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¿Acabas de ser padre o madre o ya llevas un tiempo siéndolo? En este caso hay algo muy importante que debes conocer, y son tus derechos laborales en relación a tus hijos. ¡Sigue leyendo, porque te lo explicamos todo!
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Este lunes 28 de julio de 2025, PSOE y Sumar llegaban a un acuerdo con el fin de ampliar el permiso por nacimiento y retribuir parcialmente lo que se conoce como «cuidado parental», comprometiéndose a seguir luchando por la conciliación familiar e ir incrementando estos permisos hasta alcanzar las 20 semanas entre uno y otro.
De este modo, el permiso por nacimiento de un hijo ascendería de las 16 semanas actuales que se dan en estas circunstancias, a las 17 semanas. Esto aplicaría a los nacimientos que se den desde el 31 de julio de 2025. Por otro lado, quedarían reconocidas dos semanas retribuidas de permiso parental hasta los 8 años del menor. Hasta ahora este permiso no disponía de retribución económica.
Respecto a las familias monoparentales, el permiso ascenderá a las 32 semanas por nacimiento o cuidado del menor frente a las 16 que tienen hoy en día. Cuatro de esas semanas podrán emplearse hasta que el hijo o hija cumpla los 8 años de edad.
Les anuncio que mañana aprobaremos una ampliación histórica de los permisos de nacimiento y cuidados.
— Pedro Sánchez (@sanchezcastejon) July 28, 2025
Los ciudadanos podrán disfrutar de 3 semanas más de permisos retribuidos para cuidar a sus hijos e hijas.
Frente a los recortes de unos, la ampliación de derechos de otros. pic.twitter.com/Ox17R5IhsE
¿Cuándo entrarán en vigor estos derechos laborales? ¿Tendrán efecto retroactivo?
Estas medidas se aplicarán con efecto retroactivo a todos aquellos que hayan tenido hijos después del 2 de agosto del pasado año 2024.
Además, se aprobará este martes 29 de julio en el Consejo de Ministros para cumplir con la normativa europea y evitar la sanción económica indicada por la propia Unión Europea. Una sanción que costaría a España más de 40.000€ al día desde el 1 de agosto. De ahí esta aprobación exprés por Real Decreto-Ley.
Una vez esté en vigor, las personas trabajadoras dispondrán en total de 19 semanas de permisos retribuidos: 17 por nacimiento y 2 por cuidado del menor, a las que habrá que sumar las 8 semanas no retribuidas del artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, y la posibilidad de acumular el permiso por lactancia, reconocido como derecho laboral en el Real Decreto-Ley 2/2024.
A continuación, te compartimos el texto completo que ha sido publicado en el BOE este 30 de julio de 2025. ¡Importante! Este texto entra en vigor a las 24 horas de su publicación en el BOE, es decir, el 31 de julio de 2025 y será convalidada a los 30 días en el Congreso.
¿Qué otros derechos laborales tiene toda madre o padre trabajador?
Llegados a este punto, es muy interesante conocer el resto de derechos laborales que tiene todo padre o madre que esté trabajando. A continuación, vamos a hacer un repaso por todos ellos:
Exámenes prenatales y clases de preparación al parto
Comenzamos por el primero. Se trata de un permiso retribuido para que ambos progenitores puedan asistir a las sesiones de preparación al parto en su centro sanitario. Igualmente permite a la madre acudir a las pruebas prenatales oportunas.
Riesgo para el embarazo
Se deberá adaptar el puesto de trabajo o efectuar un cambio del mismo a cualquier puesto sin riesgo en el caso de que exista algún tipo de peligro para la embarazada o para el feto.
Nacimiento, adopción, guarda o acogimiento y cuidado del menor
Otorga 16 semanas retribuidas a cada progenitor hasta los 12 meses del pequeño. Las primeras 6 semanas son de disfrute obligatorio a jornada completa tras el parto en caso de nacimiento o tras la resolución en el resto de casos. Las 10 restantes son flexibles, pudiendo disfrutarse a tiempo completo, parcial y de manera continuada o no.
Este permiso puede ampliarse una semana en caso de parto múltiple, discapacidad del menor o nacimientos prematuros durante el tiempo que el bebé permanezca en el hospital hasta máximo 13 semanas.
Bebés prematuros u hospitalizados tras el parto
Los progenitores podrán ausentarse del trabajo para visitar a su hijo durante 1 hora diaria. Podrán ser 2 con la reducción proporcional del salario.
Cuidado del lactante
Es retribuido y debe solicitarse tras el de nacimiento hasta los 9 meses del menor. Puede alargarse hasta los 12 meses con reducción proporcional del salario los 3 últimos meses. Hay tres modalidades para acogerse a este permiso: ausentándose 1 hora durante la jornada (o dos turnos de 30 minutos), reduciendo la jornada de trabajo media hora (al inicio o al final del turno de trabajo) o acumulándolo en jornadas completas. Se incrementará proporcionalmente para parto múltiple, adopción o acogimiento.
Reducción o Adaptación de la jornada laboral
Por cuidado de menores de 12 años, podrás reducir tu jornada entre un octavo y la mitad, percibiendo la disminución proporcional del salario. Así mismo, podrás pedir una adaptación de la duración o distribución de la jornada.
Excedencia por cuidado de hijo o familiar a cargo
Podrá ser de hasta 3 años por cada hijo/a desde el nacimiento o resolución. Tu puesto de trabajo quedará reservado 1 año y cotiza a efectos de prestaciones y antigüedad.
Permiso parental de 8 semanas
Estas 8 semanas podrán solicitarla ambos progenitores hasta los 8 años del menor. Hoy en día no son retribuidas y pueden disfrutarse en semanas completas, continuas o discontinuas.
¿Conocías estos derechos laborales? En caso de duda, te recomendamos que consultes con abogados o asesores especialistas en asuntos laborales. Te podrán aconsejar sobre cómo solicitar estos permisos y sobre sus compatibilidades acordes a tu situación particular.
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