Formas de adquisición de la nacionalidad española para descendientes

A descendientes de españoles (A partir de 28 de Diciembre de 2008 y hasta final de 2010)

La Ley 52/2007, conocida como Ley de Memoria Histórica, reconoce la injusticia que supuso el exilio de muchos españoles durante la Guerra Civil y la Dictadura.

En consecuencia, la citada Ley en su disposición adicional séptima permite la adquisición por opción de la nacionalidad española de origen a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.

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SOLICITUD DE LA NACIONALIDAD

Hay 3 tipos de solicitudes diferentes de la nacionalidad española de origen:

1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español

La ley española ya permitía optar por la nacionalidad española a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originalmente español y nacido en España.

La Ley de la memoria Histórica amplía la posibilidad de adquirir la nacionalidad española de origen a los hijos de padre o madre español de origen, aunque no hubiera nacido en España.

Documentos que deben aportar los interesados:

* Solicitud conforme al MODELO I, que puede descargarse aquí MODELO I (Formato PDF. Tamaño 29 Kb) o al final de esta entrada. El modelo también puede encontrarse en la Embajada o Consulado General de España más próximo a su domicilio.

* Certificación literal de nacimiento del interesado, expedida por un registro civil local en el extranjero, legalizada o apostillada si procede. El registro civil extranjero deberá informar sobre los trámites de legalización y apostilla.

* Certificación literal de nacimiento del padre o madre originariamente español del solicitante. Esta certificación deberá proceder de un Registro Civil español, consular o municipal, o de un registro civil extranjero.

2.Los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio

Incluye a las personas cuyo padre o madre nació después de que el abuelo o abuela exiliados perdiera la nacionalidad española. Por tanto, su ascendiente español más cercano es algún abuelo.

No es necesario que el abuelo o abuela español lo hubiese sido de origen.

Documentos que deben aportar los interesados:
* Solicitud conforme al MODELO II, que puede descargarse aquí MODELO II (Formato PDF. Tamaño 230 Kb) o al final de esta página entrada. El modelo también puede encontrarse en la Embajada o Consulado General de España más próximo a su domicilio.
* Certificación literal de nacimiento del interesado, expedida por un registro civil local en el extranjero, legalizada o apostillada si procede. El registro civil extranjero deberá informar sobre los trámites de legalización y apostilla.
* Certificación literal de nacimiento del padre o madre -el que corresponda a la línea del abuelo o abuela españoles- del solicitante, expedido por un Registro Civil consular o por un registro civil extranjero. En este último caso, la certificación deberá estar legalizada o apostillada cuando así se requiera. El registro civil extranjero deberá informar sobre los trámites de legalización y apostilla. Si hubieran nacido antes de 1870, podrán aportar una certificación española de bautismo.

Este certificado pretende únicamente relacionar el padre o la madre con el abuelo o la abuela.

* Certificación literal de nacimiento del abuelo o abuela español/a del solicitante, expedida por un Registro Civil municipal situado en España. Igual que en el caso anterior, si hubieran nacido antes de 1870, podrán aportar una certificación española de bautismo.

* Documentación que pruebe la condición de exiliado del abuelo o la abuela. Para acreditar la condición de exiliado del abuelo o abuela del interesado, la ley permite 3 posibilidades.

1. Documentación que acredite haber sido beneficiario de las pensiones otorgadas por la Administración española a los exiliados, que prueba directamente y por sí sola el exilio.

2. Documentación que acredite el exilio junto a documentación que pruebe la salida de España o la entrada o permanencia estable en otro Estado:

1. La condición de exiliado podrá acreditarse mediante:

o Documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los estados de acogida que asistieron a los refugiados españoles y a sus familias.

o Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualesquiera otras entidades o instituciones, públicas o privadas, debidamente reconocidas por las autoridades españolas o del Estado de acogida de los exiliados, que estén relacionadas con el exilio. Dichas certificaciones o informes deberán referirse fehacientemente a los fondos documentales o archivos históricos de la entidad.

2. La expatriación, salida de España o permanencia en otro Estado podrá acreditarse mediante:

o Pasaporte o título de viaje con sello de entrada en el país de acogida.
o Certificación del Registro de Matrícula de la Embajada o Consulado español.
o Certificaciones del Registro Civil consular que acrediten la residencia en el país de acogida, como inscripción de matrimonio, inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, etc.
o Certificación del registro civil local del país de acogida que acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país.
o Documentación oficial de la época del país de acogida en la que conste el año de la llegada a dicho país o la llegada al mismo por cualquier medio de transporte.

