En el día de ayer conocíamos que el Tribunal Constitucional avala las devoluciones en caliente que realice España, siempre que se lleven a cabo respetando el control judicial y cumpliendo en todo momento con las obligaciones internacionales.
Ya sabéis que hace algunos años se aprobó le Ley de Seguridad Ciudadana, donde se contemplaba la posibilidad de llevar a cabo devoluciones en caliente de todos aquellos ciudadanos que intentaran hacer la entrada a España de forma irregular, a través de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Finalmente y gracias a esta sentencia el Ministerio del Interior ya cuenta con el aval del Alto Tribunal para mantener así el rechazo en la frontera de Ceuta y Melilla e impedir de esta forma la entrada de ciudadanos extranjeros de forma irregular en nuestro país.

¿Qué salvedades existirán a esas devoluciones en caliente?
Estas devoluciones en caliente se podrán realizar, como decimos, a todos los ciudadanos que intenten entrar en España de forma irregular salvo:
- Menores de edad
- Mujeres embarazadas
- Personas de avanzada edad
En los próximos días podremos conocer la sentencia completa que os comentamos en este artículo.
Esta sentencia o esta decisión del Tribunal Constitucional va también con consonancia con la sentencia que se dictaba hace algunos meses desde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde se avalaban estas devoluciones en caliente que se habían producido desde España. Puedes leer el artículo completo aquí.
Como siempre desde Parainmigrantes.info estaremos muy pendientes ante cualquier novedad o información sobre estas devoluciones en caliente.
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