestos…

Ante estas declaraciones, se ha pronunciado José Manuel Orengo, portavoz del PSOE en la localidad, que recordó que empadronarse es un «derecho que tienen las personas que viven en Gandía y una obligación de los Ayuntamientos establecida por ley».

También el Bloc-Compromís se pronunció, manifestando que considera intolerable que se identifique inmigración con delincuencia, y lamentando que sea el alcalde, quien «debe garantizar al convivencia y el respeto a los derechos individuales y colectivos del vecindario», el que introduzca un mensaje de carácter xenófobo. «Para Torró (alcalde de Gandía), sólo las personas de bien podrán empadronarse en Gandía. Y nosotros nos preguntamos a través de qué parámetros se puede valorar si uno es, o no, «una persona de bien». Es inadmisible que un gobernante fomente este tipo de discursos que proyectan la sombra de la duda sobre cualquier colectivo o ciudadano» declararon los econacionalistas.

En este mismo sentido, y hace un año, el Ayuntamiento de Vic, Barcelona, quiso promover medidas similares para «controlar» la inmigración irregular. Por ello, la Delegación del Gobierno de Cataluña pidió un informe vinculante a la Abogacía del Estado al respecto, y la respuesta de éste órgano fue taxativa en los términos de sus conclusiones:

– La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal procede con independencia de que los mismos tengan o no residencia legal en territorio español, por lo que, en consecuencia, no resulta procedente denegar la inscripción so pretexto de que el ciudadano extranjero no reside legalmente en España.

– A efectos de tramitar las solicitudes de los extranjeros de inscripción en el padrón municipal, debe entenderse y considerarse como válido y suficiente un pasaporte aunque no cuente con el preceptivo visado.

Por tanto, la Abogacía General del Estado ya se ha pronunciado en una medida similar a la que pretende el Ayuntamiento de Gandía, y ha dejado bastante claro que la situación administrativa de un inmigrante en España no es requisito para realizar el empadronamiento.

Veremos dónde llega todo este asunto…

Vía: Gente de la Safor

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