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Documentos para el Arraigo Familiar

El Arraigo Familiar se ha convertido en un trámite que hoy día muchos están tramitando.

Se trata de una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales y que pueden solicitar todos los familiares directos de ciudadanos españoles. Esto es posible desde la entrada en vigor de la reforma del Reglamento de Extranjería que entró en vigor el pasado mes de agosto de 2022.

Esta reforma trajo consigo grandes cambios, entre ellos este, que los familiares directos de españoles ya no tramitaran una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario sino un Arraigo Familiar.

Estefanía Guadix de Parainmigrantes.info y experta en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española te explica paso a paso cómo tramitar tu Arraigo Familiar.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Arraigo Familiar

Antes de nada queremos dejar claro qué familiares pueden obtener esta Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales , Arraigo Familiar:

  1. Cuando se trate de padre o madre, o tutor de un menor de nacionalidad española, o se trate de persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad.
  2. Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
  3. Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Documentos para el Arraigo Familiar

La documentación para poder obtener este permiso en España:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
  • Cuando se trate de padre, o madre o tutor de un menor de nacionalidad española:
    • Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dicho menor, en su caso, documento legal de tutela del menor.
  • Cuando se trate de persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad:
    • Documentación acreditativa de la discapacidad del ciudadano español, o de la necesidad de medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, así como de encontrarse a su cargo y convivir con él.
    • DNI del ciudadano español.
  • Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho:
    • Documentación acreditativa de la existencia del vínculo familiar con el ciudadano español, o de la existencia de una pareja registrada, en su caso, de encontrase a cargo del ciudadano español.
    • DNI del ciudadano español.
  • Cuando se trate de hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles:
    • Certificado de nacimiento del solicitante.
    • Certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español y/o certificado del Registro Civil que acredite dicha condición.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor oficial. Lista de traductores jurados.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Renovación del permiso de residencia por Arraigo Familiar.

Como cualquier otro permiso en España cuando estés cerca de la caducidad de tu tarjeta deberás renovarlo para poder seguir en nuestro país de forma regular.

Llegados a este punto es importante tener en cuenta que actualmente el Arraigo Familiar tiene dos vigencias, puede ser de un año o de 5 años. Te lo explicamos:

  • Tendrás una tarjeta de 5 años si eres padre o madre, o tutor de un menor de nacionalidad española, o se trate de persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad o cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
  • Tendrás una tarjeta de 1 año cuando seas hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Por tanto cuando estés cerca de dicha caducidad deberás modificar tu permiso bien a una Residencia de Larga Duración o bien a una Autorización de Residencia y/o Trabajo a través del conocido artículo 202 del Reglamento de Extranjería.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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  • hola vicente marin mira yo vivo en pamplona hace 5 años tengo contrato de trabajo desde febrero del 2012 pero me olvide renovar mi dni en abril y ahora me quedado sin renovarlo pero yo sigo trabajando sigo de alta en la seguridad social sigo empadronado que puedo hacer para consegir de nuevo la recidencia muchas gracias desde ya por tu ayuda alos imigrantes

    • hola tengo una duda con el arraigo familiar quiero saber si siendo mayor de edad puedo solicitarlo con la residencia legal de mi madre,y y despues de un año me canbio por trabajo por cuenta agena que targeta me daran la de 2años o me daran otra de 1 año.

  • Hola,tengo la tarjeta comunitaria de la union europea,y quiero hacerme el dni,me piden que debo presentar DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LOS MEDIOS DE VIDA PARA RECIDIR EN ESPAÑA..EN ESTOS MOMENTOS ESTOY EN PARO....ME LA DAN IGUAL?? SI MIS HIJOS TIENEN SU DNI AL IGUAL QUE MI MARIDO,ADEMAS TENEMOS LA LIBRETA DE FAMILIA ESPAÑOLA Y EL ACTA DE MATRIMONIO ESPAÑOLA....

