El Gobierno intenta ganar apoyos en la reforma de la Ley de Extranjería


El ‘delito de hospitalidad’ desaparece, se flexibiliza la reagrupación y crecen las garantías en las expulsiones

Fuente: COLPISA. MADRID
El Gobierno ha dado un tijeretazo a su anteproyecto de Ley Orgánica de reforma de la Ley de Extranjería. El nuevo borrador elaborado por los ministerios de Trabajo, Exteriores e Interior elimina o matiza buena parte de los aspectos restrictivos del anterior texto que habían sido criticados por organizaciones sociales, jueces e instituciones. En particular, desaparece el denominado ‘delito de hospitalidad’, el castigo a las ONG que acogieran inmigrantes ‘sin papeles’. El articulado, en su versión de mayo, incluye además algunas de las recomendaciones de los órganos consultivos, como la de conceder permiso de trabajo a las irregulares maltratadas.

Los responsables del Ejecutivo están convencidos de que, tras los cambios, el nuevo anteproyecto, que probablemente sea remitido al Congreso este mes de junio, «no suscitará grandes controversias» en el trámite parlamentario, por lo que podría ser aprobado antes de final de año o a principios de 2010.
La que será cuarta reforma de la Ley de Extranjería desde su aprobación en 2000 no incluirá el castigo de hasta 10.000 euros por ‘delito de hospitalidad’. Las críticas a este precepto por parte de Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo General de la Abogacía y las organizaciones afectadas han forzado al Ejecutivo a reescribir el artículo 53.2 para evitar ambigüedades. El nuevo precepto es claro: serán perseguibles aquellos que «promuevan la permanencia irregular en España de un extranjero» pero sólo cuando medie una «invitación expresa del infractor», un supuesto que excluye, ahora claramente, a las ONG que ayudan a los ‘sin papeles’ sin haberlos traído a España.

En las 48 páginas del nuevo borrador también se flexibiliza la reagrupación familiar, otro de los aspectos más controvertidos. Se mantiene al núcleo familiar estricto: descendientes y ascendientes dependientes mayores de 65 años. La novedad es que por motivos «humanitarios» y «excepcionalmente» podrán reagruparse a padres menores de 65. Se trata de evitar romper parejas (que uno de los cónyuges reagrupable haya pasado el límite de edad pero el otro aún no haya llegado a los 65). También se hacen más laxas las exigencias económicas, ya que no sólo se tendrán en cuenta los ingresos del inmigrante que quiere traer a sus padres o hijos sino que también se computará el dinero de su cónyuge.

El anteproyecto, a pesar de las presiones de las organizaciones sociales, aumenta de 40 a 60 días los plazos de internamiento de los inmigrantes ‘sin papeles’ pendientes de expulsión para facilitar así las deportaciones antes de que venzan. Pero establece límites a posibles prórrogas en la retención en el caso de que el inmigrante solicite asilo, presente un ‘habeas corpus’ o se encuentre enfermo. Nunca podrá alargarse el internamiento más de dos semanas extras. El Gobierno desoye también la petición del Consejo Fiscal, que defendía que fuera la autoridad judicial quien fijara los plazos del internamiento.

Hay cambios en los mecanismos de expulsión, tal y como habían reclamado los órganos consultivos, y será obligatorio que los menores expulsables sean escuchados antes de proceder a su deportación siempre que tengan «suficiente juicio» y se garantice que el menor tendrá «capacidad de obrar» durante el proceso. La Administración se arroga la potestad de deportar a niños aunque no haya localizado a su familia.
En cuanto a las expulsiones de adultos se introducen algunas garantías. La Administración, como recogía el anterior texto, podrá decretar deportaciones en lugar de multas en caso de faltas graves o muy graves, pero ahora se introduce la coletilla de que las resoluciones deberán ser «motivadas» y que éstas deberán guardar el «principio de proporcionalidad».

Abogados

Los matices también llegan a la asistencia jurídica gratuita. El articulado presentado por el Ejecutivo el pasado diciembre supeditaba este derecho al hecho de que el ‘sin papeles’ reclamara abogado de manera expresa y manifiesta, un requisito que el Poder Judicial consideraba una «condición gravosa». Ahora, el nuevo articulado precisa que todos los irregulares tendrán posibilidad de designar abogado en los procesos contra su deportación o denegación de entrada con el simple trámite de reclamarlo «reglamentariamente» ante cualquier «funcionario público».
El último borrador introduce, por último, la posibilidad de que las inmigrantes ‘sin papeles’ que denuncien por malos tratos machistas accedan a una autorización provisional de residencia y trabajo a la espera de una sentencia. Su expediente será examinado por los tribunales y sólo conseguirá los permisos si hay una orden de alejamiento contra el presunto agresor. Si no, se reanudará el expediente de expulsión, pero si al final se la declara víctima, la mujer podrá acceder a una autorización permanente.

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16 comentarios en “El Gobierno intenta ganar apoyos en la reforma de la Ley de Extranjería
  1. laura dice:

    hola tengo 3 años y medio en españa pero tengo carta de expulsion ace un año, actualmente tengo trabajo y me ofrecen contrato podria regularizar mis papeles. Gracias

  2. alexander dice:

    Hola tengo permiso de residencia el cual se vence el 30 de junio,y ya esta en tramite la renovacion.
    La pregunta es si puedo tramitar una oferta de trabajo para cambiar mi targeta a residencia y trabajo teniendo vencida la actual.

    Gracias.

