El Arraigo Social y la nueva figura del Arraigo Familiar de padres de niños españoles en el nuevo reglamento de extranjería . Vídeo 1

Nueva figura de Arraigo Familiar para padres de niños españoles

Como no podía ser de otra forma, somos los primeros en  comenzar a desgranar el contenido del borrador de lo que será el nuevo Reglamento de Extranjería. Y comenzamos hablando de la figura del Arraigo Social y de la nueva figura de Arraigo Familiar para extranjeros que sean padres de españoles menores de edad que vivan a su cargo.

Las novedades son importantes y las comenzamos a explicar en el siguiente vídeo.

Ya sabes que, si lo deseas, puedes recibir la asesoría de Vicente Marín, el abogado de este vídeo, llamando al 807502019 (el coste de la llamada es de 1,18 euros por minuto desde fijo y de 1,53 euros por minuto desde móvil. Impuestos incluidos. Sólo para mayores de 18 años).

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48 comentarios en “El Arraigo Social y la nueva figura del Arraigo Familiar de padres de niños españoles en el nuevo reglamento de extranjería . Vídeo 1
  1. moise dice:

    ola mi pregunta es soy senegales tengo derecho al arraigo familiar si mi eposa tambien senegalesa pero tiene la residencia de larga duracion i mi hijo que naciste en el territorio espagnol .me pueden legalizar a traves el arraigo famililiar

  2. carolina dice:

    holaa¡¡¡

    queria saber si el borrador de arraigo social para padres de niños españoles
    ya esta en vigor??’
    gracias un saludo¡¡¡¡

  3. Jamillet dice:

    Soy Nicaraguence el dia 7 de diciembre me agarro la policia en zaragoza y al mes y medio me mandaron la carta de expulsion ahora el abogado de oficio presento unos recursos y con ello me han puesto una multa de 501€ qu etengo que pagar. llevo viviendo en Zaragoza desde hace un año.
    que puedo hacer?

  4. Soy colombiano con tarjeta de residencia y trabajo la cual estuvo vigente hasta el 30.03.2011 primera renovacion.volvi a mi país a una temporada de vacaciones de 40 días y aproveche para tramitar el carnet de conducir el cual necesitaba para homologar allí en España. para tramitar este se debe someter a un chequeo por parte de un medico general el cual me detecto problemas de presión arterial remitiéndome con un medico internista el cual me envío a un programa de hipertensos el cual yo participe.por falta de información sobrepase el limite de tiempo que debería estar por fuera de territorio español 6 MESES Solamente pasado 9 de febrero acudí a usted preguntado si tendría inconvenientes para volver a España y su respuesta fue a mi favor, que si lo podía hacer teniendo mi tarjeta y mi pasaporte vigente.de todas formas decidí presentarme al consulado de España en Colombia y radicar la documentación exigida por dicha entidad para aquellas personas que habían sobrepasado el limite de tiempo por fuera de España, el pasado 11 de noviembre del 2010 teniendo una respuesta negativa el 26 de febrero del 2011.el consulado me autorizo enviar un recurso de reposición a dicho consulado. sin saber cuanto tiempo demoraría su respuesta,decidi viajar con la documentación que me acredita de que estuve mas de 6 meses por fuera de España por cuestiones de salud y a la hora de embarcar fui devuelto del aeropuerto por parte de la aerolinea.manifestandome que estaban autorizados para hacerlo, el recurso de reposición fue resuelto siendo este negado nuevamente y citándome para radicar dicha documentación en un plazo de 2 meses e indicándome interponer un recurso contencioso-administrativo ante el tribunal superior de justicia de Madrid antes del 25 de abril del año en curso quisiera que me asesorara e indicara que documentación debo enviar a Madrid muchas gracias por su atención y su pronta respuesta.

