¿Cuánto tardarán en resolverse los expedientes de nacionalidad por el nuevo proceso?

Vicente Marín es abogado experto en derecho de extranjería y nacionalidad. En este vídeo nos habla sobre el tiempo de resolución de los expedientes de nacionalidad presentados por el nuevo proceso telemático

¿Cuánto tardarán en resolverse los expedientes de nacionalidad por el nuevo proceso?.- Una de las preguntas que nos realizan nuestros seguidores es cuánto tiempo tardarán en resolverse los expedientes de nacionalidad por residencia que se presenten por el nuevo proceso telemático.

parainmigrantes.info

La normativa es clara en este sentido y establece un plazo de silencio administrativo negativo de 1 año. Es decir, que el plazo máximo de resolución sea de 1 año.

Pero incluso es posible que todos estos expedientes lleguen a resolverse en menos de año, e incluso en pocos meses, una vez que la plataforma funcione al 100%. Todavía queda desarrollo técnico, informático, para que funcione al 100%, pero una vez mejorada la plataforma, las solicitudes se resolverán muy probablemente en pocos meses.

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42 comentarios en “¿Cuánto tardarán en resolverse los expedientes de nacionalidad por el nuevo proceso?
  1. Gonzalo dice:

    Estimados, una pregunta.
    El plazo de resolución de un año para la resolución cuenta desde el momento en que presenté mi solicitud o desde que ésta fue admitida a trámite esperando informes?? Presenté solicitud en agosto de 2017, entiendo que por lo que he visto en vuestros vídeos y con suerte podría tener noticias en febrero / marzo de 2018?

  2. Lucila dice:

    Hola a todos,

    ¿Cuánto puede tardar la resolución de la nacionalidad española, si aparece en el portal que se está a la entrega de los informes respectivos?
    Mi expediente es del año 2015 y en agosto del 2017 me otorgaron el número del mismo para ser el seguimiento por internet.
    Un saludo y gracias.

  3. esteban dice:

    Hola he estado llamando el dia de hoy 13 de Octubre a las 16:00 y las tres veces que lo intente me colgaron la llamada luego de darme el horario que segun escuche es hasta las 19:30. Hay algun problema con la linea telefonica?

  4. Martha Javier dice:

    Hola he depositado mi solicitud de nacionalidad por residencia el 07/01/2015 Y tuvo entrada en MJ el 07/06/2017 ahora está en fase de Estudio, y en el listado veo resuelto favorable en fecha 25/09/2017 el expediente presentado en el MJ el 08/01/2015 con entrada el 26/04/2017. Pregunto: Acaso no llevan un orden Cronológico de fecha ya que el mío es de un día antes? A qué se debe que no respeten el orden?

    1. Lucila dice:

      Hola Martha Javier,

      ¿A qué listado te refieres?
      Hay un listado aparte de la información telemática que aparece cuando consultas el estatus de tu expediente?
      Un saludo

  5. WILLIAM dice:

    HOLA TENGO MIS EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA DESDE EL 2014 Y AUN NO ESTA RESUELTO SEÑOR VICENTE MARIN QUISIERA SABER POR FAVOR QUE FALTA PARA QUE APRUEBEN ESTOS EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA DEL 2014 SIEMPRE QUE MMIRO LA PAGINA SALE EN ESTUDIO EN ESTUDIO ESO QUE QUIERE DECIR MUCHAS GRACIAS POR DARME INFORMCION

  6. Maresalul. dice:

    Si en los Estados Unidos LAS INSTITUCIONES SE MOVERIAN CON TAL GANDULISMO I SINVERGUENZA COMO AQUI decenas de miles de solicitantes de nacionalidad se muririan i no obtendría la nacionalidad.En un país con 300 millones de ciudadanos i demandadntes de ciudadaniz millones no os digo.En ESPAÑA ADEMAS TE ROBA CIENTOS DE EUROS PARA DECIRTE SON MUCHOS EXPEDIENTES .PAIS DE EXCUSAS

  7. dear all
    any one can tell from where i can cheq my application status of nationality
    my mean any web side ?

    1. Hi write in google -como va lo mio – and enter your personal information

      1. someone dice:

        como va lo mio? i thought it was a joke

  8. Hola Vicente yo he solicitado el EX en noviembre 2015 ley nuevo pero asta ahora nada yo lo he solicitado desde mi registro civil.Que hago ?

