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El pasado día 6 de septiembre de 2022 el Consejo de Ministros ha aprobado a través de un Real Decreto el derecho a la prestación por desempleo al igual que lo hacen el resto de trabajadores por cuenta ajena.
Vicente Marín, abogado experto en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y director de Parainmigrantes.info te explica a partir de cuando se puede solicitar la prestación por desempleo
El Consejo de Ministros ha equiparado, a través de un Real Decreto-ley, las condiciones de las empleadas del hogar a las del resto de trabajadores, una reivindicación histórica de las plataformas de ese colectivo. El texto acaba con la discriminación que sufrían y asegura una adecuada valoración de su trabajo. La norma responde a un compromiso del Gobierno de coalición y hace efectiva la ratificación por parte de España del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha afirmado que el decreto convierte a España en «un país mejor que pone en el centro de su actuación pública el bienestar para las que, hasta el día de hoy, han sido las grandes olvidadas, las mujeres trabajadoras más vulnerables». Un colectivo -ha añadido- con características singulares: más de un tercio de estas mujeres superan los 55 años, un 44% son extranjeras, y más de la mitad desempeñan ese trabajo a tiempo parcial.
La ministra ha destacado el carácter feminista de la norma, ya que engloba tanto a las trabajadoras más vulnerables como a las empleadoras, y también su valor social, pues restituye derechos de los que el legislador ha privado a este colectivo, una vulneración condenada por los tribunales de justicia europeos.

Prestaciones por desempleo
Las empleadas del hogar dejan de ser el único colectivo laboral que carecía de protección en situación de desempleo pese a que la mayoría tienen relaciones laborales a tiempo parcial e intermitentes, que a menudo finalizan repentinamente por defunción de sus empleadores y con un régimen especial de despido que permitía los despidos arbitrarios e intempestivos sin ningún tipo de indemnización.
En este contexto de especial de vulnerabilidad, la prestación del desempleo constituye, desde la perspectiva de la justicia social, una necesidad ineludible.
Bonificaciones para el empleador
Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre. Para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial.
Se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial. Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.
Además, el Real Decreto-ley también establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
Fin del desistimiento
Se elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna.
A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas extendiendo, por tanto, la protección frente al despido.
Acreditación de competencias
El Gobierno desarrollará políticas de formación y acreditación para las personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado o la atención de las personas que formen parte del ámbito doméstico y familiar. Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él.
Enfermedades profesionales
La norma establece también el compromiso de creación de una comisión de estudio cuyo objetivo es la inclusión de la perspectiva de género en el cuadro de enfermedades para que se identifiquen y se corrijan las deficiencias que existen en el ámbito de la protección ante las enfermedades profesionales de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres.
Como siempre desde Parainmigrantes.info estaremos muy pendientes ante cualquier novedad o cambio al respecto y os informaremos de inmediato.
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