  5. cristian dice:

    tengo 8 años en españa y no e podido obtener los documentos poe eso quisiera saber si ahora con los nuebos reglamentos podria solicitar mis documentos aparte de eso tengo mi mujer con tarjeta de recidencia permanente y ya casi lleva 2 años de haber solicitado la nacionalidad y tengo una ñiña de 3 años que nesecitaria para solicitarla gracias espero una pronta respuesta

  6. angel dice:

    hola solo quisiera saber si la direcion que aparese en el portal todas son lasa mismas pues pienso asercarme ala que aparese de sevilla que queda en la plasa de españa si no queda ayi porfavor alguien me puede informar donde quedan las direciones de los abogados expertos en imigracion en sevilla grasias

  7. pedro dice:

    hola quisiera saber un poco aqui en valencia 2 años y 10 meses llebo en pabronado y en madrid tengo 8 meses en padronamiento y tengo un nino 2 años y 8 meses y tiene la nacionalidad españala con el nuevo reglamento de la ley de extranjeria es nesesario tener un cntrato de trajo.
    y mi marido lleba 2 años en padronado en valencia y 7 meses en granada .
    y 22 de dicienbre lo pararon la policia de extranjeria por en regolar y le dieron una carta de expolcion y eso me lo actaria en algo con la nueva reglamento de la ley de extranjeria ;saludos gracias.

  8. yuderky dice:

    hola quisiera saber un poco tengo aquí en BILBAO 2 años y 7 meses trabajo de servicio domésticos y quisiera que me informaras si ya podría meter mis papeles un saludo….

  9. osvaldo dice:

    Tenia la esperanza de poder constribuir y de poder cumplir con las obligaciones y disfrutar de los derechos si me daba la oportunidad el gobierno y la ley,despues de estar dos años trabajando y de no poder ir a mi país cuba,por razones obvias ,gracias por dejar que muchos como yo sigamos un año mas de condiciones ìnseguras como inseguras tienen hoy miles y miles de parados , de inmigrantes y tantos otros.El arraigo reducirlo a dos años era la esperanza de muchos que hoy quieren constribuir a la seguridad social y como tal a la integración social y la sociedad.Pero quiero agradecerle por su portal importante para todos los que un dia emigramos a esta gran nación.

  10. Ramon Eliecer dice:

    Hola vicente: Primero que todo felicitarte por este medio de hacer de nosotros los emigrantes, una forma mucho mas facil de entender tanto nuestros derechos como tambien dar de tu parte todo tu conocimento de las leyes de extrangeria sin ningun interes. Nuevamente gracias de parte de toda la comunidad emigrante por asi decirlo.
    Vicente ahora mi preocupación es la siguiente. Alguien con residencia permanente, pero que tiene deudas pendientes con seguridad social y hacienda. Que opciones tiene para solicitar la Nacionalidad Española?
    Vicente espero que puedas responder a mi pregunta. Gracias y un saludo.

  11. EVELYN dice:

    RESPUESTA PARA HECTOR:

    Te recomiendo que te registres como pareja de hecho con tu pareja, solicites la tarjeta de residencia, si tu pareja es Española podrás solicitar la Comunitaria, en caso contrario, te otorgarán la misma tarjeta que la que tiene tu pareja.
    Cuando el bebé nazca, recuerda que debeis solicitar el libro de familia.

  12. Vicente Marín dice:

    Os recomiendo que os apuntéis al curso sobre extranjería que vamos a hacer los días 23 y 24 de marzo en directo desde nuestra web. hablaremos de este y otros temas de vuestro interés.

    os dejo el enlace con la información: https://www.parainmigrantes.info/cursos

    un saludo a todos.

  13. Hector dice:

    hola buenas sabes de ace un año y 6 meses me denegaron los papales por falta de cotisacion y ahora mi novia esta embaraza y como puede acer para recuperar mis pales de residecia y trabajo o puedo acojerme alguna ley que me ampare ya que boy a tener un niño a me puedes ayudar con tu respuesta gracias

  14. elsye helen dice:

    esperamos en Dios que estose aprueve esta nueva ley,y yo quiero preguntarte martin a mi amiga el esposo se le fue a su pais con el retorno voluntario ,clro ella es española por nacionalidad tu crees que las leyes que dicen que por medio de la reagrpacion lo ueda traer que tiempo puede esperar,gracias