  3. tengo tres años en España, y no sé exactamente los papeles que debo presentar para la regularización, tengo un contrato de trabajo, certificado de penales de mi país, y el empadronamiento de tres años.. muchas gràcias

  4. Hola compañero sergio,te informo tarves te vale de argos ya te farta muy pocos para cumplir los tres años espera hay unos meses mas.pero recuerda alos tres años puede solicatar la regularisacion por arraigo,siempre que justifique que tiene 3 años aki residiendo ya sea por empadronamiento,o por otro ducumento que sea de una identidad publica como el hospital o escuela.no te vale de ong i de carita.gracias amigo

  5. nicolas dice:

    hola,soy colombiano,en noviembre cumplo 2 años en españa…quisiera saber que puedo hacer para conseguir mis papeles. agradezco toda ayuda e informacion ya que escucho muchos comentarios y estoy desesperado…gracias

  6. sergio dice:

    estoy trabajando ,pero mi jefe me quiere regularisar ,llevo 2 años y 6 meses en españa, que debo de hacer

  7. hola mi pregunta es lo siguiente:soy boliviano y estoy casi tres años ya con julio de este año me andicho qe no puedo sacar el permiso de residensia por qe detuvieron una y me llevaron a la comisaria me gustaria seber qe haser al respecto eso

  8. Hola mi pregunta es la suguiente.
    Soy latino tengo la segunda renovacion y e solicitado la nacionalidad española hace dos años imedio,ya es pasado por el juzgad y me an entrevistado en la policia y ya casi cumplo los tres años,y supuestamente ya alos 2 años te contestan.Quiera saber que tiempo tarda.gracias compañeros

  9. magali prado santoro dice:

    Tengo una hija de 20 años.
    Cursó sus estudios de 2do de ESO hasta llegar a un título de Formación Profesional.
    La tarjetaque tiene dice «NO AUTORIZAD A TRABAJAR» porque figura como reagrupada por el padre, aunque en 2003 vinimos todos juntos.Ella era menor obviamente.,

    Los abogados le dicen que espere al año proximo, con la tercera renovación,ya que le dicen que luego podrá trabajar donde quiera y en lo qe quiera, es decir, quedaría libre de elegir.
    Pero yo he leído que si tiene una oferta de trabajo con el salaro mínimo interprofesional(no se cuanto es), podría pedir cambio de tarjeta.
    ,
    ¿Es cierto que eso la perjudica,porque sería como si sacara un primer permiso y volver hacer todas las renovaciones hasta llegar nuevamente a la tercera?

  10. cynthia dice:

    hola yo necesito saber si realmente la ley de extranjeria ha cambiado o q? porq escucho a gente decir q en ves de esperar los 3 años para el arraigo ahora se deve esperar 5,es cierto,o es un antepreyecto o algo por el estilo.. cumplo en diciembre los 3 años,por dios q no se cambie !! gracias

  11. maricruz dice:

    hola,,en abril del 2010 cumplo los tres años de estar en españa,me han dicho que las leyes an cambiado y que en vez de ser tres años para solicitar permiso por arraigo ,ahora hay que esperar a 5,,que tan cierto es?por fabor denme la informacion que tengan,gracias

  12. jose sanchez dice:

    Hola soy una persona a la cual se le otorgo una oferta de trabajos en el 2008 y el visado fue denegado,por lo que ahora quisiera saber si se puede solicitar la misma oferta nueva ves, ya que el puesto sigue vacante debido a que esta considerado de dificil covertura,ya vamos para un ano de esto, es posible y que habria que hacer de nuevo,yo resido fuera de espana y segun me dijeron hay que esperar un ano para volver a solicitar dicho visado de nuevo.Espero su respuesta, gracias

  13. adriana dice:

    Buenas!!

    Mira yo tenia el periso de trabajo y resiencia con ambito geografico en la ciudad de zaragoza,pero cuando tenia en tramite para la segunda renovación,he tenido problemas en Brasil,con lo cual solicité una autorización de regreso,no he podido volver en la fecha de mia autorización e regreso,,intenté en el consulado de España en Brasil sacar me una nueva visa,pero me ha contestado el consulado que ya no podria volver pues tenia la autorización de regreso caducada,me gustaria volver en España,pero que tendria que hacer para hacer me nuevamente una nueva tarjeta de residencia,pues creo que yá no puedo recurrir la antigua,si existe algo que pueda hacar te pido que me ayude..gracias

  14. nicolas dice:

    hola,estoy en españa desde noviembre del 2007,y quiero saber que puedo hacer para regularizarme,ya que estoy sin papeles…gracias a dios tengo trabajo,y me han dicho que cuando complete los 3 años en españa podre tener mis papeles….AGRADEZCO TODA LA INFORMACION QUE ME PUEDAN DAR….UN SALUDO……

  15. cmore dice:

    estimado alexander, si tienes residencia por reagrupacion, tambien puedes tener permiso de trabajo, solamente presentando un contraro laboral.
    Por otro lado, segun he leido las leyes no han cambiado para nada bien, a menos que le rajen la cabeza a una mujer que se encuentre en situacion irregular, lo demas continua igual, por ser conyuge o hijo mayor de edad no te daran permiso asi no mas, siempre y cuando hayas entrado de manera legal y presentes un contrato laboral.
    No sé en que localidad vives pero puedes asesorarte con la UGT que tienen abogados para nosotros los emigrantes y no cuesta nada, y sí te pueden orientar exactamente los pasos a seguir, no te dejes llevar por comentarios que lo unico que haran es demorarte o perder el tiempo.

  16. alexander dice:

    Soy reagrupado por mi esposa, solo tengo permiso de residencia y lo estoy renovando por primera vez.
    Que beneficios puedo tener con la nueva ley de extranjeria, es cierto que a los conyugues e hijos mayores de edad les daran el permiso de residencia y trabajo??

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