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¿Qué trámites de nacionalidad española podré hacer una vez comience la Fase 1 de desescalada?
Desde que comenzó el estado de alarma, muchas son las medidas que se han puesto en marcha para evitar la expansión de coronavirus por España. Después de seis semanas de confinamiento y ahora que las cifras no son tan graves como al principio, desde el Gobierno se comienza ya hablar de las diferentes fases de desescalada de esta situación y vuelta a una nueva normalidad.
Juras de Nacionalidad Española por Residencia en Fase 1
¿Cuándo podremos hacer la Jura de nacionalidad española? Esta es la pregunta que se hacen miles de personas que han visto como sus citas han sido suspendidas desde el 14 de marzo en todos los registros civiles de España. La cuestión aquí no es determinar cuándo estarán abiertos los registro civiles, sino cuándo lo estarán para la atención al público con garantías sanitarias.
En teoría, a partir del 11 de mayo es posible que muchos registros civiles ya estén operativos pero dependerá de cada registro en particular que se pueda volver a atender al público, aunque sea de forma moderada y con distanciamiento social. En esta fase no van a permitirse aglomeraciones o colas de ningún tipo, por lo que es muy posible que, aquellos que dispongan de cita, sí que puedan continuar con sus procesos, pero se limite considerablemente la atención de nuevos actos de jura.
Presentación de expedientes de nacionalidad por residencia en la FASE 1
Al igual que durante el estado de alarma, será posible la presentación de expedientes de nacionalidad española a través de la plataforma del Ministerio de Justicia, con certificado digital, por uno mismo o con abogado u otro profesional (vía recomendada).
La presentación de expedientes de nacionalidad a través de Registros Públicos de Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno, Ministerio de Justicia u otros registros de corporaciones locales o comunidades autónomas estará posiblemente limitada por aforo a estos órganos para evitar contagios.
Aunque poco utilizada, la presentación por Correo Postal será posible, aunque esta vía está totalmente desaconsejada.
Nacionalidad por Opción, Nacionalidad con Valor de Simple Presunción. Presentación en Registros Civiles.
La suspensión de citas en Marzo, Abril y parte de Mayo de 2020 y las limitaciones de aforo y atención que se van a producir de aquí en adelante y cuando los Registros Civiles abran al público ocasionarán tremendas dificultades para todos aquellos que pretendan iniciar un proceso de nacionalidad de los que se hacen exclusivamente en el Registro Civil, tales coma la Nacionalidad por Opción, Nacionalidad con Valor de Simple Presunción para niños nacidos en España o Nacionalidad por Posesión de Estado. En el mejor de los casos que los registros abran sus puertas, conseguir una cita va a ser una odisea y es factible que los Registros no comiencen su atención al público en esta primera fase de desescalada, y que lo dejen para un momento posterior.
Contestación de Requerimientos en expedientes de nacionalidad por residencia.
La contestación a requerimientos podrá hacerse sin problema a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, Redsara y la propia plataforma de nacionalidad. Ahora bien, si pretendes contestar cualquier requerimiento de documentación adicional en tu expediente de nacionalidad a través de Registro Público, recuerda que la atención presencial puede estar muy limita. No te recomendamos que este proceso lo hagas por correo postal.
Si tu expediente de nacionalidad española es del viejo proceso, los requerimientos se notifican a través del Registro Civil. Casi con total seguridad no te antederán sin cita. Cuando hayas sido notificado, lo mejor, contestar por sede electrónica.
Si quieres ponerte en contacto con el equipo de parainmigrantes.info puedes hacerlo a través de este formulario. Rellénalo con tus datos y nos pondremos en contacto contigo.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

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Los registros civiles de grandes ciudades como Madrid deberían prescindir de la jura ante juez en esa sala grande.. y adaptar el proceso a la nueva realidad: funcionario detrás de una mámpara solicitando la documentación, entregando documentación de la jura para la firma y después que manden una copia del certificado de nacimiento por correo postal o Carpeta Ciudadana.. O, como dicen algunos compañeros, jura ante notario. En fin..
Si ya estaban los registros saturados, lo de ahora será ya de risa. Deberían de volver a liberar la jura de manera que sean los notarios los que la realicen.
No se si existen lo que se denomina como «ciudadanos de segunda categoría» en este país. Pero lo mas parecido, debemos de ser los extranjeros. Y aun así, es deleznable el modo del que se tratan los compatriotas entre ellos mismos.
Un saludo y gracias por vuestra labor.
Fuerza a todos con vuestros tramites. Es cuestión de paciencia…
hola buenos dias vicente tengo una duda el 4 de mayo se que empieza una fase de desconfinamiento tengo cita en madrid para la pre jura o confirmacion de datos ese dia puedo asistir o cuando empiezan los registros a funcionar