  15. HLA VICENTE MARIN SOY LUCY ESTOY MUY CONTENTA POR EL NUEVO REGLAMENTO QUE SALIO,BUENO Q EN REALIDAD NO ESTE APROBADA TODABIA PERO Q ESTOY SEGURA D Q SE VA A APROBAR,GRACIA A TU AYUDA Q NOS ESTAS INFORMANDO D TODOS SOBRE LA NUEVA LEY D EXTRANJERIA,ESTOY SIGUIENDO TODAS LAS NOTICIAS ATRABES D PARAINMIGRANTE.INFO ESPERO Q SE APRUEVE LO ANTES POSIBLE PARA IR BIENDO LOS REQUISITO Q SE NESECITA..GRACIAS UN SALUDO…

  16. Victor dice:

    Hola Vicente, Soy Brasileño ya vivo aqui en españa en el pais vasco con mi mujer desde 09/2008. tenemos una hija de 20 meses nascido aqui en españa. queria preguntarte, con la experiencia que tiene usted en estos reglamiento de extreanjeria si crees que realmente van aprobar este nuevo reglamiento del arraigo familiar y cuando van aprobar. crees que ya debo pedir los documentos necesarios como el antecedente penales ya que se caduca en 90 dias, el informe social, etc??

    bueno es de gran ayuda. muchas gracias y un saludo!!

  17. hola q tal , tengo una niña, la cual nacio aqui . y tiene, la nacionalidad de aqui, x motivos, familiares tuve q mandarle a mi pais, , mi pregunta es, tendre posibilidades, de regularizarme, aqui , aun si la niña estubieze en mi pais?????

  18. juan carlos dice:

    hola buenas tengo un hijo español y mi mujer y yo tenemos los papeles caducados desde hace mas de 2 años y por rasones de comodidad para nuestro hijo ella vive en casa de su tia y yo vivo aparte que puedo hacer para acojerme ala nueva ley

  19. vicky dice:

    hola soy vicky mi consulta es :soy uruguaya y mi pareja tambien no estamos casados pero vivimos juntos aqui en españa 4 años tenemos dos hijos uno de 5 años que es uruguayo y otro de 2 que es español queremos legalisarnos por la nueva ley de araigo familiar por tener un hijo español a nuestro cargo y queriamos saber los requisitos para reagruparnos muchas gracias

  20. peggy dice:

    i am a nigerian living here in spain,i have 2 children born here in spain, but , both my children and i have not residence permit, the father of my children marries another moman.
    what can i do to get residence permit please.

  21. neta1962 dice:

    hola soy de origen colombiano nacionalisado espñol, estoy separado de hecho de la madre de mis hijos y de ellos con orden de alejamiento y medidas cautelares desde hace 3 años. e reorganisado mi vida con mi hija de 16 años y su mama las cuales dependen economicamente de mi en colombia puedo reagrupar ami hija y ami pareja de hecho la madre de mi hija. muchas gracias por la presente pregunta.

  22. Pilar dice:

    Hola soy Pilar, quisiera saber que ventajas tiene la nueva ley de extranjeria para las mujeres empleadas de hogar, si uno de los requisitos para acogerse al arraigo social es un contrato por 40 horas a la semana de un solo empleador, y nosotras las empleadas muchas veces trabajamos por horas en varias casas, hay alguna modificación en esta ley para facilitarnos la solicitud de los papeles presentando varios empleadores?
    Muchas gracias por la información que puedan darme

  23. ricardo dice:

    hola mi nombre es ricardo soy de bolivia y casado en bolivia tengo dos hijos nacidos en españa el mayor de casi cuatro años tiene dni y pasaporte español, no tiene la nacionalidad boliviana solo la española y el pequeño no tiene ninguna no le podemos sacar la nacionalidad española por una ley nueva en mi pais, llevo casi cinco años en españa y estamos ilegales los dos con mi mujer me gustaria saver si puedo sacar los papeles muchas gracias y espero su respuesta

  24. julian dice:

    Claro que puedes sobre todo que los dos niños esten a tu cargo y convivan contigo, pero lo fundamental es que los niños tengan nacionalidad española

  25. ALEXLEY DE ALMEIDA dice:

    hola my nonbre es alex yo gostaria de saber si tengo possibilidad de tener papeles porque my hijo tiene dos nacionalidad la primera es la nacionalidad de españa y despues la de brasil my niño tene el dni español y passaporte español yo tengo dos niños los dos nascido aqui en españa — –yo e my mujer somos casado en brasil mucha gracias

