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Texto informativo actualizado a abril de 2021, relativo a normas que eximen de legalizar documentos, obtenido a través de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Union Europea y Cooperación.
Normas que eximen de legalizar documentos
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha publicado un texto informativo actualizado relativo a las normas que eximen de legalizar documentos.
Dicho documento contiene la modificación producida a partir de febrero de 2021, que compartimos en nuestra anterior publicación sobre el Reglamento (UE) 2016/1191 relativo a la simplificación de los requisitos de presentación de ciertos documentos públicos UE:
- Documentos de Registro Civil (nacimiento, matrimonio, defunción, estado civil, capacidad matrimonial, divorcio, separación y anulación).
- Los documentos de uniones de hecho (capacidad, condición, cancelación, separación y anulación).
- Documentos de filiación, incluida la adopción.
- Documentos relativos a domicilio, residencia, nacionalidad y CAP (certificado de antecedentes penales).

Legalizaciones
La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado.
- todo documento público extranjero debe ser legalizado para tener validez en España
- y todo documento público español requiere ser legalizado para ser válido en el extranjero
¿En qué casos no es necesaria la legalización?
Dado el creciente intercambio entre los distintos países del mundo, muchos Estados han firmado convenios destinados a facilitar este tipo de trámites a sus ciudadanos, entre ellos España.
El acuerdo más relevante en esta materia vigente en la actualidad es el Convenio de La Haya nº XII, de 5 de octubre de 1961, de Supresión de la Exigencia de Legalización en los Documentos Públicos Extranjeros más comúnmente llamado Convenio de la Apostilla.
Numerosos países se han adherido a este tratado que simplifica los trámites para el emisor y el receptor. Este texto prescribe que entre Estados miembros no será necesaria la legalización para el reconocimiento mutuo de documentos, aunque sí un sello o apostilla. La lista completa de países que han firmado el acuerdo:

Además existen otros convenios que eximen de la necesidad de legalizar algunos documentos. En este texto informativo elaborado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación puede consultarse a qué países y tipos de documentos se aplican. Para todos los casos no recogidos en alguno de los acuerdos anteriores deberá procederse a la legalización.

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Bns días ayer me entregaron mi carta de estado civil en el consulado de Madrid esa carta tengo que legalizarla para entregarla como requisito de pareja de hecho o no hace falta así sin legalizar es válida por favor espero su respuesta
Buenos días soy colombia …….y soy instalador de cerámica ..con na experiencia ya más de 18 años.. quisiera saber si hay vacantes o si pudiera conseguir trabajo aya en España …. gracias