3. Se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1955. La salida de España se podrá acreditar mediante alguno de los documentos citados arriba.

3.Las personas que ya optaron a la nacionalidad española no de origen

Aquellas personas que ya optaron a la nacionalidad española derivativa porque su padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España, según el artículo 20.1 b) del Código Civil, pueden ahora optar además a la nacionalidad española de origen.

Documentos que deben aportar los interesados

Los solicitantes únicamente tienen que presentar la solicitud de acuerdo con el MODELO III que puede descargarse aquí (Formato PDF. Tamaño 211 Kb) o al final de esta entrada. El modelo también puede encontrarse en la Embajada o Consulado General de España más próximo a su domicilio.

OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE NACIMIENTO ESPAÑOLES

Las certificaciones registrales españolas requeridas más arriba, podrán solicitarse por vía electrónica

Igualmente, se podrán solicitar presencialmente utilizando el MODELO V, que puede descargarse aquí (Formato PDF. Tamaño 27 Kb). La solicitud puede dirigirse al Registro Civil español, municipal o consular, correspondiente al domicilio del solicitante.

En los casos en que no exista inscripción de nacimiento de los padres o abuelos, el interesado deberá promover el expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo, previsto en los artículos 311 y ss. del Reglamento del Registro Civil. Puede encontrar más información sobre este trámite en la página web del Ministerio de Justicia www.mjusticia.es o a través del teléfono 902 007 214.

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PLAZOS

Los interesados deberán imprimir y rellenar dos copias del modelo de solicitud que corresponda según el supuesto en el que estén incluidos. Lo presentarán, junto con la documentación que proceda, ante el Registro Civil español, consular o municipal, correspondiente al lugar del domicilio del interesado. Una copia sellada les será devuelta como justificante de presentación.

Si al presentarse la solicitud de nacionalidad no se acreditan los requisitos exigidos, el optante estará obligado a completar la documentación en el plazo de treinta días naturales desde que se le requiera.

La solicitud deberá presentarse antes del 29 de diciembre de 2010.

RECURSOS

Si el Encargado del Registro Civil denegara la opción a la nacionalidad española de origen por no cumplir los requisitos previstos en la ley, se le notificará formalmente al interesado a efectos de que pueda interponer el correspondiente recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia: Plaza Jacinto Benavente, nº 3 – 28.071 Madrid.

El recurso también podrá presentarse en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

DESCARGAR LOS MODELOS DE SOLICITUD

Fuente: Ministerio de Justicia

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46 comentarios en “Formas de adquisición de la nacionalidad española para descendientes
  1. Arlet Martell Sanchez dice:

    Necesito saber si el espediente 53807 en que estado de tramites esta, desde el 2016 presente mis papeles y no a llegado ninguna informacion mi numero de telefono fijo es :43605484 porfavor necesito informacion Saludos

  2. Alejandro Pérez dice:

    Estimado.

    Mi situación es la siguiente:

    Mi abuelo vasco llego desde España a Chile.
    Mi padre hijo de mi abuelo «Españo» nacio en Chile.
    yo nací y vivo en el presente en Chile

    Tengo alguna opción de nacionalidad?.

    Cuales serian esas opciones y los tramites a seguir.

    Me ayudarían mucho para poder mejorar la calidad de vida a mi familia.

    Atte.

    Alejandro Pérez Vargas

  3. Grisel dice:

    Hola de nuevo, en este documento, en la sección de «PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y PLAZOS» dice que «La solicitud deberá presentarse antes del 29 de diciembre de 2010.» Sin embargo en el sitio del Ministerio en un apartado publicado en septiembre de 2015, se expresa que «La Ley de Memoria Histórica sobre nacionalidad española expiró el 27 de diciembre de 2011, por lo que ya no es posible presentar solicitudes. Quiere ello decir, que los nietos de españoles ya no pueden solicitar la nacionalidad española.»

    Mi pregunta, ¿la presentación de solicitudes no debería haberse extendido hasta la fecha de expiración de la Ley?

