Denegación de la tarjeta comunitaria

denegación tarjeta Comunitaria. La residencia comunitaria puede ser denegada por existir peligro de orden público, salud pública o seguridad publica.

Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.

Cuando así lo impongan razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública, se podrá adoptar alguna de las medidas siguientes en relación con los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o con los miembros de su familia:

  1. Impedir la entrada en España, aunque los interesados presenten la documentación prevista en el artículo 4 del presente Real Decreto.
  2. Denegar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros, o la expedición o renovación de las tarjetas de residencia previstas en el presente Real Decreto.
  3. Ordenar la expulsión o devolución del territorio español.
  1. Habrá de ser adoptada con arreglo a la legislación reguladora del orden público y la seguridad pública y a las disposiciones reglamentarias vigentes en la materia.
  2. Podrá ser revocada de oficio o a instancia de parte cuando dejen de subsistir las razones que motivaron su adopción.
  3. No podrá ser adoptada con fines económicos.
  4. Cuando se adopte por razones de orden público o de seguridad pública, deberán estar fundadas exclusivamente en la conducta personal de quien sea objeto de aquéllas, que, en todo caso, deberá constituir una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad, y que será valorada, por el órgano competente para resolver, en base a los informes de las Autoridades policiales, fiscales o judiciales que obren en el expediente. La existencia de condenas penales anteriores no constituirá, por sí sola, razón para adoptar dichas medidas.

6. No podrá adoptarse una decisión de expulsión o repatriación respecto a ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, salvo si existen motivos imperiosos de seguridad pública, en los siguientes casos:

  1. Si hubiera residido en España durante los diez años anteriores, o:
  2. Si fuera menor de edad, salvo si la repatriación es conforme al interés superior del menor, no teniendo dicha repatriación, en ningún caso, carácter sancionador.

7. La caducidad del documento de identidad o del pasaporte con el que el interesado efectuara su entrada en España, o, en su caso, de la tarjeta de residencia, no podrá ser causa de expulsión.
8. El incumplimiento de la obligación de solicitar la tarjeta de residencia o del certificado de registro conllevará la aplicación de las sanciones pecuniarias que, en idénticos términos y para supuestos similares, se establezca para los ciudadanos españoles en relación con el Documento Nacional de Identidad.
9. Las únicas dolencias o enfermedades que pueden justificar la adopción de alguna de las medidas del apartado 1 del presente artículo serán las enfermedades con potencial epidémico, como se definen en los instrumentos correspondientes de la Organización Mundial de la Salud, así como otras enfermedades infecciosas o parasitarias contagiosas, de conformidad con la legislación española vigente.
Las enfermedades que sobrevengan tras los tres primeros meses siguientes a la fecha de llegada del interesado, no podrán justificar la expulsión de territorio español.
En los casos individuales en los que existan indicios graves que lo justifiquen, podrá someterse a la persona incluida en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto, en los tres meses siguientes a la fecha de su llegada a España, a un reconocimiento médico gratuito para que se certifique que no padece ninguna de las enfermedades mencionadas en este apartado. Dichos reconocimientos médicos no podrán exigirse con carácter sistemático.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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45 comentarios en “Denegación de la tarjeta comunitaria
  1. hola buenas tardes
    un pregunta Cómo puedo solicitud mi familia viver a espana ?
    tenga nacionalidad española, solicitud padre y madre de mi esposo ,ahora ellos vive en china, tiener 83anos y 80anos,la padre no tiener jubiracion y con silla de rueda,madre tiene 80euros al mes ,que documentos necesitar para solicitud visado? un salud

  2. Yaris dice:

    Hola buenas un saludo , necesito sabes cuáles son los motivos por el cual se le puede denegar la solicitud de tarjeta comunitaria a un recién nacido en España, hijos de padres con tarjeta comunitaria. Muchas gracias

  3. Daniela dice:

    Hola soy boliviana de 21 años mi madre me queria hacer la targeta comunitaria pero me la han denegado las 3 veces q he presentado y esta ultima vez me han dicho que es porq ya tengo una hija y aunqur ella me mantenga ya no soy del mismo nucleo familiar. Me pueden denegar la targeta solo ppr tener una hija ??,

