Orden ESS/1954/2014, de 21 de octubre, por la que se desarrolla y convoca el proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, en representación de asociaciones de inmigrantes y refugiados y de organizaciones sociales de apoyo
El pasado 27 de octubre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden ESS/1954/2014, de 21 de octubre, por la que se desarrolla y convoca el proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, en representación de asociaciones de inmigrantes y refugiados y de organizaciones sociales de apoyo.
Según establece la propia Orden, para poder participar en el proceso de selección, las asociaciones de inmigrantes y refugiados y las organizaciones no gubernamentales deberán reunir los siguientes requisitos:
– Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.
– Carecer de fines de lucro.
– Tratarse de asociaciones u organizaciones cuyos fines estatutarios sean acordes al objetivo de la consecución de la integración de las personas inmigrantes.
– Tener las organizaciones y asociaciones implantación territorial en el ámbito estatal o al menos que ocupen una posición preeminente en varios ámbitos territoriales.
– Desarrollar programas y actividades dirigidos a la integración social de inmigrantes y refugiados.
– En los supuestos de programas realizados mediante subvenciones públicas, se valorará la eficacia y eficiencia de las mismas, tomando para su valoración las concedidas en los últimos tres años, con expresión de las cantidades concedidas y justificación de los gastos realizados.
– Estructura y capacidad de gestión.
– En la designación de asociaciones de los inmigrantes y refugiados, se tendrá en cuenta la representatividad en relación al número de inmigrantes en España, valorando la pluralidad y diversidad de dicho colectivo.
Las organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:
– Tener la condición de más representativas.
– Acreditar interés e implantación en el ámbito de la inmigración.
Los interesados deberán presentar las candidaturas, junto con una Memoria explicativa, dirigidas a la Secretaría General de Inmigración y Emigración en el plazo de quince días hábiles a partir de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial del Estado.