    Gracias de nuevo

  4. carlos dice:

    hola, mis abuelos maternos eran españoles originarios de islas canarias, vinieron a cuba cuando jovenes y se radicaron aqui, no renunciaron a la nacionalidad española y siempre tuvieron carnet de extranjeros, mi mama se nacionalizo española por opcion en el 2000, y viajo dos veces a españa, yo hice cita y comenze el papeleo de la nacionalidad en junio del 2011, en diciembre de ese año me hacen el requerimiento de presentar el documento de extranjeria de cuba donde se dice que mi abuelo entro al pais legalmente, lo entregue en marzo del 2012 y hasta la fecha no he tenido respuesta, he oido comentarios que no tengo derecho porque fue por opcion, sin embargo la Ley 52/2007 dice lo contrario, he escrito en varias ocasiones este año al consulado español en la habana y me dicen que esta en tramite, he conocido de casos del 2012 y 2013 que ya le entragaron la ciudadania, estoy en la incertidumbre, varios primos mios ya tienen la ciudadania, por favor ayudeme, gracias

  5. hola ,Vicente ,tenouna Hermana que vive en cuba que solicito nacionalidad espanola en el 2011 aun no recibe informacion al respect puede facilitarme un numero de telefono o email para pedir informacion sobre estado de su tramite ,muchas racias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Ana, te dejo el teléfono y el correo electrónico del Consulado de España en La Habana: 8 68 68 68 (30 líneas); cog.lahabana@maec.es

  6. eric kohlweg dice:

    hola.
    tengo una consulta,mi bisabuelo o tatarabuelo por parte de madre fue español e inclusive uno de estos llego a hacer presidente de ecuador en los años 1500 o 1600 o 1700,no recuerdo muy bien si segun el arbol genealogico que tengo siguio siendo español hasta su muerte.mi pregunta es si yo como nieto o tataranieto de español podria obtener la nacionalidad española por tener antepasados españoles.
    agradeceria una respuesta clara y detallada.
    yo soy peruano y recido hace dos años en alemania.desde el 2012 a la fecha.
    muchas gracias por su tiempo.
    atte.
    eric kohlweg roca.
    pd:
    yo en lima-peru hace como 4 años inicie en la embajada española el supuesto tramite de la obtencion de la nacionalidad española por antepasados con un pariente mio que segun el tenia contactos en su dicha embajada pero creo que a las finales me estafaron o no se hizo nada.hasta la fecha ese pariente jura que hizo todo el tramite pero parece que malos funcionarios estafaron a mi pariente.nunca lo supe hasta la fecha.corrupcion en todas partes.

    1. Vicente Marín dice:

      Eric, si tu abuelo era español puedes solicitar la nacionalidad española por residencia acreditando un año de residencia legal en España. Aquí tienes un enlace con los requisitos https://www.parainmigrantes.info/nacionalidad-espanola-por-residencia-254/

  7. mario dice:

    hola soy argentino, nieto de español resido en españa queria saber si puedo pedir la nacionalidad por ser nieto , o primero tiene que solicitarla mi madre para que yo la pida??

    1. Vicente Marín dice:

      Mario, por ser nieto de español el periodo de residencia se reduce a un año. Aquí tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/nacionalidad-espanola-por-residencia-254/

  8. roger dice:

    hola mi nombre es roger mi consulta es yo optube ase unos mese la nacionalidad española mi pregunta es puedo darle la nacionalidad ami hijo el estando en mi pais peru

  9. Doinita dice:

    Buenas tardes,

    quiero saber si es corecto que se puede facilitar la nacionalidad espanola si el rezidente compra una vivienda en Espana ? Es una facilidad o no. Es una informacion cierta o no?

    1. Vicente Marín dice:

      Doinita, puede acceder a una tarjeta pero la nacionalidad deberás cumplir con los requisitos establecidos, aquí tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/nacionalidad-espanola-por-residencia-254/

  10. hola Gloria, respecto al tema de la nacionalidad,el 16/12/2011 he cumplido 10 anos de residencia legal en Espana estando trabajando continuamente duranto estos 10 anos,pero el dia 07.12.2011 he presentado todo el dossier en la oficina del juzgado de donde vivo en el pais vasco (o sea con una antelacion de 10 dias mas o menos debido a que no podia esperar mas ya que los documentos k adjunte tenian validez de solo 3 meses como doc. de antecedentes penales…, sino tenia que volver a mia pais de origen y solicitarlos de nuevo(. Sin embargo la fecha cuando tuve la cita con la policia fue el 03.01.2012.
    Mi consulta es si me pueden denegar la nacionalidad por motivos de presentacion adelantada de los documentos, o bien suelen tener en cuenta la fecha de entrada del dossier a la subdelegacion del ministerio en mi caso el juzgado, o sino la fecha de la cita con la policia que fue en 2012.
    Agradezco que me conteste a mi pregunta lo antes posible ya que la faena es denegarme la nacionalidad por un problema tan absurdo.
    Gracias.