  4. Esmeralda dice:

    Soy ciudadana europeatraje a mi hijo es mayor de 26 años lleve toda la documentación acredita los ingresos económicos xq el está a mi cargo el seguro médico q cubriera la salud me lo andenegado x lo económico lo q no entiendo es xq si precente todos los informes de en vio q le hacía desde aki la denegación es q con lo q le en viaba mes a mes mi hijo no se podría mantener en Colombia si aveces le e viaba asta dos hitos al mes metí un recurso hace un mes con nuevas pruebas de en vio también lo de negaron x favor ya nose q hacer aver si ustedes me pueden alludar este es mi número de teléfono 698500826

  5. Cristina dice:

    Le han denegado a mi madre la tarjeta comunitaria por tener 58 años!!! Que puedo hacer !!!!!

    1. hola buenas tardes
      un pregunta Cómo puedo solicitud mi familia viver a espana ?
      tenga nacionalidad española, solicitud padre y madre de mi esposo ,ahora ellos vive en china, tiener 83anos y 80anos,la padre no tiener jubiracion y con silla de rueda,madre tiene 80euros al mes ,que documentos necesitar para solicitud visado? un salud

  6. Miguel dice:

    Hola soy comunitario com nie a 10 anos …estava trabajando e para hazer el contrato me pedir el nie ..resulta k el gestor me a dicho k no podia trabajar e k no podia hazerme el contrato…porke motivos no me deja trabajar en espana teniendo nie

  7. Darlenny dice:

    Hola. Cómo puedo recurrir si mi solicitud de tarjeta comunitaria ha sido inadmitida? Ya se me han vencido los tres meses de estancia de turista, aunque mi visado es de un año. Estoy casada con un ciudadano español, pero la inscripción del matrimonio aún está en proceso en el Registro Civil Central.

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      Tiene el plazo de un mes desde la notificación de la resolución para interponer recurso de reposición. No obstante, si aún no puede acreditar la existencia del vínculo al no estar inscrito en España, puede intentar solicitar la tarjeta comunitaria por pareja estable, mientras continúa el proceso de inscripción.

  8. silas dice:

    hola buenas tardes,quiero una informacion tengo la nacionalidad portuguesa pero soy brasileño yo e me casado con una espanhola como brasileño e quiero solicitar la tarjeta por matrimonio como brasileño,mi pregunta es voy ter problemas para solicitar ??

  9. mercedes quinde dice:

    buenas tardes.
    Me gustaria que aclaren una duda.adquiri la nacionalidad en 2012,actualmente estoy en ecuador y quisiera saber si puedo reagrupar a mi esposo x regimen comunitario, yo tengo una deuda con hacienda y quiero saber si esto puede ser motivo de denegacion,no se si piden ALGUN REQUISITO DE DECLARACION DE LA RENTA O ALGO DE HACIENDA,le agradeceria su respuesta

  10. hany ammar dice:

    hola:
    mi tarjeta es regimen comunitario de 5 años por casado con una española como pareja de hecho y pasa 3 años de vivemos jontos pero ahor estamos divorciamos en el ayuntamiento y ahora esta caducada mi trajeta el dia 15/12/2015 ahora estaba presentando todo mis papeles mas de el certificado de divorcio de pareja de hecho para renovacion la primera vez en la extranjeria el dia 18/11/2015 para tiner la trajeta nueva de permanente de 10 años mi pregunta es hasta ahora estoy mirando en el entarnit sempre entramite tarda mas de dos meses y todavia entramite deme cosas por favor es normal que hago para tiner el respuesta de el xtranjeria. gracias

  11. Marcos dice:

    Hola:
    Soy español y estoy casado con una Brasileira.Su tarjeta de ciudadano de la union caduca y hemos procedido a la solicitud de la tarjeta permanente.Nuestra sorpresa surge al presentar la solicitud cuando el funcionario nos dice que se la van a denegar por falta de medios economicos,pero que podremos interponer recurso llegado el caso.
    ¿Es esto cierto? ¿Que podemos hacer si se lo deniega?
    Es algo que me parece totalmente inconstitucional por negarnos el derecho a vivir en familia e ilogico…..yo llevo mucho en paro y ella ahora esta tambien parada aunque a trabajado mas que yo en este periodo, si le deniegan la tarjeta tendremos menos oportunidades por que ella no podra trabajar entiendo.
    Agradezco de antemano su respuesta .
    Un saludo.