  26. yasmid rodas dice:

    hola doctor
    mi nombre es yasmid rodas
    me gustaria saber que posibilidades tengo yo para tratar de tener mi visa y pode estar con mi esposo .
    ya que me fue negado la posibilidad e estar con el …
    me case hace 7 años y mi esposo tiene esta demanda ante el ministerio de relaciones exteriores ,aqui en mi pais aparezco casada
    es poder ser feliz…doctor quiero saber si algun dia podre entrar a españa y si no como hago queel ministerio de relaciones exteriores quite la demanda que les puso mi esposo y yo pueda entrar a otro pais `
    ´doctor muchas gracias por su contestacion

  27. julian dice:

    Hola fikri .
    Conforme al artículo 17-1-c del Código civil (redacciones de 1982 y de 1990) son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Esta norma beneficia, y son por tanto españoles, a los nacidos en España hijos de:

    Marroquíes -madre marroquí y padre conocido apátrida o que no transmite su nacionalidad al hijo(Resoluciones de 31-7ª de octubre de 2005 y 10-3ª de febrero de 2006).

    Por el contrario no son españoles «iure soli» , por corresponderles «iure sanguinis» la nacionalidad de uno de los progenitores, los nacidos en España hijos de:

    o) Marroqui­es:

    * 1) Padre y madre marroqui­es, hijo matrimonial, aunque el matrimonio contrai­do haya sido civil en España (Resoluciones de 7-3.ª de noviembre de 2005).
    * 2) Padre y madre marroqui­es, hijo no matrimonial, si existe reconocimiento paterno o se acredita la cohabitación durante el periodo probable de la concepción
    * 3) Madre marroqui­ y padre desconocido : Aunque la Dirección General de los Registros y del Notariado no ha tenido ocasión de pronunciarse sobre el supuesto de padre marroqui­ y madre desconocida, este caso hay que entenderlo como subsumible en este apartado ya que el arti­culo 6 del Dahir n.º 250-58-1 de 6 de septiembre de 1958, relativo al Código de la nacionalidad marroqui­, establece que tiene la nacionalidad marroqui­ de origen por filiación: «1.º El niño nacido de padre marroqui­».

    Asi que en tu caso sera marroqui

  28. julian dice:

    Por el contrario no son españoles «iure soli» , por corresponderles «iure sanguinis» la nacionalidad de uno de los progenitores, los nacidos en España hijos de:

    o) Marroqui­es:

    * 1) Padre y madre marroqui­es, hijo matrimonial, aunque el matrimonio contrai­do haya sido civil en España (Resoluciones de 7-3.ª de noviembre de 2005).
    * 2) Padre y madre marroqui­es, hijo no matrimonial, si existe reconocimiento paterno o se acredita la cohabitación durante el periodo probable de la concepción
    * 3) Madre marroqui­ y padre desconocido

  29. julian dice:

    Hola fikri .
    Conforme al artículo 17-1-c del Código civil (redacciones de 1982 y de 1990) son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Esta norma beneficia, y son por tanto españoles, a los nacidos en España hijos de:

    Marroquíes -madre marroquí y padre conocido apátrida o que no transmite su nacionalidad al hijo(Resoluciones de 31-7ª de octubre de 2005 y 10-3ª de febrero de 2006).

  30. fikri dice:

    hola, buenas tardes quisiera salir de esta duda, mi caso es soy de marruecos mi marido tambien estamos irregular tenemos 3 años en bilbao tenemos una hijo nacido en españa solo tenemos el libro de familia y su registro literal, el tiene derecho de tener la nacionalidad, o nosotros tenemos derecho de tener nuestro permiso de trabajo. quiero saber en que me favorece esta nueva ley y que debo hacer. muchas graciass por tomarme encuenta. espero su respuesta

  31. Vicente Marín dice:

    mónica, estamos subiendo un vídeo explicativo del arraigo familiar.