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Sara, tienes que estar en cumplimiento de los requisitos en el momento de solicitud, es decir, el día que presentas todos los documentos y le dan entrada a tu solicitud en el Registro Civil de tu domicilio, para posteriormente enviarlo al Minsiterio de Justicia…

  11. sandra dice:

    hola soy colombiana tengo 2 niños menores de edad en mi pais resido en madrid con mi pareja nacionalizada española y estamos inscrito como pareja de echo ,mi consulta es la siguiente mi pareja esta dispuesta a regisstras a mis niños como suyos y nuestra consulta es si esposible y si es posible si recibieran ellos la nacionalidad española y que tendriamos que hacer para traerlos a españa…gracias

  12. VERONICA dice:

    HOLA QUIEN ME PUEDA AYUDAR SOY NIETA DE ABUELO ESPAÑOL , MI ABUELO LLEGO A URUGUAY POR POR AVENTURA ANTES DEL EXILIO , SE NACIONALIZO URUGUAYO SE CASO Y NACIO MI MADRE… PUES RESULTA QUE ANTES DEL 27 DE DICIEMBRE DEL 2011 LLEVE TODOS LOS DOCUMENTOS A LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN URUGUAY … MENOS EL CERTIFICADO DEL REGISTRO CIVIL QUE CREDITABA SI MI ABUELO HABIA ADQUIRIDO LA NACIONALIDAD DE URUGUAY … LO LLEVE HOY 10 DE ENERO DEL 2012 …. Y DESPUES DE HABER GASTADO UN PLATAL MAS MI TIEMPO QUE FALTE A TRABAJAR … ME ACABAN DE DECIR QUE NO CALIFICO PARA LA NACIONALIDAD YA QUE MI ABUELO ADQUIRIO LA NACIONALIDAD URUGUAYA ANTES DE NACIDA MI MADRE … CREO QUE HAY UNA DIFERENCIA DE 3 AÑOS ENTRE UN HECHO Y EL NACIMIENTO DE MI MAMA … ES ABSURDO AHORA ME DICEN QUE ME VA A LLEGAR UNA CARTA PARA APELAR …. PERO QUE SOLO ME LA ENVIAN PORQUE ES LEY PERO QUE YO HAGA LO QUE QUIERA TENGO 30 DIAS YA QUE DE ESAS APELACIONES ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA NINGUN CASO HA SIDO FAVORECIDO … PARA MI ES UNA TOTAL FALTA DE RESPETO YA QUE MI ABUELO MURIO SIENDO DE ORIGEN ESPAÑOL , QUE IMPORTA CUANDO NACIO MI MAMA , ES OBVIO QUE SI EMIGRAS A UN PAIS VAS A OBTENER LA NACIONALIDAD SI TE LO PERMITEN YA QUE COMO INMIGRANTE QUERES ESTAR LO MAS LEGAL POSIBLE … Y POR ESO TE NIEGAN UNA NACIONALIDAD … PUES QUE ALGUIEN ME ACLARE ESTO ESTO TOTALMENTE DEPRIMIDA ME PARECEINJUSTO YA QUE JUSTAMENTE URUGUAY RECIBIO CON BRAZOS ABIERTOS A TODOS LOS ESPAÑOLES QUE AQUI RECIDEN Y NO SE LES PUSIERON TRABAS DE NINGUN TIPO Y YO QUE SOY DESCENDIENTE DIRECTA ME DICEN ESA ESTUPIDES GRANDIOSA … QUE ALGUIEN ME ORIENTE POR FAVOR YA QUE NI SE COMO ESCRIBIR NI QUE PONER EN LA CARTA DE APELACION … GRACIAS ESPERO RESPUESTAS

  13. mauro dice:

    mi abuela era española y se fue a chile a vivir ya hace muchos años, mi consulta es si yo puedo obtener algun beneficio de esto, actualmente vivo en murcia y soy chileno.

