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El Permiso de Residencia Lucrativo permitirá vivir en España al extranjero que compre deuda soberana o una vivivienda.
La compra de deuda soberana o de viviendas en España, la creación de empresas con fuerte generación de empleo o la matrícula en escuelas de negocios podría dar lugar a la obtención de una autorización de residencia en nuestro país.
Los trabajos para crear un nuevo permiso de residencia para «inversionistas» ya están muy avanzados y en la propuesta ya está trabajando una comisión de personas de distintos ministerios. La idea es la de atraer la inversión a España y, aunque en algunos medios de comunicación se habla equivocadamente de «nacionalidad española» (error), la idea es conceder la residencia legal a extranjeros que pudieran encontrarse en alguno de los siguientes casos:
- Inversión en deuda soberana: Podrían obtener el permiso de residencia los extranjeros que compraran bonos o letras del Tesoro Público. Está por ver en qué cantidad y con qué condiciones.
- Creación de empresas y empleo en nuestro país: Aunque ya existe una autorización de residencia por cuenta propia en el Reglamento de Extranjería. Al parecer, el nuevo permiso permitiría facilitar la creación e implantación de empresas en España, empresas con una clara visión de permanencia estable en España. Ya veremos las diferencias existentes entre los actuales permisos de residencia por cuenta propia.
- Compra de vivienda: Sin duda, una de las medidas más esperadas. Los extranjeros podrían obtener el permiso de residencia si compraran una vivienda por encima de un determinado precio.
- Escuelas de negocio: Para atraer «el talento» a España, se podría conceder un permiso de residencia a aquellas personas con matrículas en escuelas de negocios por un periodo no determinado pero que debería ser largo en el tiempo.
Indudablemente, y tal como los responsables de Parainmigrantes.info hemos manifestado a distintos medios de comunicación, los extranjeros deberían cumplir con los requisitos básicos que se exigen a cualquier extranjero que quiere venir a España a «residir». Además de estar bajo los supuestos anteriormente expuestos, el ciudadano extranjero debería carecer de antecedentes penales, contar con la asistencia sanitaria cubierta y, en algunos casos, contar con medios económicos para mantenerse en nuestro país.
Desde Parainmigrantes.info estamos muy expectantes a los trabajos de la Comisión Interministerial y esperamos ver pronto el texto legal que implicará una modificación segura en el Reglamento de Extranjería.
¿Crees que la medida pueda aplicar a los que ya hemos comprado una casa en el pasado?
No lo pienso. Pero está por ver en qué términos se fija el nuevo tipo de permiso…
hola vicente que bueno poder saber pronto desde que precio estara la ventas las viviendas y atraves de que medio podremos hacer la compra muchas gracias