  9. marjori seijas dice:

    Buenos dias .
    Lic.Vicente Marín

    abogado

    Soy Hija de española , ella ha adquirió su nacionalidad a través de la conocida Ley de Memoria Histórica, no. 52/2007 Promulgada el Ordenamiento Jurídico Español el dia 26 de diciembre de 2007. Es el caso que quisiera tener su opinión, pues quiero realizar los trámites necesarios para optener mi nacionalidad española y en ese orden de ideas saber si mis hijos también pudieran solicitarla..
    Altamente Agradecida,

    Marjorie Seijas Fernandez.

  10. Maritza dice:

    Hoy he mirado y en mi expediente pone «Informes solicitados», lo hice el 2 de Diciembre de 2015, por la web nueva.

    1. Hola Maritza! has presentado tu expediente por la plataforma del ministerio de justicia? porque si es así, sería una buena noticia para todos los que hemos presentado la solicitud telemáticamente!!
      un saludo y suerte!!

  11. Bueno parece que por fín se están empezando a tramitar los expedientes telemáticos, aquí hay una chica que lo explica http://www.fororegistrocivil.es/Foro/viewtopic.php?f=21&t=7115#p80892

    1. Esto no es verdad la imagen esta trabajada ya que el formato de las letras no es el mismo.
      Observen las «I» de Informe y de Interesado
      Saludos y nos nos tomen en el pelo

  12. rafael gaona dice:

    buenas tardes y despues de dar el examen que documentos piden o que piden o que hay que precentar no estoy informado de esto me puede usted de informar por favor gracias

  13. Ruben dice:

    Hola a todos. Presenté mi expediente de nacionalidad como descendiente de español (pues mi madre es española), lo presenté el 10 de enero de 2016 a través de la sede electrónica. Sabéis si ya hay alguna resolución de expedientes a través del nuevo procedimiento. Gracias.

  14. Carlos dice:

    Buenas,
    La verdad que esto es una verguenza, nos están tomando el pelo de una manera… yo personalmente he dejado mas de 400 eur en las tasas aparte del tiempo perdido..tampoco es tan complicado dicha herramienta no estamos hablando de un sistema tan complicado como el q tienen montado para otros servicios y que el ciudadano pague mas de 300 eur de tasa para esperar años para la resolución..
    Creo q ni si quiera han empezado a ver/probar si se reciben bien los doc telematicamente..o no…
    Me gustaria ser tan optimista como vicente ..pero la realidad y por experiencia creo esto no va a funcionar como se esperaba…
    Suerte a todos y gracias Vicente…

  15. Patrick dice:

    Hola
    Por que razon Se lanzo esto de la via telematica cuando el sistema no funciona en Un 100%?
    Cual Es la parte final Del proceso? La resolution ? Luego de 1 anho o menos? – desde ese punto Cuanto demora en que tenga uno en mano el passporte y DNI?

  16. ariadna dice:

    igual no me explique bien abajo
    queria saber si una vez que ya he presentado el expediente de nacionalidad que no se ha resuelto desde 2014, puedo volver a solicitar la nacionalidad a traves del nuevo proceso que segun dicesn en un año estaria resuelto (o sea tendria dos procesos abiertos)
    eso se puede hacer?

  17. ariadna dice:

    Hola
    querria solicitar el tramite de la nacionalidad atravez de ustedes porque ya estoy cansada de esperar, pero el problema es que ya solicite la nacionalidad con y enviaron mi expediente a madrid pero en el 2014 y creo que como fue antes de que privatisaran lo de la nacional pues mi expediente se me demorara años en resolver…entonces queria saber si aunque ya la haya solicitado a travez del registro civil, la podria volver a solicitar a travez de ustedes por internet.
    Gracia y saludos
    me encanta vuestra pagina

  18. Ruben dice:

    Hola presenté mi expediente de nacionalidad como descendiente de español (pues mi madre es española), lo presenté el 10 de enero de 2016 a través de la sede electrónica. Sabéis si ya hay alguna resolución de expedientes a través del nuevo proceso. Gracias.

    1. Ricardo dice:

      No, no ha habido ninguna. De hecho, ni siquiera hay ningún expediente que haya pasado a estudio… Y eso a casi 5 meses de la presentación…

  19. NIRMAL SINGH dice:

    Cuánto tardarán, desde 2013 tramitar de nacionalidad ,exp-R14160 2013, nie x4167478q

  20. Ricardo. Tu quién eres, para ordenar a la gente lo que tienen que preguntar. Si te han dolido los 100 euros , pues quejate al ministerio de justicia.

    1. Ricardo dice:

      Disculpa Adan en qué momento le ordené a alguien lo que podía preguntar? Lo único que he hecho es explicarles a algunos que estaban confundidos de tema y que pregunten en el adecuado.