  14. Marcelo Rius Franzani dice:

    Solicito una nueva hora para Marcelo Rius Franzani,enviar a Mrius@anglochile.clgracias

  15. vilma dice:

    HOLA QUISIERA SABER EN QUE PAGINA ME TENGO QUE METER PARA SACARLE CITA A NIETOS CUBANOS QUE SE ENCUENTRAN EN CUBA Y QUIEREN SOLICITAR SU CUIDADANIA ESPAÑOLA , DESDE ESPAÑA , YA QUE EN EL CONSULADO ESPAÑOL EN CUBA YA NO ESTAN DANDO CITA Y LE HAN INFORMADO QUE EXISTE UNA PAGINA EN ESPAÑA QUE LA PUEDN SOLICITAR POR FAVOR VILMA

  16. maribel dice:

    hola necesito orientacion para poder solicitar la inscripcion de nacimiento de mi abuelo con el objetivo de hacerme ciudadana española,no tengo todos los datos de el,que hago.gracias.

  17. maribel dice:

    hola necesito orientacion para poder solicitar la inscripcion de nacimiento de mi abuelo con el objetivo de hacerme ciudadana española,no tengo todos los datos,que hago.

  18. ahmed dice:

    hola soy marroqui tengo residencia de 5 años y mi hija tiene la nacionalidad ,mi pregunto si puedo solicitar la tarjeta cominitaria o no para ir vivir en otro pais europeo .gracias por todo.

  19. stella dice:

    hola soy casada con un español hace casi dos años y vivo en valencia me podrian ayudar donde debo pedir la cita para mi nacionalidad y q documentos necesito mil gracias x su informacion soy fiel a vuestros volentines y q nos son de valiosa ayuda ,,,

  20. Delia Yañez Fenucci dice:

    Hola solicito dia y hora para realizar por su intermedio la Nacionalidad Española estoy dentro del modelo anexo 1. Saludos esperando su respuesta.
    Gracias

  21. jose antonio novo gutierrez dice:

    necesito saber como puedo obter la nacionalidad española a traves de mi abuelo jose novo cea, nacido en la ciudad coruña .santiago de compostela,

  22. SARELY dice:

    necesito saber hasta que fecha se realizaran las nacionalidad a los nietos de españoles segun la rsolucion de llegada hasta el año 55 .

  23. odalis dice:

    Necesito saber donde puedo pedir una susanacion de Acta de nacimiento
    Creo que se llama asi .
    Gracias al que pueda ayudarme

  24. Addis dice:

    Hola, llevo más de un año en los trámites de la nacionalidad, nunca mi expediente a sido requerido, el único telefono a disposición en el Consulado General de España en La Habana no se puede comunicar, esta ocupado o da timbre y no sale nadie, presente una reclamacion y tampoco me contestan, he accedido a la pagina de Consultar trámites y aparezco desde el dia posterior a la cita como Pendiente a Resolución, pero nada aun no estoy inscrita. ya no se que hacer. ambos padres son ciudadanos españoles por recuperacion. ¿Qué hago? Pueden constestarme por le correo electrónico. Gracias.

  25. Lourdes dice:

    Hola, quiciera ver la forma para nacionalizarme como española, mi abuelo era español, no era exiliado, pero resulta que no tengo su acta de nacimiento, pero tengo su acta de defunción y otros documentos que avalan su nacionalidad por favor contestame, para saber que debo hacer, que documentos son los que necesito,y ver la forma en que mi hija adquiera la nacionalidad ella es mayor de edad y considero que tendrá que hacer otra clase de tramites, gracias por la ayuda.

  26. yuleydis dice:

    como puedo sacar una cita,llevo todo el dia y me es imposible alguien me pudiera ayudar

  27. dolores gudelia alvarez gonzalez dice:

    Por favor, necesito sacar cita para revisar documentación entregado y no puedo entrar a SUCITA, para solicitar el turno, que puedo hacer, como puedo adquirir otra cita, ya que no puedo entrar a la página esta. para solicitar un nuevo turno

    Gracias,

  28. Roberto dice:

    Por favor necesito saber como verificar que día y a que hora tengo el turno de mi cita previa. Se que es próximo al 4 de noviembre del 2010, pero no tengo seguridad.

    Responder, por favor

  29. Roberto dice:

    Por favor neesito saber como consultar, ciertamente que día y a que hora tengo mi cita, recuerdo que era proxima al 4 de noviembre de este año 2010. Me pudieran orientar.

  30. mirian dice:

    hola mi esposo tiene la nacionalidad española por residencia hace 2 años y tiene un hijo de 15 años quiere solicitar la nacionalidad desde ecuador puesto que su hijo vive alli especificamente en quito y desea saber que requisitos y sobre todo si se puede tramitar desde alli este requerimiento

  31. daisy torres gonzalez dice:

    Por favor necesito ayuda,soy nieta de un español y necesito sacar un turno para la embajada.Tengo algunos papeles y estoy resolviendolos que me faltan,pero necesito saber como sacar un turno.Para mi es muy importante,por favor ayudenme.