  32. MONICA dice:

    HOLA
    QUISIERA QUE ME DESPEJEN UNA DUDA SOBRE EL ASUNTO DE «ARRAIGO FAMILIAR»
    Leí que para que se solicite este arraigo debe darse el caso de los niños con nacionalidad española que en su momento hayan sido considerados APATRIDA En mi caso , soy Bolivana y mi hijo nacio el 2007 y mi hijo tubo la nacionalidad española , Pero a partir de 2009 segun la ley boliviana : los hijos de bolvianos heredan la nacionalidad . Entonces pregunto:
    1° BOLIVIA ENTRA EN EL GRUPO DE PAISES CUYOS CIUDADANOS SE PUEDEA ACOGER A ESTE ARRAIGO FAMILIAR?
    2° SI NO FUESE ASI … YO PODRIA ACOGERME A ESTE MODELO YA QUE MI HIJO NACIO ANTES DE QUE CAMBIARAN LAS LEYES EN MI PAIS Y POR TANTO MI HIJO ES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA?

    Agradezco me despejen estas dudas. Gracias

  33. hola, buenas tardes quisiera salir de esta duda, mi caso es soy de marruecos mi marido tambien estamos irregular tenemos 3 años y 2 meses en murcia tenemos una hija nacido en españa solo tenemos el libro de familia y su registro literal, el tiene derecho de tener la nacionalidad, o nosotros tenemos derecho de tener nuestro permiso de trabajo. quiero saber en que me favorece esta nueva ley y que debo hacer. muchas graciass por tomarme encuenta. espero su respuesta.

  34. Paula dice:

    Buenas vivo en Gran canaria desde el 1989 con residencia siempre ,ahora tengo residencia permanente con aut ,a trabajar,con tre hijos menores españoles,abuela española y madre con nacionalidad española por residencia ,la cual se equivocaron ,le tendrian que haber recuperado la nacionalidad de la madre.
    Mi pregunta es tengo derecho a la nacionalidad española ,por ley historica,o por la nueva ley de extrajeria??
    Se que tienes muchas consulta pero me gustaria que me respondiera.Por cierto me mandaron un resolucion de la memoria historica y dicen que la denegan,y eso no puede ser,creo yo.
    un saludo
    Paula Riquelme

  35. hola, buenas tardes quisiera salir de esta duda, mi caso es soy venezolana mi marido tambien estamos irregular tenemos 3 años y 4 meses en canarias tenemos un hijo nacido en españa solo tenemos el libro de familia y su registro literal, el tiene derecho de tener la nacionalidad, o nosotros tenemos derecho de tener nuestro permiso de trabajo. quiero saber en que me favorece esta nueva ley y que debo hacer. muchas graciasssssssssssssssss por tomarme encuenta. espero su respuesta.

  36. ana paola dice:

    hola que tal mi pregunta es yo tengo un niño de 3 años que tiene la nacionalidad española y yo e metidos mis papeles a extranjeria estoy esperando respuesta y su papa no los tiene cuales serian los requisitos esta nueva ley nos venefia a nosotros gracias espero que me pueda a yudar un abrazo

  37. Vicente Marín dice:

    Hola a todos.

    Muchas gracias por vuestros comentarios. Debo deciros que me es imposible responder las consultas de todos los que me escribís. Estoy recibiendo cientos de emails y no tengo capacidad para poder atenderos a todos por esta vía.

    Recordad que nosotros no tenemos un servicio de asesoría jurídica gratuita. Atendemos un teléfono de asesoría (yo personalmente y otros abogados de mi despacho) pero ese servicio es de pago y se cobra en la misma llamada.

    Las dudas que plantean los visitantes en el portal son tenidas en cuenta para elaborar nuevos vídeos explicativos, pero si lo que queréis es que responda vuestras consultas particulares deberéis llamar al servicio de asesoría jurídica por teléfono en el 807502019.

    Espero servios de ayuda. Muchas gracias a todos por estar ahí!

    Un abrazo.

  38. maria dice:

    hola buenas tardes yo tengo 4 años en españa y quiero reagrupar ami esposo me gustaria saber si me es posible y cuales son los requisitos con ete uvo reglamento.