  12. fernando naula dice:

    me denegaron la tarjeta cominitaria por haber entrado a españa legal mente pero ya hace cinco año yo perdi mi tarjeta no pude renovar y ahora me deniegan que puedo hacer

    1. laura dice:

      tenias antes la tarjeta comunitaria y al renovar la no kerian renovar
      tienes que ir al extranjería para saber el motivo de denegación

  13. Andrés dice:

    Hola. Tengo una consulta. ¿Cuánto dinero hay que poder demostrar que se tiene para que se apruebe la solicitud de tarjeta comunitario como familiar de ciudadano español? Me he registrado como pareja de hecho de mi prometida española y queremos hacer la solicitud de esta tarjeta. Mi pareja está trabajando, pero yo, al no tener aún esta tarjeta ni NIE, no estoy trabajando ni puedo trabajar legalmente. Lo lógico sería obtener la tarjeta, para luego poder trabajar y no ser una carga para nadie. Pero queríamos saber cuándo dinero está pidiendo la Junta de Andalucía, comunidad en la que recibo, o las autoridades de extranjería de los residentes de esa comunidad, para conceder dicha tarjeta. Además, quisiera saber si su denegación es motivo de expulsión inmediata o si se puede volver a solicitar la tarjeta aunque haya sido denegada una vez, al cambiar la situación económica, cosa que sólo podría ocurrir al yo trabajar legalmente, que sólo lo puedo hacer si tengo la tarjeta. No sé, me parece un poco confuso y contradictorio el tema. De verdad que estoy muy agobiado y mucho sabría agradecer cualquier respuesta al respecto. Muchísimas gracias.

  14. Javier dice:

    Hola muy buenas,
    Yo tengo una consulta. He solicitado la tarjeta comunitaria como hijo de ciudadano comunitario mayor de 21 años que vive a su cargo y me la han denegado. El motivo que me han puesto es el siguiente:
    «Los apartados c) y d) del artículo….establecen como requisito que el familiar del ciudadano…viva a cargo del mismo, no quedando acreditado dicho requisito por parte de solicitante»
    Yo presenté únicamente com justificante a este requisito el empadronamiento histórico de mi madre (la ciudadana comunitaria) y el mío, ya que fue lo único que me dijeron en extranjería que presentara como justificante.
    Ahora voy a interponer un recurso de alzada y quisiera saber qué documentos debo presentar para justificar que vivo a cargo de mi madre, soy reagrupado, vivo con ella y actualmente no tengo trabajo, aunque sí he trabajado anteriormente (¿ésto influye en algo?)
    Gracias por su respuesta.

    1. Pablo Sosa dice:

      Hola Javier me encuentro actualmente en la misma situación, quisiera saber si pudiste resolver tu situacion y como lo hiciste. Saludos

  15. francis dice:

    hola muy buenas: ME URGE,,,
    quisiera hacer una consulta,,,,mi caso es,,tengo 12 años en españa antes tenia la tarjeta de residencia de un año y la perdí por estar en prision, pero estoy casado mas de 9 años y mi esposa ha solicitado la nacionalidad española y no le han contestado,,pero mi madre tiene la nacionalidad española,,,
    el asunto es:
    con antecedentes penales podría obtener la tarjeta comunitaria por arraigo familiar por via de mi madre o por mi esposa cuando le consedan la nacionalidad; ya que anteriormente tenía la tarjeta de residencia en vigor cuando entre en prision y a mi voluntad no pude renovarla
    actualmente termíno la condicional en noviembre,es posible que la obtenga ,,ya que he leido que primero tengo que cancelar el antecedente pero me tardare 5 años mas,,,necesito saber que solucion tengo,,,y toda mi familia estan aqui no tengo a nadie en mi pais..me podrian expulsar,,,,,
    muchas gracias por responderme. y a todos por comentar,,,

    1. rachid dice:

      te aconsejo q solicites la tarjeta por medio de tu madre y en cuanto tengas la denegacion ve al contesioso directamente xq seguro te denegaran xr los antecedentes yo tuve tu mismo problema y ya celebre el contecioso y me la dieron asi q suerte y no pierdas mas el tiempo

