Comunicación de fallecimiento o desaparición de empleador

Comunicación de fallecimiento o desaparición de empleador

Como todos sabéis una vez concedida una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, es necesario que el trabajador sea dado de alta en el sistema correspondiente de la Seguridad Social. En algunos casos puede suceder que no sea posible dar de alta al trabajador y será necesario comunicar a la Oficina de Extranjería correspondiente la imposibilidad de llevar a cabo la relación laboral.

Así en los casos en los que se haya producido el fallecimiento del empleador o la desaparación del empleador que tenga la condición de empresa, el trabajador podrá ser dado de alta por otro empresario, previa realización de las actuaciones previstas en el artículo 67 del Reglamento de Extranjería y siempre que se produzca dentro de los 3 meses siguientes desde su entrada legal en España.

comunicación de fallecimiento

Si estás en esta situación deberás comunicarlo a la Oficina de Extranjería correspondiente y puedes utilizar este modelo de Comunicación de fallecimiento o desaparición del empleador

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6 comentarios en “Comunicación de fallecimiento o desaparición de empleador
  1. Jennifer Caballero dice:

    Hola buena tardes!
    Tengo una pregunta!
    ¿Que pasa si mi empleador muere y tengo que renovar por primera vez dentro 2 o 3 meses la targeta de residencia?

  2. Francisco dice:

    Mi empleador ha fallecido (ya tengo concedido favorable la resolución por extranjería hace más de 15 dias), estoy aun en mi país, pero ya asistí a la cita para visado.
    Podré viajar a España y cambiar de empleador?

  3. Erika dice:

    Buenas tarde ! Tenia un contrato como empleada del hogar mi empleador a fallecido la resolución, es favorable
    Que puedo hacer

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Erika puedes hacer un cambio de empleador. Te dejamos la información https://www.parainmigrantes.info/cambiar-de-empleador-cuando-te-han-concedido-el-arraigo-social/

  4. XIMENA dice:

    BUENAS TARDES, TENIA UN CONTRATO COMO EMPLEADA DE HOGAR Y MI EMPLEADORA FALLECIO Y TENGO LA RESOLUCION CONCEDIDA,ELLA NO TENIA FAMILIA,QUE DEBO HACER
    GRACIAS

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Ximena te dejamos información para cambiar de empleador https://www.parainmigrantes.info/cambiar-de-empleador-cuando-te-han-concedido-el-arraigo-social/

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