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Como hemos venido haciendo en otras noticias hablamos sobre las cuestiones laborales que afectan a las empleadas de hogar. Concretamente vamos a detallar el proceso de Alta, Baja o variación de datos en Seguridad Social y la cotización de la empleada de hogar.
Alta en Seguridad Social de la Empleada de Hogar
Como normal general el alta, baja o la variación de datos en Seguridad Social de la trabajadora la debe hacer el empleador, es decir el cabeza de familia donde la trabajadora preste sus servicios.
Trabajo en varios domicilios ¿quién debe hacer el alta en Seguridad Social?
En el caso de que prestes tus servicios como empleada de hogar en varios domicilios, y tengas varios empleadores, deberá cada empleador darte de alta en Seguridad Social las horas efectivas de trabajo que desarrolles en su domicilio.
Soy empleada de hogar ¿puedo hacer yo misma el Alta en Seguridad Social?
En caso de que trabajes menos de 60 horas mensuales en un domicilio, podrás hacer tú misma el Alta, Baja, Baja o variación de datos en Sistema General de la Seguridad Social.
¿Cómo puedo hacer el Alta en Seguridad Social?
Para hacer el Alta en Seguridad Social lo mejor es que utilices un Certificado Digital. De esta forma podrás hacer el Alta en Seguridad Social de forma sencilla y rápida.
En caso de que tú como trabajadora o tu empleador no tengáis Certificado digital podréis hacer el Alta, Baja o variación de datos directamente en la Tesorería General de la Seguridad Social de tu ciudad.
¿Cuándo debo hacer el Alta en Seguridad Social de la empleada de hogar?
Alta en Seguridad Social
El Alta en Seguridad Social de la empleada de hogar debe hacerse siempre antes de comenzar con la relación laboral. Es decir, antes de la trabajadora preste sus servicios dentro del hogar familiar del empleador.
Baja y variación de datos en Seguridad Social
La baja y la variación de datos de la trabajadora deberá hacerse dentro de los tres días naturales y siguientes al cese de la actividad o cese del trabajo o de aquel en que la variación se produzca.
Es decir si por ejemplo nuestra empleada de hogar va a dejar de prestar sus servicios en nuestro hogar familiar el 15 de diciembre de 2019, debemos comunicar dicha baja en Seguridad Social antes del 18 de diciembre de 2019.
Cotizaciones a la Seguridad Social de la Empleada de hogar
La cotización de la empleada de hogar corresponde al empleador o cabeza de familiar donde la trabajadora presta sus servicios. Es tu empleador el que debe hacer el pago de las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social.
¿Cómo se hace este pago de la cotización de la empleada de hogar?
El pago se suele hacer por transferencia bancaria.
Posteriormente el empleador descontará a la empleada de hogar la parte correspondiente de esa cotización, como por ejemplo las contingencias comunes de su salario.
¿Hay alguna bonificación de la cotización de la empleada de hogar?
Existen algunas bonificaciones sobre la cotización de estos trabajadores, como por ejemplo una reducción del 45% para las familias numerosas, sobre las contingencias comunes y siempre que el contrato se iniciara entre 01/01/2012 y 30/06/2012 y sigan desarrollando dicha actividad laboral.
¿Cuanto tengo que pagar de cotización a la Seguridad Social por la empleada de hogar?
Como cada año se publican una serie de tablas donde vienen recogidas la cotización de las empleadas de hogar. A diferencia de otros trabajos, las empleadas de hogar cotizan en base a su salario. Es decir, un salario mayor, una cotización mayor.
Os dejamos la tabla con los tramos de la retribución y las bases de cotización de la empleadas de hogar, para este 2022.

En este año 2022, el tipo de cotización por contingencias comunes será el 28,30%. El 23,60 % corresponde a cargo del empleador y el 4,70% a cargo de la trabajadora o el trabajador.
En el caso de las contingencias profesionales el tipo de cotización será de 1,50% y correrá a cargo exclusivamente del empleador, es decir el cabeza de familia donde prestamos nuestros servicios.
En aquellos casos que os hemos comentado donde la trabajadora presta un servicio del hogar de familiar con una duración menor a 60 horas mensuales, será ella misma la responsable del pago de dichas cotizaciones, tanto por contingencias comunes como profesionales. Para que este tipo de cotización corra a cargo de la trabajadora es necesario que ambas partes hayan llegado a un acuerdo sobre el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Estefanía Guadix de Parainmigrantes.info os explica como se hace el alta, baja o variación de datos de la Seguridad Social de una empleada de hogar.
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