Duplicado de la tarjeta de residencia en caso de cambio de domicilio.

El cambio de domicilio no es motivo para la solicitud de una nueva tarjeta de residencia (TIE – Tarjeta de Identidad de Extranjero)

Duplicado de tarjeta por cambio de domicilio .- Otra de las preguntas que nos realizan con bastante frecuencia nuestros visitantes es si tienen, o no, que cambiar su tarjeta (TIE) en caso de cambio de domicilio.

Aunque en muchas ocasiones la Policía nos indica que tenemos que solicitar una nueva tarjeta de residencia para actualizar los datos del domicilio que aparecen en la tarjeta que ya tenemos, lo cierto es que esto no es necesario.

Si que es cierto que debemos informar del cambio de domicilio y dejar constancia de dónde está nuestra nueva residencia, pero sin necesidad de tener que solicitar un duplicado de tarjeta.

extinción de la residenciaY esto se desprende de lo que establece el artículo 210 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009), que regula la Tarjeta de Identidad de Extranjero, es decir, los supuestos en los que se debe solicitar una tarjeta de identificación, su finalidad, vigencia, modificaciones, etc.

De igual forma, el artículo 210, apartados 9 y 10, regulan los supuestos en los que se debe solicitar un duplicado de tarjeta, de la siguiente forma:

* El extravío, destrucción o inutilización de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, ya sean de carácter personal, laboral o familiar, llevarán consigo la expedición de nueva tarjeta, a instancia del interesado, que no se considerará renovación y tendrá vigencia por el tiempo que le falte por caducar a la que sustituya.

En el caso de que la solicitud de expedición de nueva tarjeta se realice dentro del plazo de renovación de la autorización, los procedimientos se tramitarán de forma conjunta y coherente.

* Las modificaciones que impliquen alteración de la situación legal en España del titular de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, así como de situación laboral, incluidas las renovaciones, determinarán la expedición de nueva tarjeta adaptada al cambio o alteración producido, con la vigencia que determine la resolución que conceda dichas modificaciones.

Por tanto, parece claro, de lo extraído del literal de la norma, que el cambio de domicilio no supone un hecho de relevancia a efectos de solicitud de un duplicado de tarjeta, ya que el reglamento se refiere únicamente a hechos que tengan relación directa con la autorización de residencia en España del titular, es decir, cambios en la situación laboral y familiar, personal, etc., no incluyendo, como ya hemos dicho, el cambio de domicilio.

En definitiva, al cambiar de domicilio deberás informar a la Oficina de Extranjería de cuál es el domicilio actual, sin tener por ello que solicitar un duplicado de tarjeta.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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14 comentarios en “Duplicado de la tarjeta de residencia en caso de cambio de domicilio.
  1. Bienvenido dice:

    Hola me acaban de dar la tarjeta de dos años por residencia y trabajo por cuenta propia. Puedo cambiar de provincia por ejemplo de Madrid a castilla -la mancha

    Y si lo hago que pasa a la hora de renovar el permiso.
    Muchas gracias de antemano por su ayuda.

  2. Hola acavo d renovar mi trajeta recedencia, y vio qué mi pocero el domicilio in correcto qué debe hacer

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Mari puedes hacer un escrito con todos los datos correctos y enviarlo a la oficina para que actualicen tus datos

  3. SARA ISABEL SANTOS ORELLANA dice:

    Hola buenas,
    Soy Sara,estoy con Asilo político, quisiera cambiar mi domicilio.

  4. Fernando dice:

    Si realizó una modificación de recidencia de circunstancias excepcionales y trabajo a trabajo por cuenta ajena que valor tiene la tasa 790 código 012

  5. María José dice:

    Hola buen día, yo me he mudado de Madrid a Valencia hace 2 meses, si no es obligatorio sacarme un nuevo NIE (soy comunitaria) porque por lo visto para pedir cita ahora mismo complicado ya que no hay, pero si veo que hay q notificar en extranjería el cambio de domicilio rellenando el formulario que han puesto ustedes, y donde se entrega ese papel rellenado?? Y para entregarlo es con cita previa ? Gracias
    Un saludo.

  6. María dice:

    ¿Este artículo sigue vigente, o la ley ha cambiado?. Veo que fue publicado en el 2016. Gracias.

  7. Muchas gracias por aclarar esa duda.

  8. Estefani dice:

    Buenas. Yo tengo la tarjeta de larga duración y quisera hacer el cambio de domicilio en madrid. Tengo que pedir cita previa? Puedo acudir a cualquier comisaria ? Gracias

  9. Alfredo dice:

    Hola, tengo una duda, si solicité la residencia pro familiar de ciudadano de la UE y cambio de domicilio (a otra comunidad por cuestiones de trabajo), ¿es necesario avisar a la autoridad a la que le solicité la residencia?

    De antemano muchas gracias.

  10. Jaime dice:

    Hola!!
    Hace un año cambié mi domicilio, pensé que al hacer el padrón se informaba del cambio, pero al parecer no es así. Ahora quiero aplicar para la nacionalidad pero no sé si por no haber cambiado mi domicilio con la policía/oficina de extrajeria pueda tener inconvenientes a la hora de obtener la nacionalidad?
    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

  11. Hola, y que pasa si cambie mi domicilio para Alemania y mi tarjeta de España era de estudiante?
    Que se hace en este caso ?

    Gracias

  12. Alhucemas dice:

    Hola,

    Yo si que quiero cambiar, me puedes ayudar diciéndome la documentación se solicitan.

    Gracias

  13. Pocoyo99 dice:

    Si bien es cierto que no es obligatorio renovar la tarjeta por un cambio de domicilio y sería suficiente con la comunicación, sería conveniente ya que en caso de cualquier otro trámite con la administración al no estar actualizado el domicilio solicitan sea presentado un empadronamiento con el perjuicio mayor que ocasiona el solicitarlo en reiteradas ocasiones. Además de lo importante que es comunicarlo debido a que la no comunicación del cambio de domicilio, estado civil y nacionalidad es una infracción leve recogida en la Ley de Extranjería en su artículo 52. De ahí lo conveniente de comunicarlo y la mayor comodidad de renovar la Tarjeta de Identificación de Extranjero (T.I.E.)

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