  32. mercedes miriam dice:

    Necesito me informen si la ley de los Biznietos descendientes de españoles, mayores de edad, esta prevista que se aprobara en algun momento, o en años venideros, si ha salido algun bolentin con esta informacion o aun no se anlaiza, ya que con esta ley actual de memoria historica se aprueban a los niestos y biznietos mrnores de edad, ero no a los mayores de edad. Es decir somos un grupo que no se ha tomado en consideracion. Yo soy biznieta y tengo 26 años y me gustaria, tamitar mi ciudadania. Saludos

  33. Salvador dice:

    Se dice que aparece el enlace para descargar el MODELO I y/o MODELO III y no es así.
    Por otra parte, en el título de éste artículo se dice que se dan instrucciones para adquirir la nacionalidad según Memoria Histórica desde dentro de España y cuando uno lo lee se da cuenta de que se trata de lo mismo pero desde fuera de España.

  34. pedro dice:

    Soy nieto de Españoles , pero no aparece, la inscripcion de mi abuelo, y si de mi abuela en España, tengo en Cuba documentos de matrimonio de ellos, que dicen que son españoles los dos de Origen, pero en la embajada Española en Cuba, me exigen, el documento de extrangeria en Cuba de mi abuelo, que no aparece, si la ley 52/2007 dice que los nietos tienen derecho por Abuela tambiem, por que no me dan la apcion de ser Español, que puedo yo hacer en este caso.

  35. joao carlos dice:

    Mi abuelo llego a brasil en año de 1923,pais donde contrajo matrimonio com una hija de inmigrante italianos, fruto de este matrimonio nace en 1944 mi padre, yo 1968.Quisiera saber que devo realizar para adquirir a la nacionalidad española? Vivo en Madrid a 5 años ilegal.

  36. Hola ante todo mis saludoss, quisiera saber sobre Nieto de abuela española, mi abuela hizo los tramites para recuperar la nacionalidad española ya que era hija de españala de origen pero solo le dieron la nacionalidad por opcion,es posible que ella consigue la nacionalidad de origen por este apartado:3.Las personas que ya optaron a la nacionalidad española no de origen

    «Aquellas personas que ya optaron a la nacionalidad española derivativa porque su padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España, según el artículo 20.1 b) del Código Civil, pueden ahora optar además a la nacionalidad española de origen.»
    y si yo puedo obtener luego la nacionalidad por ser nieto de española aunque no podemos demostrar que ella hubiere sido exiliada.
    Desde ya muchas gracias.

  37. MIGUEL URIELES dice:

    Hola soy miguel quisiera saber sobre los tramites que devo realizar para adquirir nacionalidad de descendiente ya que pertenezco a la tercera generacion de parentesco de un español, gracias.

  38. Benita dice:

    NACIONALIDAD x ser HIJO de ESPAÑOL: Soy peruana y estoy casada con ciudadano español. Tengo la nacionalidad española, mi pregunta es: Puede venir mi hijo mayor de edad a España, por ser hijo de española, así como los que vienen por ser nietos de españoles??. He intentado traerlo por Reagrupación Familiar, Regimen Comunitario, Contrato de trabajo y nada, llevo casi 5 años en España.
    Espero una respuesta. Gracias.

  39. Carlos dice:

    En Cuba realmente es así y es alarmante que no se acabe de resolver esto. En esos primeros meses se le pidieron a los solicitantes del primer anexo documentos que no están reflejados en la Ley y que se han convertido en una pesadilla, ya posteriormente trataron como debía ser, pero los primeros están aún en espera. POr favor solicitarle al Consulado Español en La Habana, que revise estos expedientes y resuelva los que ya estén con los documentos correspondientes.
    Ojalá a Uds. los oigan.
    Saludos

  40. Klaudia dice:

    No entiendo, si está tan bien legislado por qué aún existen tantos problemas. En Cuba los expedientes del «1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español» tramitados en los primeros meses de puesta en vigor la Ley están detenidos por la cantidad de documentos que les han exigido además de los que dispone la Ley. PEDIMOS QUE SE REVISEN ESTOS Y SE RESUELVAN LOS QUE YA ESTÁN COMPLETOS.
    GRACIAS

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