      1. HOLA RACHID DIME COMO LO HICISTES YO TENGO ESE PROBLEMA Y NOMEDAN LA TARJETA Y CUANTO TE DEMORO EL CONTECIOSO GRACIAS

        1. rachid dice:

          hola ana pues en cuanto tengas la carta de la denegacion tienes q contratar un abogado experto en extrangeria la gente de esta web son gente experta si estas en la provincia contratales,y despues hacer un rcurso contecioso yo tuve mucha suerte la verda me dieron denegado en abril de 2013 y el 06/06/2013.tuve el juicio y lo gane ah en madrid,asi q suerte

  16. cindy dice:

    porf alguien me respondan cuando me deniegan la tarjeta comunitaria, a los cuanto mese dura para desestimarse el expediente de extranjeria,,,

    1. hola ami me demoro 11 meses y melo negaron yo tengo antecedente por denunciar un maltratador y este maltratador me dununcio cuando lo soltaron de la carceleta asi es asi y ahora lo tengo a juicio me dicen que demora asi que espero tengas suerte saludos

  17. condedecartagena dice:

    De lo anterior, se colige que las personas, mientras esperan la expedición de su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, SÍ PUEDEN ser contratados laboralmente (cosa distinta es que los empleadores tengan recelo en hacerlo, por temor a ser multados), sí pueden obtener un número de afiliación a la Seguridad Social, sí pueden inscribirse como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
    El resguardo es útil durante ese período que se tardan en estudiar y calificar el expediente y en resolver que, en efecto, la persona se halla dentro del ámbito subjetivo de cobertura del régimen comunitario.
    Otro dato importante: en el régimen comunitario, el silencio administrativo es positivo y no negativo, como aparentemente, podría llegar a concluirse. En efecto, esto sucede porque:
    a) El plazo establecido en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, es de tres meses.
    b) No hay en la antedicha normativa, mención alguna al silencio administrativo y sus efectos.
    c) El silencio normativo acerca de los efectos del silencio administrativo, nos conducen a la normativa supletoria, que es el régimen general de Extranjería, es decir, la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo.
    d) La normativa del régimen general de Extranjería, dice que en las solicitudes de autorizaciones de residencia iniciales el sentido del silencio administrativo es negativo. Pero, he aquí el detalle: el régimen general solo opera como supletorio y subsidiario para lo no previsto en la normativa de régimen comunitario, cuando es más beneficioso para los interesados, circunstancia que no se da si se aplica el sentido negativo.
    e) En atención a lo anterior, hay que acudir al régimen administrativo general, previsto en la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, que en cambio, conduce a aplicar el silencio positivo.
    Lo anterior, es el razonamiento de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona, de 3 de marzo de 2011, dentro del procedimiento abreviado 396/2010-3. La sentencia puede consultarse por Internet, porque ha sido muy difundida.
    Lo anterior, desde luego, sin perjuicio de que la Administración pueda, posteriormente, corregir lo que pueda considerarse, ha sido lesivo para el interés público, pero eso ya es otra cuestión.
    Pero, es que, además, existe un motivo de orden material: si el silencio administrativo fuera negativo, se llegaría a una contradicción en términos y al absurdo juridico: no puede, por un lado, declararse que la persona está, en todo momento, legal en España y autorizarla a ejercer los derechos inherentes a su calidad de beneficiario del régimen comunitario y por otro lado, considerar denegado el reconocimiento del derecho de residencia en régimen comunitario, porque se llegaría al absurdo de que algo sea y no sea al mismo tiempo y bajo el mismo aspecto (residente legal y no residente legal, durante el mismo período de tiempo). Nótese que, en régimen general, hay condiciones: la eficacia del contrato está condicionada concesión de la autorización y a la vez, la eficacia de la autorización está condicionada a la afiliación y alta en la Seguridad Social, siendo que, hasta que no se cumplan las mencionadas condiciones, la persona no puede ejercer actividad alguna, porque se parte de que el interesado no es todavía titular de un derecho de residencia, sino que se halla a la expectativa de que le sea concedida la autorización. Pero en el comunitario, no tenemos esto, porque el beneficiario sí es titular de un derecho de residencia, así lo reconoce la normativa y la actuación de la Administración se limita a reconocérselo mediante el correspondiente acto administrativo, que permite la expedición de la tarjeta correspondiente.
    Por eso, cuando se trata con el régimen comunitario se debe tener en cuenta que no rigen muchos de los condicionamientos o limitaciones e incluso, el excesivo rigor y rigidez que hay en el régimen general. En el comunitario, la Administración reconoce un derecho; en el general, la Administración ejerce, en toda su dimensión, sus potestades discrecionales. En todo caso, como es de sobra conocido, no hay potestades, ni procedimientos administrativos, 100 % reglados, ni 100 % discrecionales, sino más bien, preponderantemente reglados o preponderantemente discrecionales y en ambos, puede haber elementos de ambas características, reglados o discrecionales. Ya hemos visto que en el régimen comunitario, la discrecionalidad se hace presente en la posibilidad de denegar la expedición de la tarjeta por motivos razonados de orden público, seguridad y salud pública, pero que esto, también tiene sus garantías.
    Un cordial saludo.