  • Buenas tardes ¡¡ quisiera que me resolvieran una pregunta urgente,
    Tengo la residencia española que me la dieron hace dos meces , por arraigo familiar , tengo que viajar a Alemania por cuestiones de trabajo por tres o cuatro días , puedo salir de españa o no ? tendre algun problema a la hora de renovar mi tarjeta ? o algun otro tipo de problemas ? cuanto hay que esperar para viajar a otro pais si es asi? .
    Soy Uruguaya . gracias

  • Buenos días. Quisiera me contestara la siguiente pregunta y que se debe hacer.
    Mi compañera, que es chilena, con nacionalidad española, quiere que su madre viuda ,chilena, residente en Chile, pase algunas temporadas en España, ya que allá en Chile está sola.Ella tiene su casa en Chile legalmente de ella, por lo que no hay intención de que se quede a vivir en España. Tiene 78 años..Que tiene que hacer para que no le causen problemas cuando venga a España?
    Muchas gracias
    Atte.
    Hernán Rojas

  • dr vicentemartinm muy apreciado sr mi pregunta es la siguiente residi 10 años en españa en el 2011 me vine a colombia para vender una propidad la vendi pero me robaron toda la pasta luego tuve unaccidente en ambos brazos dure mas de un año incapacitadopor lo cual prdi la enrada españa la targeta larga duracion se vencio 3 9 2012 tengo toda mifamilia en españa no me pueden ragrupar porque tengo 62 años les han dicho a mis hijos alla en españa me encuentro solo aca en colombia co una depression medicada he tenido momentos que he querido suicidarme que concejo me da uds puedo regresar con mi familia que tengo que hacer le agradesco su repuesta se despide de usd aatt gustavo carbonell delahoz muchas gracias

  • Un cordial saludo, para quellas personas que no han podido renovar su residencia otorgada por arraigo familiar por falta de medios al no haber cotizado, aparte de ponerse en manos de un abogado competente como los promotores de esta web es necesario que atraves de la web del defensor del pueblo http://www.defensordelpueblo.es/es/Queja/presenta/modalidad.jsf presenten su queja indicando esta situación recibiran en casa una carta indicando su numero de expediente y semanas despues recibiran otra donde se indica que se ha admitido a tramite y que iniciaran las actuaciones oportunas ante los organismos administrativos competentes.

    De que sirve esto? entre mas personas pongamos esta situaciòn en conocimiento mas presion se hara, se revelara la ilegalidad de los procedimientos aplicados por las oficina s de extranjeros puesto que hay sentencias que avalan la prorroga del arraigo familiar sin haber cotizado ejemplo:

    https://www.facebook.com/notes/padres-extranjeros-de-menores-espa%C3%B1oles/sentencia-tsj-valencia-1452011-de-25-de-febrero-donde-se-brinda-la-posibilidad-d/173850002760769

    Ademas el tribunal de la union europea dice: "La ciudadanía de la Unión exige que un Estado miembro autorice a los nacionales de un país tercero, progenitores de un menor que tiene la nacionalidad de dicho Estado miembro, a residir y trabajar en él, en la medida en que una denegación privaría a dicho menor del disfrute efectivo de la esencia de los derechos vinculados al estatuto de ciudadano de la Unión".

    Yo soy un ciudadano directamente afectado con esta situaciòn donde se vulnera los derechos del menor y la igualdad para todos los españoles constitucionalmente hablando. solo les quitara 10 minutos realizar esta denuncia pero puede que sea la diferencia entre obtener o no resultados.

  • Se me venció la tarjeta de arraigo familiar y no tengo contrato para renovar y solo cotice 3 meses a media jornada y por ello no tengo derecho a renovar, entonces puedo soliciar de nuevo el arraigo familiar de un año, y si es cierto q debo esperar los 90 días después del vencimiento para hacer este procedimiento. Gracias

  • hola esto es fuera de lo normal q casi el 90% por cien q tuveron el permiso de residencia por ser padres y madres de niños españoles volverán a ser una vez mas ilegales ya q no han podido cotizar mi parece injusto ya q ellos cuando tuveron ese permiso de residencia no han acreditado ningún contrato ni medios de vida pero a la hora de renovación si encuentran entre la espada y la pared y en medio de una trampa tal y como esta España es muy complicado encontrar un trabajo en tan poco tiempo q le da esa tarjeta además mi pregunto le dan una tarjeta pourque es padre o madre de un menor español y luego si la quitan pourque no ha trabajado con ella acaso ese padre o madre ha dijado de serlo pos no entonces volvemos alo mismo mi parece q eso demuestra la inetelegencia del gobierno.
    eres padre de un menor español toma la tarjeta de un año depues de un año dame esa tarjeta pourque no has trabajado con ella aaaaaaaaaaaaaaaaaaa aun siges siendo padre de un menor español tomala otra vez nose eso en mi opinión le llamo yo el trabajo mal echo

  • hola vicente : que documentacion necessito para renovar el permiso de residencia para mi mujer , el primer permiso lo tenia por arraigo familial , ella no trabaja se puede aportar mi contrato y nominas GRACIAS

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