  39. jorge dice:

    Bueno en primer señor MARTIN muy buenas,mi consulta es la siguiente,yo en españa vivi cai serca de 10 años,en los cuales tuve un hijo español,su madre es española ,pero por circunstancias la madre me denuncio por maltrato,cosa q ella y yo sabemos q fue una denuncia falsa,al rato de presentar mis papeles me los denegaron y tuve q regresar a mi pais,me informaron q por reagrupacion familiar no podia obtener mis papeles ya q mi niño tiene recien 6 años y me dijeron q el devia tener 18 años pa reclamar una reagrupacion familiar esto es cierto y como puedo retprnas a españa ya q eso de la denuncia fue ase cerca de 3 años gracias

  40. Jaidyth Carime Herrera dice:

    Buenos dìas Doctor Vicente Marìn, me interesarìa saber si con la nueva ley de extranjerìa yo puedo regresar a España con una tarjeta de residencia por arraigo social. Yo vivì cinco años en España y me casè allà con un residente legal de nacionalidad peruana y tengo un hijo de 4 años con nacionalidad española, pero por una calamidad familiar tuve que salir hace dos años de España con mi hijo Español, dejando a mi esposo y nuestro hogar en España y ahora estoy atrapada acà en Colombia queriendo regresar a mi hogar en España con mi hijo y no me conceden el visado para retornar. Mi esposo ya ha pedido mi reagrupaciòn en dos ocasiones y se la han negado por falta de recursos econòmicos y no sabemos porquè ya que el tiene un empleo estable en donde gana lo suficiente para mantenernos allà, el cumple todos los requisitos para la reagrupaciòn familiar, tiene residencia permanente y esta optando por la ciudadanìa, pero aùn asì le han negado la solicitud. Yo estoy desesperada porque mi hijo no esta creciendo con su familia como debe ser y me ha tocado hacer malabares acà en Colombia para poder sacar adelante econòmicamente a mi hijo. Dìgame por favor si con la nueva ley tengo derecho a retornar a España con mi hijo español. Muchìsimas gracias.

  41. rachid dice:

    hola martin
    tengo mas menos 4 mese y medio , caubdo mi pngo mi solicito para araigo social , hasta hora no hay nada como resuelto, puedo saber donde le problema
    gracias

  42. Vicente Marín dice:

    Paola, nosotros podemos asesorarte en la cuestión que comentas. Puedes llamar a nuestro teléfono de asesoría 807502019 y te informaremos de todo. Gracias.

  43. silvia dice:

    hola buenas tardes mire tengo una niña de 9 años nacio en españa o sea es española quisisra saber con esta nuevas normativas ,to podria obtener la nacionalidad tengo al segunda tarjeta permanente quedando muy agradecida espero su contestacion

  44. paola dice:

    buenas tardes mi consulta es la siguiente tengo una hija de nacionalidad española llevo 4años aqui como podria hacer para obtener mis papeles usted me podria accesorar por favor estoy desesperada de antemano muchas gracias atte paola

  45. pedro lorenzo dice:

    hola buenos dia yo tengo 2 niños pequeño k tienen la nacionalidad y yo la comunitaria no lucrativa quiero saver si x via de ello yo puedo solicitar la nacionalidad osea x ello

  46. Tania dice:

    Hola muy buenos dias sr Vicente Marin Quisiera me responda a mi consulta yo me case hace casi tres años en Galicia ,me separe de mi marido por maltrato psicologico y problemas con sus hijos yo quisiera saber si ud me puede asesorar o podria cojer un abogado para tramites de mi divorcio otra sugerencia es que quiero saber sobre mi nacionalidad entregue mis documentos hace 2 años y no se nada ,me he acercado hasta el Ministerio de Justicia para saber algo pero me dicen que pregunte en el Registro Civil de Madrid esppero tener una repuesta favorable me despido de ud muy atte.Tania

  47. lucas dice:

    hola mi pregunta es si teniendo un hijo español y viviendo ase 6 años en españa puedes obtener la residencia y si tienes antecedentes en tu pais pero ya estan prescripto si puedes presentar el sertificado asi desde ya mucha gracias

  48. erika dice:

    Buenas tardes Martin? MIRA QUISIERA Q ME ACLARES UNA CONSULTA : Primeramente yo tengo un nino de 10 anos q tiene nacionalidad Española yotro de 2 años q nacio en españa pero no tiene nacionalidad y deseo saber como puedo hacer para poder obtener un permiso de recidencia de españa porq he vivido en España como 4años y tuve q salir del pais huyendo por malos tratos …..Segundo quiero saber si tu me puedes hacesorar con respecto ami problema y a la nueva ley de estranjeria …Espero cordialmente una respuesta, agradeciedole de antemano la respuesta muchas gracias ATT.Erika

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