  18. condedecartagena dice:

    Hola. Es necesario hacer algunas precisiones:
    1.- Cuando se solicita una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, no estamos ante una solicitud de una autorización, en estricto rigor, como sucedería en régimen general, ni por tanto, ante un procedimiento administrativo en el que la Administración ejerce potestad discrecional, sino que nos encontramos ante un procedimiento administrativo en el que la Administración ejerce potestad reglada y en el que el objeto no es conceder una autorización, sino reconocer un derecho o si se quiere, declarar que en el sujeto solicitante concurren los requisitos exigidos por la normativa y en consecuencia, se le reconoce el derecho a residir en España. Son situaciones diferentes, aunque, aparentemente, se las tenga como similares o idénticas. Es cierto que se puede denegar, pero solo en dos casos: cuando no concurren los requisitos o no queda suficientemente acreditada su concurrencia y cuando existen razonados motivos de orden público, seguridad del Estado o motivos de orden sanitario. Pero, precisamente, por ser la excepción, es que existen mayores garantías y entra en mayor juego el principio de proporcionalidad: nunca ir más allá de lo estrictamente necesario y las cargas administrativas para el interesado, deben quedar reducidas al mínimo.
    2.- De acuerdo con lo dispuesto, tanto en la Directiva de la Unión Europea que regula el derecho a la libre circulación y establecimiento de los nacionales de los otros Estados miembros de la Unión Europea dentro del territorio de la Unión, como en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, la calidad de beneficiario del régimen comunitario, puede acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, sin perjuicio, desde luego, de la obligación del beneficiario de solicitar, oportunamente, la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. E igualmente, hay otras cuestiones importantes, que van de la mano con la lógica del sistema:
    – La tenencia de la tarjeta o del resguardo, no constituye, ni puede constituir, requisito o condición necesaria para el ejercicio de los derechos inherentes a la calidad de beneficiario del régimen comunitario.
    – Hasta tanto sea expedida la tarjeta, nada obsta a la permanencia del interesado en España y al desarrollo de sus actividades.
    – Como consecuencia de lo anterior, debe entenderse y concluirse, que la persona siempre está en España en situación legal.
    – Además, hay otro elemento muy importante: los efectos de la tarjeta, una vez concedida, se retrotraen al momento de la entrada en España, si la persona ingresó en el país YA SIENDO familiar de ciudadano de la Unión o al momento de la presentación de la solicitud, en el caso de que la calidad de familiar de ciudadano de la Unión se hubiera adquirido en España (tanto si la persona beneficiaria era ya residente o estaba en situación de estancia o de estancia por estudios, como si se hallaba en España en situación irregular).

    1. hola muchas gracias por informarme mi tarjeta comunitaria seme caduco en 2010 y desde ese entonces bengo con el problema no tengo nila tarjeta e perdido mi empleo por la tarjeta y no entiendo me llega cosas de vida laboral del inem. pero como no puedo ni ir haber ami familia del 2006 porque no tengo tarjeta ,no puedo hacer nada estoy prisionera de todo esto es ya tremendo soporto todo por mi hijo, soy casada mi marido es español me case en 2010 ,pero noce donde esta mi derecho,esto es desesperante ,siempre presentaba y lo negaban en enero dije hare el ultimo intento y sino melodan me boy ami pais ,pero salio negada ,y como me dijo mi marido ir donde un abogado hemos recurrido desde mayo pero hasta hora no hay respuesta y a beces ya medan ganas de ya no luchar ,mi hijo es español yo casada con mi marido que esde aqui,solo e sufrido porque denuncie a un maltratador de mujeres pero como soy extranjera pues ,loe pagado muy caro me alejado 6 años de mi familia y siguen y por eso ya tengo ganas de irme ami pais llebar una vida tranquila ,y no con la famosa tarjeta ,e tenido muertes de familia primos y abuela y no estado es muy duro y triste ami madre lae tenido mal gracias adios esta bien ya pero es muy duro dios los bendiga

  19. María dice:

    Hola! Mi residencia está caducada desde febrero/2012.Tengo una pena que finaliza el 15/11 pero aún seguiré con los penales.En febrero me darían el NIE por 5 años,pero me denegarán .Puedo volver a solicitar?