      En cuanto a lo de los 100 euros, no me han dolido, lo que me duele es que nos tomen por idiotas cobrando por algo que antes era gratuito y ofreciendo un servicio que hasta el momento es igual o peor al anterior. Espero y ojalá me equivoque pero ya van casi 5 meses y no se mueve absolutamente nada….

  21. Alioune dice:

    Hola Amigos
    Mi pregunta es si puedo empezar ya a solicitar la nacionalidad por via telematica despues del dia 28 de Avril dia de me examen de CCSE porque ya aprobe el DELE porque mi certificado penal se me caduca el 4 de Mayo ?Es decir sin esperar que me salga el resultado del examen del CCSE ?
    Gracias por responder.

  22. Rosanna dice:

    Yo llame a ministro de justicia porque ya hace más de un año que empecé trámite de nacionalidad y me dijeron que aún no habían empezado a digitalizar los expedientes de 2015. Oh sea que no han visto ni el primero de ese año

    1. Ricardo dice:

      Si empezaste tu trámite hace más de un año lo hiciste con el viejo proceso. Este tema es sobre el nuevo proceso (a partir del 15 de octubre de 2015). Aquí estamos los que pagamos 100 euros en noviembre (o en adelante) para un trámite supuestamente ágil pero por lo visto se robaron el dinero.

  23. Fernando Rodriguez dice:

    Soy nacionalizado Español, tengo una hija de 17 años en colombia y quiero solicitarle la nacionalidad por opcion, pero con el nuevo proceso no se por donde empezar, me gustaria vuestra asesoria.
    gracias.

    1. Ricardo dice:

      La nacionalidad por OPCIÓN no tiene nada que ver con la nacionalidad por RESIDENCIA. Pregunta en un tema de nacionalidad por OPCIÓN.

  24. Carlos Ochoa dice:

    Hola,

    Es posible actualizar datos de mi aplicación luego de enviarla? Por motivos laborales mi dirección de notificación cambio (aunque tengo la opción de notificación electrónica habilitada). Ya hice el empadronamiento, lo actualice por la 060, pero quisiera «notificar» también al ministerio de justicia.
    Gracias,
    C. Ochoa

  25. Hola.
    Esta gente nos estan tomando de tontos en inglaterra la resolucion de nacionalidad es en un mes,se paga solo correo postal por mandar los papel.no tienes que hacer ni entrevista ni cuentos,todos los saben de ti porque hacen su trabajo bien.
    Francia y belgica maximo 3 meses.
    En fin la mayoria de los paises de donde coipan las leyes tienen como maximo para resolucion de una nacionalida 6 meses.
    Ahora con tanto jaleo y ruido por el nuevo proceso.la nueva ley que va a agilizar el tramitacion.
    Lo que agilizo nuestros bolsios.
    Aqui hay un retraso de 50 años en materia de inmigracion comparado c los paises vecinos.
    Se cometen todas las injustecias del mundo y nadie dice un mou.

    Diganme señores donde han visto a alguien salio a defendernos cuando sacaron la ley esa y pagando ademas ni en television ni radio ni nada.hablaron solo q el examen ahora y ya sta.peeo cuando sacaron lo del prepago medcinal y las tasas en los juzgados se levanto todo el mundo quejando y llorando por tele.radio.todo el mundo quejando hasta q lo quitaron.
    Asi juzguen.

  26. Ricardo dice:

    Y si no resuelven en menos de 1 año se puede demandar a la administración por corruptos, inútiles e incompetentes? O no hay ley que nos ampare y hay que esperar hasta que les de la gana de hacer su trabajo?

    1. Adnan dice:

      🙂 si no te responden en un año la solicitud se considera DENEGADA

      1. OLIVER dice:

        Al contrario, APROBADA.

        1. jesus dice:

          Silencio administrativo negativo = solicitud considerada denegada

        2. Adnan dice:

          El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán DESESTIMADAS las solicitudes formuladas por los interesados.
          Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.(articulo 11)

          1. Ricardo dice:

            Gracias a todos por comentar, pero sigo aun sin respuesta a mi pregunta…

          2. Isaac dice:

            Tú puedes demandar a quién quieras, pero perderás y te tocará pagar costas…

          3. Ricardo dice:

            Pero por qué dices que perderé si cumplo claramente todos los requisitos: tiempo necesario de residencia legal y continuada anterior a la solicitud, no tengo antecedentes penales, aprobé el examen CCSE y además pagué la tasa de 100 euros (que no se quién se los habrá robado porque no ha habido absolutamente ningún cambio en el estado de mi expediente)…

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