Cuentas de pago básicas a personas más vulnerables

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo.

Por él se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.

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Régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad

Destacamos acerca de las Cuentas de pago básicas para personas más vulnerables:

 Desde que entró en vigor el RD-ley 19/2017, de 24 de noviembre, las entidades financieras deben ofrecer cuentas de pago básicas.

 Sin embargo, no se ha definido un régimen específico de acceso a este tipo de cuentas para los consumidores más vulnerables.

 Por ello, quedan excluidos del acceso a unos servicios financieros que se consideran esenciales para poder participar en la actividad económica

 El artículo 9.4 de dicho real decreto-ley establece que reglamentariamente se podrán establecer distintos regímenes de condiciones más ventajosas. En materia de comisiones en función de la especial situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera de los potenciales clientes.

 Este real decreto da cumplimiento a dicho precepto y establece los requisitos para que el colectivo de población más vulnerable. 

 La intención es que pueda acceder a estas cuentas de forma gratuita por la recepción de los servicios:

  •   específicamente señalados en el artículo 4.2 de la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero y a los que nos referimos en el párrafo anterior. 
  •  Para otros servicios, siguen siendo de aplicación las limitaciones establecidas en dicha orden.

Fuente: B.O.E.

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