  20. manuel perdomo dice:

    Hola primera mente gracia al Dr Vicente M. por sus buenas asesorías y a los demás usuarios que presentan sus casos y preocupaciones: soy un chico dominicano y presente la solicitud para solicitar la tarjeta comunitaria el 29/6/2012 en Madrid y al darme cuenta de los nuevos requisitos les lleves los nuevos requisitos sin que me llegara la carta y me los recibieron el 3 de septiembre del 2012 y gracias a dios me salio la resolución favorable el 18/09/2012 así que espero a los demás todo le salga bien y gracias a dios ya puse las huellas solo me queda esperar y recoger la tarjeta suerte y singan en la lucha por lograrlo y éxitos

  21. ayudame por fabor lo estoy pasando muy mal necesito ber ami familia y por la tarjeta no viajo hola como estan todos espero que bien.les cuento mi calvario en el 2006 tube problemas con mi ex el es español yolo denuncie por malos tratos ,porque me maltrato la 1 bez me dijo perdoname y yo de tonta lo perdone ,eso noce esta muy mal despues sele iso costumbre ahi lo denuncie yano soportaba el maltrato ,pues lo denuncie ,ylo detubieron y cuando lo sueltan pues me denuncio tambien el ami lo tubieron 3 dias y un policia fue al juicio que el me denuncio y dijo quesi lebio la mejilla roja esde chiste o noce nunca habia visto yo a ese policia me quede tonta pero bueno.se celebro los juicios loque yo denuncie pues resulta que yo tenia una abogada de oficio y el tenia de pago mi abogada llegaba tarde alos juicios pues .el me quemo la cara con un foco y despues me dejo la cara morada pues ese juicio lo perdi ,despues estaba esperando un bebe de mi esposo pues se entero queyo e rehecho mi vida me busco me patio me pego fuerte que perdi ami hijo estube como 15 dias queno podia sentarme pues e quedado un poco mal del coxi,pues como hubo gente quebio ,fueron al juicio de testigos pero saben cuanto le pusieron 6 meses ,esa es la vida que vale de un bebe ,pues la denuncia que el me puso por la bofetada que dice que ledi me pusieron 8 meses pues yo ese dia nunca lobi a ese señor ,pues la otra denuncia que me puso tambien por una bofetada ese dia si es verdad me defendi porque medio un puñete en mi pecho pero sabeis yolo grabe una bez me llamaba me decia quelo perdone pues me dijo que me denuncio de colera yque no era verdad loque el dijo poniendo la denuncia pues ,yo en el juicio dije que tenia grabacion loque el dice me dijeron queno tiene valides porque es contra la intimidad ,bueno el noce acordaba nada en el juicio porque cuando mienten uno noce acuerdan ,pues noce si por ser extranjera me condenaron lo unico era ponerme a llorar no tengo familia en este pais eso es muy duro llegar a casa y medaba impotencia porque a beces es injusto que condenen a una persona y esa persona es inocente ,mas bien pedian carcel para mi e llorado mucho por todo esto e luchado decian por tener doble sentencia pero como yo nunca en mi vida e tenido problemas en mi pais pues presente antecedentes penales de mi pais y estos juicios sucedieron en 2006 pues no entre fue una suerte uff gracias adios .pues pues les cuento el sigue llamandome me envias correo pero yo nunca pienso denunciar porque sali perdiendo yo uno al ser extranjera no hacen mucho caso eso eslo que pienso yo desde el 2006 no puedo ir haber ami linda familia madre y hermanos porque me niegan la tarjeta yo yamee casado tengo un niño de 3 años pero siempre falta algo mi familia queno los puedo ber pues yo solicitado muchas beces la tarjeta comunitaria y nomelo dan que injusta es la vida me paro un policia me dice que estoy ilegal despues dice queno pero no entiendo ,mi hijo es español y mi esposo tambien pero yo estoy ilegal esque noce estoy muy mal me deprimo por todo esto quiero ber ami familia si alguien me pueda ayudar decirme como hacer muchas gracias por leer dios los bendiga a todos
    Responder

