La Fundación Abogacía Española organizará durante los días 12 y 13 de diciembre de 2018 el V Congreso de Derechos Humanos, abordando este año los delitos de odio
Delitos de odio en el Congreso de Derechos Humanos
El protagonismo creciente de los delitos de odio en el ámbito jurídico, la sociedad y la política en los últimos años, llama la atención de todos los profesionales dedicados a Justicia.
Así, este Congreso de Derechos Humanos contará con la participación de algunas de las máximas autoridades y expertos en esta materia a nivel nacional.
En concreto, la Fundación tratará lo siguiente:
«El artículo 510 del Código Penal castiga, entre otros, a “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
La práctica parece demostrar que esta redacción admite diferentes interpretaciones posibles por parte de jueces, fiscales y abogados, particularmente sobre qué se considera “fomentar, promover o incitar directa o indirectamente”. Algunos consideran que el delito de odio no debería existir como tipo penal separado y otros consideran que la tipificación y la punibilidad son una herramienta fundamental para prevenir la violencia basada en la discriminación.
Sin duda, el odio al otro por motivos raciales, sexuales, étnicos, religiosos, etc., tiene su base en la intolerancia y en la discriminación a ciertas personas a las que se identifica con un grupo. Por tanto, esa intolerancia y discriminación, cuando se expresan verbalmente o mediante alguna acción, menoscaban el centro mismo del concepto de derechos humanos.
La actuación de la Abogacía es fundamental para garantizar la defensa del derecho a la igualdad de todas las personas ante la ley, cuando éste es conculcado o amenazado. Pero es necesario fundamentar esa actuación desde el conocimiento preciso del planteamiento jurídico que existe respecto a la no discriminación y al discurso del odio.
Además, las redes sociales han multiplicado el número de vías por las que encuentra cauce el discurso del odio. El ciberodio es actualmente un problema de primera magnitud por cuanto requiere también nuevos recursos y conocimientos para poder identificarlo y, en su caso, perseguirlo.
La libertad de expresión parece estar siendo redefinida al ritmo de la interpretación judicial de la gravedad penal de los insultos, ofensas y expresiones de odio ¿Pueden los cantantes o los artistas y literatos, amparándose en la libertad de expresión, referirse en sus obras a grupos de personas concretas de una forma que pueda interpretarse como incitación violenta contra ellos? ¿Protege la tipificación penal de los delitos de odio a colectivos de funcionarios, por ejemplo a la Policía, contra los que se profieren graves insultos o amenazas en las redes sociales?»
Estos temas serán abordados en Madrid, en la sede del Consejo General de la Abogacía Española, situado en el Paseo de Recoletos n. 13.
Puede consultarse el programa completo, así como proceder a la inscripción a dichas jornadas AQUÍ
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada