Entrar con carta de invitación, empadronarse y solicitar la tarjeta comunitaria

Entrar con carta de invitación, empadronarse  y solicitar la tarjeta comunitaria, ¿tiene consecuencias?

La Tarjeta Comunitaria es una de las autorizaciones más demandadas por nuestros seguidores, y por tanto  la que más dudas genera, sobre todo en relación a la forma de efectuar la entrada de los familiares a nuestro país, para una vez aquí, solicitar la tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario en la Oficina de Extranjería correspondiente.

Vicente Marín, director del portal Parainmigrantes.info, nos da todos los detalles en el siguiente vídeo:

Forma de hacer la entrada en España

Respecto a la forma de efectuar la entrada de estos familiares, en primer lugar debemos determinar si, según cuál sea su nacionalidad de origen, se les exige visado o no.

En el caso de que necesiten visado para entrar a España, el familiar deberá acudir al Consulado español en el país de origen para solicitar el visado de régimen comunitario acompañado de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos según el caso en concreto. (para ver los documentos necesarios pulse aquí)

-Si por el contrario, el familiar no requiere de visado para efectuar la entrada en España, sí se le exigirá llevar consigo todos los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para solicitar la Tarjeta Comunitario por si el funcionario se lo requiere en frontera, puesto que el no acreditarlo correctamente podría suponer la denegación de la entrada al país. (para ver los documentos necesarios pulse aquí)

Tanto en uno como en otro caso, los familiares no efectuarían su entrada en España en calidad de turistas, sino que lo harían en su condición de familiares de ciudadanos de la UE, por lo que los requisitos y la documentación a aportar son completamente diferentes: 

Cuando la intención es visitar España en calidad de turistas, el plazo máximo de estancia legal permitido es de 90 días, transcurrido el cual, el extranjero tiene la obligación de retornar a su país de origen, ya que su permanencia tras este periodo sería en situación irregular.

Además, cuando entramos como turistas (ya sea con o sin visado) los requisitos que debemos acreditar son medios económicos, seguro médico, disponibilidad de alojamiento en España, ya sea por reservas de hotel o carta de invitación, etc…

Por el contrario, cuando la intención es venir a reunirnos y residir junto con nuestro familiar comunitario, los requisitos que se exigen difieren completamente, siendo innecesaria la carta de invitación, los medios económicos, etc..

¿Puedo entrar con carta de invitación y pedir la Tarjeta Comunitaria?

No obstante,  suele ocurrir en la práctica que muchos de los familiares de comunitarios que vienen a residir  a nuestro país, no efectúan la entrada correctamente, sino que lo hacen en calidad de turistas y una vez aquí, empadronarse y solicitar la tarjeta comunitaria.

Cierto es que, efectuar la entrada de esta forma no constituye una causa de denegación de la Tarjeta Comunitaria. Es decir, esto no impide solicitar posteriormente dicha autorización, pudiendo incluso, ser finalmente concedida.

Sin embargo, es importante conocer las posibles consecuencias de estos casos, sobre todo en relación a la  Carta de invitación:

El problema que se plantea con la carta de invitación, es que ésta lleva implícita la obligación de retornar al país de origen una vez transcurrido el plazo establecido en la misma. El incumplimiento de la Carta puede traer consecuencias tanto para el invitado como para el invitante, pudiendo derivar en importantes sanciones económicas al constituir una infracción grave de la Ley de Extranjería.

Estos procedimientos no eran frecuentes, puesto que las Comisarías de Policía, e incluso Oficinas de Extranjería no los controlaban demasiado, pero ahora el control es bastante mayor, y estamos comprobando que en la práctica se están imponiendo muchas sanciones derivadas del incumplimiento de esta carta, cuya cuantía puede oscilar entre los 501 y 10.000 euros.

Por otra parte, nos hemos encontrado con consecuencias similares derivadas del hecho de empadronar en el mismo domicilio al familiar invitado (requisito indispensable para solicitar la tarjeta comunitaria)

En estos casos, también hemos podido comprobar el inicio de un procedimiento sancionador en base al artículo 53 de la LOEX, en concreto en el punto 2, apartado C que define como infracción grave el «Promover la permanencia irregular en España de un extranjero, cuando su entrada legal haya contado con una invitación expresa del infractor y continúe a su cargo una vez transcurrido el período de tiempo permitido por su visado o autorización. Para graduar la sanción se tendrán en cuenta las circunstancias personales y familiares concurrentes»

Por ello, es muy importante obtener un buen asesoramiento, no solo a la hora de comenzar con el proceso de obtención de nuestra autorización en España, sino de forma previa, para efectuar la entrada correctamente y evitar encontrarnos con problemas como los mencionados.

Familiares de Españoles

Es importante aclarar que ciertos familiares de ciudadanos españoles deben a día de hoy gestionar un Arraigo Familiar. Tras la entrada en vigor de la reforma del reglamento de extranjería el pasado día 16 de agosto de 2022, determinados familiares han quedado incorporados dentro del Reglamento de Extranjería, concretamente dentro de la figura del Arraigo Familiar.

Por ello, si eres alguno de estos familiares debes solicitar un Arraigo Familiar:

  • Cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.
  • Ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo,
  • Descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.

En estos casos se concederá una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Familiar, la cual tiene una duración de 5 años y permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Si por el contrario eres familiar de un ciudadano español pero no estás dentro de estos supuestos, como puede ser un hermano de un ciudadano español, nieto, abuelo, etc, sí deberás gestionar una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario, a través del concepto de familia extensa. Estos familiares no han quedado cubiertos por la figura del Arraigo Familiar y por tanto será necesario seguir gestionando esta Tarjeta Comunitaria a través del artículo 2.bis del RD 240/2007, de 16 de febrero.

Te dejamos toda la información ACTUALIZADA aquí:

Si tienes alguna duda sobre empadronarse y solicitar la tarjeta comunitaria puedes llamar a nuestro teléfono de asesoría y te ayudaremos con todo el trámite.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

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32 comentarios en “Entrar con carta de invitación, empadronarse y solicitar la tarjeta comunitaria
  1. Yohel dice:

    Si mi padre viene con cart de invitación puedo tramitarle arraigo familiar mientras esté aquí, aunque él no se quede en el país?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  2. ismael dice:

    Tema carta invitacion : El tiempo max. es 90 dias carta invitacion, Pregunta : se puede pedir por 30 dias. la carta de invitacion, a efectos que cuadre con otros documentos como son el vuelo, visados etc.. muchas gracias. por su atencion y respuesta.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Ismael, sí, en la propia solicitud puedes indicar el tiempo aproximado de la estancia y el tiempo que quedará en ese domicilio

  3. Andrés Manuel de la Fé Soca dice:

    Hola, soy cubano mi papá obtuvo la nacionalidad española hace un año, si entrara a España con una carta de invitación podría solicitar algún documento que me permitiera quedarme a trabajar, soy médico con 30 años de experiencia y quisiera radicar me allá, me podrían aclarar esa inquietud.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Puedes hacer una consulta por Skype y vemos tu caso concreto https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  4. Hola! Quisiera saber si les puedo hacer una carta de invitación A mis padres cuando lleguen aquí empadronarlos y sacar la tarjeta de residencia y luego a los tres meses van a Cuba y luego volverlos a invitar con la tarjeta de residencia es posible??

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Roxy te dejamos información https://www.parainmigrantes.info/entrar-con-carta-de-invitacion-y-solicitar-la-tarjeta-comunitaria/

  5. Michael dice:

    Buen día, por favor me pueden ayudar con la sigueinte información: Mi madre es Ecuatoriana pero tiene la doble nacionalidad y queremos saber si ella puede traer a mis hijas a España con carta de invitación y luego realizarles la reagrupación y en caso de poder hacer esto cual sería más o menos la multa máxima que debería pagar en caso de tener que hacerlo?
    Cabe mencionar que e intentado ponerme en contacto con ustedes a través del número telefónico pero de las veces que intenté no pude realizarlo ya que me mantuvieron en espera para que hasta que estén libres para atender la llamada pero pasaron algunos minutos y no era posible ppor lo cual colgué, esto me pasó en tres ocaciones.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Michael en este caso podría hacer una reagrupación familiar comunitaria a través de la familia extensa, pero este tipo de procedimiento suelen ser algo complicados. En cuanto a lo que nos comenta de nuestro teléfono de asesoría no tenemos habilitada la llamada en espera… de cualquier forma escríbenos en este email para ver que ha podido suceder https://www.parainmigrantes.info/contratar-a-un-abogado-experto-en-extranjeria/

  6. Nabaga001 dice:

    Buen día , tengo nacionalidad española , hice carta de invitación para mi madre y desearía hacer el trámite de tarjeta comunitaria , si yo hago la solicitud tan pronto llegue antes de que se cumplan los tres meses también me multarían por haber entrado con carta la de invitación? .

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Nabaga aunque se tramite una residencia para tu madre la carta de invitación se está incumpliendo igualmente…. tendrías por tanto el riesgo de que te multen

  7. Wilham dice:

    Hola , que tal ? Tengo una pregunta , yo vivo en España y e entrado con carta de invitación que hizo mi madre y quiero pedir asilo político , habrá algún problema para mi madre por causa que me hizo la carta ?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Wiham aquí tienes información https://www.parainmigrantes.info/carta-de-invitacion-y-su-incumplimiento/

  8. Angel Sacta dice:

    buenas tardes abogado soy ecuatoriano pero tengo la nacionalidad española ase 12 años quiero traer a mi hija como turista a que pase un par de meses con migo y con su madre ya que ella tanvien tiene la nacionalidad que riquicitos tiene que precentar en la enbajada española y que tiene que acer gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Angel aquí tienes la información https://www.parainmigrantes.info/requisitos-para-solicitar-un-visado-de-turista-en-el-consulado-de-espana-en-quito/

  9. Puedo hacer un carta d invitación con tarjeta comunitaria,estoy Dada d alta el piso está a nombre de mi pareja?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      para ver tu caso concreto puedes hacer una consulta por teléfono y lo vemos todo https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  10. yenny dice:

    Buenas Tardes

    Mi mama venezolana se encuentra en españa con carta de invitación queremos tramitar la tarjeta de residencia.

    la pregunta es: existe alguna forma de solicitar su estancia mediante un acta de manifestaciones para que no deba salir de españa y poder hacer el tramite sin correr el riesgo de la multa?

    en el supuesto de que tenga que enviarla a su país de origen y hacer el acta de manifestación de re-agrupación, la duda es la siguiente:

    1- que tiempo debe estar fuera de españa para poderla retornar?
    2- no necesita boleto ida y vuelta?

  11. Alejandro dice:

    Hola. Soy de Perú, mi hermana es española nacionalizada.
    Quiero visitarla en estos meses. No dependo de ella económicamente, o no estoy a cargo. Cuando esté en España ¿podría solicitar la tarjeta comunitaria?. ¿Qué requisitos tengo que cumplir?
    Muchas gracias.
    Alejandro.

  12. Antonio dice:

    Buenas señores de para inmigrantes. Mi caso en concreto es que soy ciudadano Español y mi novia Venezolana pero ella está en su país ahora mismo, el plan es que se venga para casarnos. Mi pregunta es: existe una carta de invitación o algo parecido para que no vayan a devolverla en el aeropuerto y como consecuencia perder el pasaje? Ya tenemos toda la documentación requerida. Gracias de antemano por su pronta respuesta.

  13. Djamel dice:

    Hola hay algunos del 2015 que tiene su expediente en estudio hace 4 meses
    Yo lo tengo en estudió desde el 2 de enero hay algunos que lo contestaron después de 4 meses en estudió o lo piden algún documento
    Gracias

  14. Rodrigo dice:

    Buenos dias!! Queria consultar un caso en el que está mi pareja, haber si me podría ayudar. Mi pareja( peruana) lleva 9 años como residente en españa,, tiene la nacionalidad en proceso,, tiene una hija de 9 años q siempre estuvo en Perú y por motivos famiares se vio obligada a traerla a traves de carta de invitacion, con la idea realizar la agrupacion familiar estado la niña en España,, el caso es q fue presentar toda la documentacion y le dijeron q estando en España la niña se la ivan a denegar,, (cuando nosotros pensamos que estando en su tiempo de turista seria como si estuviera en Peru),, ahora nos encontramos con el problema de no saber q hacer,, que pasaria si quedara la niña como irregular? Puede sancionar a mi pareja o afectarle en el proceso de la nacionalidad? Agredeceria su ayuda.
    Saludos

  15. Luisa Hernández dice:

    Buenos días, después de haber leído su artículo, mi pregunta es la siguiente: tengo un relación estable con un chico ciudadano español, la idea casarnos para pues formar una familia, estamos viendo opciones:
    La 1era,. Tiene que ver con el empadronamiento del que hablais, pues yo viajará a España en calidad de turista soy colombiana pues la idea es casarnos allí pero para casarnos me exigen un certificado de empadronamiento… Mi pregunta es si estándo en España en calidad de turista ya sea con carta de invitación puedo solicitar empadronamiento? Para poder así cumplir con el requisito y poder casarnos.