    1. DIEGO J. PIEDRA dice:

      Hola no se si ya te han respondido, aquí no veo ninguna respuesta y si no es así, me gustaría informarte. En tu caso por tener un hijo con nacionalidad española, lo que no quiere decir que, aunque haya nacido en España, la tenga, tienes derecho a tu residencia, aunque tengas antecedentes penales y/o policiales. Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Un saludo

      1. hola esque melan negado y buelta lae solicitado desde febrero y nada me dicen todabia esta en via de recurso dicen esque estoy desesperada gracias

  22. ivette cuesta diaz dice:

    hola,como estas?mi nombre es ivett e cuesta.yo presente mi solicitud de renovacion tarjeta comunitaria,el 3 de febrero de 2012.mi tarjeta se vencia el 12 de abril.mantengo casada desde hace 6 años y no tengo antencedentes penales.por favor que es lo que pasa?si todo lo que me pidieron fue entregado.se han tardado 6 meses y no me han dado una respuesta.ahora para los trabajos estan mas exigentes y no puedo hacer nada.gracias por la informacion,y por mantenernos informados.saludos.

  23. hola como estan todos espero que bien.les cuento mi calvario en el 2006 tube problemas con mi ex el es español yolo denuncie por malos tratos ,porque me maltrato la 1 bez me dijo perdoname y yo de tonta lo perdone ,eso noce esta muy mal despues sele iso costumbre ahi lo denuncie yano soportaba el maltrato ,pues lo denuncie ,ylo detubieron y cuando lo sueltan pues me denuncio tambien el ami lo tubieron 3 dias y un policia fue al juicio que el me denuncio y dijo quesi lebio la mejilla roja esde chiste o noce nunca habia visto yo a ese policia me quede tonta pero bueno.se celebro los juicios loque yo denuncie pues resulta que yo tenia una abogada de oficio y el tenia de pago mi abogada llegaba tarde alos juicios pues .el me quemo la cara con un foco y despues me dejo la cara morada pues ese juicio lo perdi ,despues estaba esperando un bebe de mi esposo pues se entero queyo e rehecho mi vida me busco me patio me pego fuerte que perdi ami hijo estube como 15 dias queno podia sentarme pues e quedado un poco mal del coxi,pues como hubo gente quebio ,fueron al juicio de testigos pero saben cuanto le pusieron 6 meses ,esa es la vida que vale de un bebe ,pues la denuncia que el me puso por la bofetada que dice que ledi me pusieron 8 meses pues yo ese dia nunca lobi a ese señor ,pues la otra denuncia que me puso tambien por una bofetada ese dia si es verdad me defendi porque medio un puñete en mi pecho pero sabeis yolo grabe una bez me llamaba me decia quelo perdone pues me dijo que me denuncio de colera yque no era verdad loque el dijo poniendo la denuncia pues ,yo en el juicio dije que tenia grabacion loque el dice me dijeron queno tiene valides porque es contra la intimidad ,bueno el noce acordaba nada en el juicio porque cuando mienten uno noce acuerdan ,pues noce si por ser extranjera me condenaron lo unico era ponerme a llorar no tengo familia en este pais eso es muy duro llegar a casa y medaba impotencia porque a beces es injusto que condenen a una persona y esa persona es inocente ,mas bien pedian carcel para mi e llorado mucho por todo esto e luchado decian por tener doble sentencia pero como yo nunca en mi vida e tenido problemas en mi pais pues presente antecedentes penales de mi pais y estos juicios sucedieron en 2006 pues no entre fue una suerte uff gracias adios .pues pues les cuento el sigue llamandome me envias correo pero yo nunca pienso denunciar porque sali perdiendo yo uno al ser extranjera no hacen mucho caso eso eslo que pienso yo desde el 2006 no puedo ir haber ami linda familia madre y hermanos porque me niegan la tarjeta yo yamee casado tengo un niño de 3 años pero siempre falta algo mi familia queno los puedo ber pues yo solicitado muchas beces la tarjeta comunitaria y nomelo dan que injusta es la vida me paro un policia me dice que estoy ilegal despues dice queno pero no entiendo ,mi hijo es español y mi esposo tambien pero yo estoy ilegal esque noce estoy muy mal me deprimo por todo esto quiero ber ami familia si alguien me pueda ayudar decirme como hacer muchas gracias por leer dios los bendiga a todos ayudame lae solicite buelta y me lan negado no entiendo porque es injusto

