La Sede Electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior, ha colgado en su página web todos los procedimientos administrativos referentes a los extranjeros en España.
Desde Parainmigrantes.info iremos publicando todos estos procedimientos para, una vez más, manteneros informados de todo aquello que os pueda resultar interesante y de utilidad.
En esta entrada explicamos cómo es el procedimiento de devolución de extranjeros:
El procedimiento de devolución de extranjeros consite en interceptar a los extranjeros que pretendan entrar ilegalmente a España, procediéndose a su identificación y posterior devolución al país de procedencia.
Es la devolución de los ciudadanos extranjeros que se hallaran el supuesto de:
a). Extranjeros que tras haber sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España.
b). Extranjero que pretenda entrar ilegalmente en España (incluidos los interceptados en frontera o en sus inmediaciones)
Periodo de validez
Cuando la devolución no se pudiera ejecutar en el plazo de 72 horas, se solicitará de la autoridad judicial la medida de internamiento para los expedientes de expulsión.
Se gestiona de oficio por la autoridad competente.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: De oficio.
Tipo de procedimiento: Otros.
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
– Subdelegado del Gobierno, o del Delegado del Gobierno en las comunidades autónomas uniprovinciales.
La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Caducidad (inicio de oficio).
Recursos que se pueden interponer:
Alzada
Órgano que resuelve el recurso: el órgano que dictó el acto o superior jerárquico.
Plazo de interposición del recurso: 1 mes acto expreso, 3 meses acto presunto.
Contencioso-Administrativo
Órgano que resuelve el recurso: Juzgados de lo Contencioso.
Plazo de interposición del recurso: 2 meses.
Normativa:
– LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
– REAL DECRETO 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.