    2da casarnos acá en Colombia e inscribir el matrimonio pero en el consulado nos informa que es proceso que no se sabe si tarde más de 4 meses que puede que llegue a los 9 meses.

    3ra. opción es que por medio de un contrarl laboral y demás documentacion pues es él es empresario tiene su propio negocio. La pregunta es . Cuánto tiempo demora para que se pueda obtener una autorización de residencia y trabajo? Puesto que este requisito es fundamental para la solicitud de este tipo de visado.

    Gracias

  16. Betsy Becerra dice:

    Hola buenas tardes, mi pregunta es que hay de diferencia entre carta de invitación y acta de manifestaciones ante notario ,legalizado en colegio de notarios y ministerio de asuntos Exteriores ,mi madre viajo desde Ecuador a Madrid con visado ,y yo entre los requisitos envié acta de manifestaciones ,ahora quiero tramitar la residencia comunitaria para ella ,habría el mismo problema al no ser acta de manifestaciones en vez carta de invitación , gracias

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      Son dos documentos muy diferentes. El acta de manifestaciones se realiza ante notario español, en el cual el comunitario manifiesta su voluntad de que su familiar venga a España reunirse y residir con él.(se aporta para la solicitud del visado de régimen comunitario o el familiar lo lleva consigo al efectuar la entrada en España cuando viaja solo). Por el contrario, la carta de invitación sirve para acreditar la disponibilidad de alojamiento en España cuando venimos en calidad de turista.

  17. Como puedo contratar vuestros servicios.
    Gracias

  18. Hola… Saludos de antemano… Mi situación es la siguiente… Mi marido es español, es esta en ahors mismo en España y yo en Venezuela. Tuvimos un hijo pero lamentablemente murió por problemas de salud. Quisiera saber que documentos debo llevar para legalizarme como su mujer.. Si necesitó alguna carta de invitación especifica… Y si el acta de nacimiento de mi hijo pudiera demostrar ante las leyes de España que tenemos tiempo conviviendo como pareja… Ya lo extraño mucho y queremos estar juntos rápido… Gracias

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      En primer lugar es necesario que su matrimonio sea válido en España, de forma que puede inscribirlo en el Registro Civil en España, o bien, a través del Registro consular en el propio Consulado. Una vez válido el matrimonio, podrá solicitar una tarjeta comunitaria por ser cónyuge d español. No obstante, si puede acreditar una convivencia mínima de un año, podría intentar solicitarla mientras su matrimonio está en proceso de inscripción, por pareja estable (supuesto de familia extensa)

  19. sofia dice:

    Buenas noches…que trámite tendría que hacer mi pareja, el es español, para poder pedir x mi tenemos un hijo en común el niño es español y solo tenemos libro de familia yo estuve hace 5 años allá y quiero volver…gracias x la ayuda

    1. Zahra dice:

      Hola yo soy marroqui y hace un año me concedieron la nacionalidad española por residencia. Llevo 7 años casada y tengo un hijo tambien con nacionalidad española. Mi marido vive en marruecos y quiero tramitarle la targeta comunitaria. El acta de matrimonio ya lo hemos tramitado para que se puede enscribir en el registro central. Mi pregunta es que tengo que hacer despues para traer ami marido a españa? Yo no trabajo es necesario trabajar para poser traerlo o que tengo que hacer. Muchas gracias

  20. Katherine dice:

    Hola señores de parainmgrantes.info, somos padres de un español de 14 años nos otorgaron el permiso de residencia y trabajo por 1 año. Tenemos que renovar en enero 2018. podemos pedir la tarjeta comunitaria. Mi marido tiene trabajo con contrato indefinido hace dos meses. Muchas gracias

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