  24. julio Mariño dice:

    Hola buenos días me gustaría saber si teniendo antecedente penales me puedan rechazar la tarjeta comunitaria estoy con mi pareja de hecho hace ya 4 años y este problema que tuve se me termina en octubre y la verdad que quiero saber que es lo que mas me conviene hacer espero su respuesta muchas gracias que tenga un buen martes.

  25. FIDEL CASTRAO dice:

    juan carlos, yo creo que lo que mejor podriais hacer es iros del pais a mariconear a otro. En este pais hacen falta HUEVOS para trabajar y salir de la crisis.

  26. JUANCARLOS ROJAS dice:

    HOLA BUENAS MI NOMBRE ES JUANCARLOS MI PREGUNTA ES QUE ESTOY CASADO CON MI ESPOSO Y EL ES ESPAÑOL AMI ME DENIEGAN LA TARJETA POR ESTAR INPUTADO QUE PUEDO HACER AL RESPECTO GRACIAS

  27. carlos alberto diolosa dice:

    hola Vicente, he geta comunitaria para mi esposobtenido la ciudadania española y quiero obtener la targeta comunitaria para mi esposa y mi hija que es mayor de edad y estudia en la UNED, el hecho de que residan en España desde hace tres años puede ser motivo de denegación de la tarjeta?. gracias

  28. Hola Vicente.soy de marruecos casado con una española llevo en españa 9 años no legal siempre me denegada en araigo socil pour expulsion de italya de 09/09/2003 hasta 09/09/2013 pour entrada al territorio italiano no legale me presentadoun solicitude de trajeta communitaria soy ahoura en tramite quero saber que me adar la trajeta communitaria or no que falta aser ?gracias SALUDO

  29. jose reyes dice:

    saludo para todo mi pregunta por k la madre de un ciudadano le he dificil reagrupar

  30. DARWIN dice:

    hola vicente soy un seguidor de tu pagina wed y tengo un enlace direco con mi pagina wed.
    pregunta yo tube un problema con violencia de genero en noviebre del 2007 y ya he cumplido todos los cargos y me denegaron mi recidencia ninales del 2010 y me puedes informar como debo hacer estos tramites hoy en dia solon tengo antecedentes penales y me voy a casar con una cidadana española cual seria mi ventaja
    gracias por la atencion prestada ………….
    un cordial saludo

    1. hola telo negaran porque yo tengo ese mismo problema yo soy casada y tengo un niño me dicen que me espere hasta 2015 uf suerte

  31. CESAR MONTILLA FELIZ dice:

    HOLA COMO ESTA DON VICENTE;;; ERA PARA CONSULTARLE UNA PREGUNTA SOBRE MI ESTADO ES DEPOSITADO PARA LA RENOVACION DE MI TARGETA COMUNITARIA K LA TENGO POR MI PADRE ,,, TENGO 4 AÑOS TRABAJANDO EN UNA EMPRESA ,, ESTUBE DETENIDO Y TENGO ANTECENDE QUIERA SABER SI NO VOY A TENER PROBLEMA EN MI RENOVACION DE MI TARGETA,,, GRACIAS UN CORDIAL SALUDO ,,,,

  32. abdel hamid Aarous dice:

    hola soy marroke tengo la premera recedencia larga doracion en españa quero solisitar tarjeta comunetaria UE no tengo contrato de trabajo pero tengo ayoda como puedo solisitarla gracias

  33. walter plada dice:

    Hola Vicente;mi esposa es paraguaya y tiene su primera tarjete hace ya 7 meses.somos casados en paraguay.Yo hace 3 años que estoy en españa y no tengo contrato de trabajo por lo cual no puedo sacar mi tarjeta por arraigo.La posibilidad es sacar la tarjeta aplicando el regimen comunitario atraves de mi esposa.Por favor:me podria asesorar como debo llevar adelante esos tramites.Desde ya muchas gracias.

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