Cuentas de pago básicas a personas más vulnerables
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo.
Por él se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.
Régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad
Destacamos acerca de las Cuentas de pago básicas para personas más vulnerables:
Desde que entró en vigor el RD-ley 19/2017, de 24 de noviembre, las entidades financieras deben ofrecer cuentas de pago básicas.
Sin embargo, no se ha definido un régimen específico de acceso a este tipo de cuentas para los consumidores más vulnerables.
Por ello, quedan excluidos del acceso a unos servicios financieros que se consideran esenciales para poder participar en la actividad económica.
El artículo 9.4 de dicho real decreto-ley establece que reglamentariamente se podrán establecer distintos regímenes de condiciones más ventajosas. En materia de comisiones en función de la especial situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera de los potenciales clientes.
Este real decreto da cumplimiento a dicho precepto y establece los requisitos para que el colectivo de población más vulnerable.
La intención es que pueda acceder a estas cuentas de forma gratuita por la recepción de los servicios:
- específicamente señalados en el artículo 4.2 de la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero y a los que nos referimos en el párrafo anterior.
- Para otros servicios, siguen siendo de aplicación las limitaciones establecidas en dicha orden.
Fuente: B.O.E.
