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Muchos españoles (algunos de ellos extranjeros nacionalizados), votarán desde el extranjero en la próximas elecciones generales. ¿cómo se hace?
El Portal de la Ciudadanía Española en el Exterior (www.ciudadaniaexterior.mtin.es), de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior –Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración– se hace eco de la información del Ministerio del Interior sobre cómo votar si se reside en el extranjero en las próximas elecciones generales que se celebrarán en España el 20 de noviembre (20-N), ofreciendo una guía precisa al respecto.
En ella se puede descargar el impreso de solicitud del voto, y consultar las direcciones de las delegaciones provinciales de las Oficinas del Censo Electoral que corresponde a cada elector para la remisión del voto, además de los requisitos, los plazos, la documentación necesaria y los pasos a seguir.
La información se estructura en tres apartados, correspondientes a otros tantos grupos de electores: electores que residen permanentemente en el extranjero, electores españoles que residen en el extranjero y se encuentran temporalmente en España y electores residentes en el país que se hallan temporalmente en el extranjero.
Además, la información del Ministerio del Interior (http://elecciones.mir.es/generales2011/Contenido/Voto_desde_el_extranjero.htm) también indica que los electores pueden acceder a más información en las embajadas o consulados y en las webs del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (www.maec.es) y en la del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es), ofreciendo sendos enlaces a ellas.