Documentación de nacionales de Reino Unido si hubiera un Brexit sin acuerdo

Documentación de nacionales de Reino Unido residentes en España si hubiera un Brexit sin acuerdo

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 25 de marzo de 2019, de la Secretaria de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2019.

Por él se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento, en caso de retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea. Todo ello sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea:

  •  para la documentación de los nacionales del Reino Unido residentes en España antes de la fecha de retirada y de los miembros de su familia
  • así como para la documentación de los nacionales del Reino Unido que reúnan la condición de trabajadores fronterizos antes de la fecha de retirada

La Resolución sobre la Documentación de nacionales de Reino Unido residentes en España si hubiera un Brexit sin acuerdo

La salida del Reino Unido de la Unión Europea afectará a los nacionales del Reino Unido que residen en España, así como a los miembros de su familia.

Al perder su condición de Estado miembro, los nacionales del Reino Unido dejarán de ser considerados como ciudadanos de la Unión.

Si la salida se produce sin acuerdo no existirá período transitorio y el derecho de la Unión dejará de aplicarse al y en el Reino Unido.

De forma inmediata, se aplicarán las normas nacionales migratorias de cada país. Y, por tanto, los nacionales del Reino Unido, así como los miembros de su familia, se convertirán en nacionales de terceros países.

En consecuencia, dejarán de estar encuadrados en el Régimen de ciudadanos de la Unión. Por tanto, pasarán a estarlo en el Régimen General de Extranjería, sin disponer de la documentación correspondiente.

Documentación de nacionales de Reino Unido residentes en España si hubiera un Brexit sin acuerdo

Para el Gobierno de España, la cuestión relativa a los derechos de los ciudadanos ha sido una de las principales prioridades. Con el fin de ofrecer:

  •  la máxima seguridad jurídica a los nacionales de Reino Unido residentes en España antes de la fecha de retirada del Reino Unido de la Unión Europea
  •  a través de la que, tras la salida, deseen seguir residiendo, trabajando y estudiando en España

Ante la eventualidad de una salida sin acuerdo, el Gobierno de España ha aprobado el Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas de contingencia:

  • todo ello ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea
  • sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea

Objetivos

 Uno de sus objetivos principales es preservar los intereses de los ciudadanos que ejercieron su derecho a la libre circulación antes de la fecha de retirada.

Este régimen se articula en base a las especiales circunstancias, de carácter cualitativo y cuantitativo que concurren en este caso.

Tomando en consideración los anteriores elementos, el Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo establece los aspectos esenciales de un procedimiento.

 Desarrollado en estas instrucciones, cuando el nacional del Reino Unido ya contase con un certificado de registro previo:

  1.  se sustituirá dicho certificado por una tarjeta de identidad de extranjero correspondiente a la autorización de residencia que configura estas instrucciones.
  2.  en caso de que no contase con dicho certificado, deberá procederse a la solicitud de la citada autorización de residencia de conformidad con el procedimiento previsto en estas instrucciones.

Familiares de un nacional de Reino Unido residente en España

Por su parte, los familiares de un nacional del Reino Unido residente en España antes de la fecha de retirada que sean titulares de una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, estarán obligados a:

  1.  solicitar la tarjeta de identidad de extranjero correspondiente a la autorización de residencia y trabajo para familiares de nacionales del Reino Unido conforme a lo previsto en estas instrucciones.
  2.  En caso de que no contasen con dicha tarjeta de familiar, deberán proceder a la solicitud de la citada autorización de residencia de conformidad con el procedimiento previsto en estas instrucciones.

Trabajadores que reúnan la condición de fronterizos

Por último, los trabajadores que reúnan la condición de fronterizos deberán solicitar la autorización de trabajo para trabajadores fronterizos nacionales del Reino Unido. Todo ello de conformidad con el procedimiento y los requisitos contemplados en las presentes instrucciones.

La completa Resolución puede ser consultada en el Boletín Oficial del Estado.

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