Cómo traer a mi Hijo a España si soy Español

Hoy día es muy común encontrarnos con personas o bien acaban de nacionalizarse o están a a espera de completar este proceso.

Gracias a la obtención de esta nacionalidad española se pueden obtener ciertos beneficios, por así decir, al ser ya ciudadano español. El primero de ellos es en relación a la familia y a la posibilidad de reagrupar por ejemplo a hijos mayores de edad, algo que no es posible cuando eres extranjero y tienes una tarjeta de residencia en régimen general.

Vicente Marín, abogado experto en materia de Extranjería y Nacionalidad Española nos explica cómo podemos traer a nuestro hijo a España si ya eres ciudadano español.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Traer a mi hijo menor de 21 años

En el caso de que quieras traer a tu hijo a España y éste sea menor de 21 años lo que puedes gestionar es una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Familiar.

Es la opción más rápida y más sencilla para que tu hijo venga a vivir a España contigo, ya que prácticamente lo único que debes acreditar es que es tu hijo, que viene a vivir contigo a España.

Aquí debes tener en cuenta dos cosas:

  • Si necesita visado para venir a España debes solicitar en el Consulado de España en el país de origen, el correspondiente visado de reagrupación como hijo de ciudadano español.Aquí debes tener en cuenta que tras la reforma del reglamento de extranjería los hijos de españoles han quedado incorporados dentro de la figura del Arraigo Familiar. Este tipo de autorización no lleva consigo un visado concreto y puede ser que el Consulado lo gestione como familiar de comunitario tal y como venía haciendo hasta ahora o gestione otro tipo de visado para estos familiares.
  • En el caso de que tu hijo sea nacional de aquellos países que no precisan de visado, podrá directamente viajar eso sí, portando la documentación correspondiente. Entre la documentación que debe llevar consigo se encuentra por ejemplo el DNI compulsado de su padre o madre, su Certificado de nacimiento correctamente legalizado o apostillado y en su caso traducido, etc.

    Aquí te explicamos toda la documentación que debe llevar para hacer la entrada como familiar de ciudadano español así como para pedir el correspondiente visado.

Una vez que tu hijo se encuentre en España podrás solicitar en la Oficina de Extranjería correspondiente la Arraigo Familiar.

Traer a mi hijo mayor de 21 años

En el caso de que seas ciudadano español y quieras traer a tu hijo pero ya es mayor de 21 años en este caso debes tener cuenta varias cosas.

Reagrupación familiar como hijo de español

La primera de las opciones para traer a tu hijo a España es hacer una «reagrupación familiar».

Aquí además de acreditar que es tu hijo debes acreditar que vive a tu cargo. La normativa que regula este procedimiento de Arraigo Familiar establece que para poder reagrupar a los hijos mayores de 21 años deben estar a tu cargo.

Además en esta normativa que regula este procedimiento solamente se habla de » que vivan a cargo» sin hacer más distinción. Esto provoca que cada Consulado o cada Oficina de Extranjería sea más o menos estricta a la hora de determinar si efectivamente tu hijo depende económicamente de ti y está a tu cargo. En estos supuestos es muy normal también que comprueben la vida familiar, social y laboral de tu hijo en el país de origen.

Aquí lo más común para acreditar esta dependencia económica es aportar envíos de dinero desde España hacía tu hijo para poder así justificar que él no tiene medios más allá de los que tú les proporcionas.

Al igual que antes, para poder reagrupar a tu hijo mayor de 21 años debes tener en cuenta:

  • Si necesita visado, deberá solicitar tu hijo el correspondiente visado como hijo de español en el Consulado de España que le corresponda por su domicilio. Aquí debes tener en cuenta que tras la reforma del reglamento de extranjería los hijos de españoles han quedado incorporados dentro de la figura del Arraigo Familiar. Este tipo de autorización no lleva consigo un visado concreto y puede ser que el Consulado lo gestione como familiar de comunitario tal y como venía haciendo hasta ahora o gestione otro tipo de visado para estos familiares.
  • En el caso de que no necesite visado, podrá hacer su entrada a España pero eso sí llevando consigo toda la documentación pertinente.

    Aquí te dejamos toda la información sobre la documentación que necesitas para poder hacer la reagrupación familiar comunitaria de tu hijo mayor de 21 años.

Una vez que tu hijo se encuentre en España podrás solicitar en la Oficina de Extranjería correspondiente la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Familiar.

Otras vías para traer a mi Hijo mayor de 21 años

Si eres ciudadano español, quieres traer a tu hijo a España, éste es mayor de 21 años pero no está a tu cargo no podrás traerlo bajo el supuesto del Arraigo Familiar. Aquí te explicamos otras vías para poder traerlo contigo a España.

Autorización de Residencia y Trabajo Cuenta Ajena Preferente

La primera de las opciones para traer a tu hijo a España si es mayor de 21 años y no depende de ti es hacer una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena Preferente

Ya sabéis que cuando queremos hacer una Autorización de Residencia y Trabajo Inicial por Cuenta Ajena, es necesario superar la Situación Nacional de Empleo. Esto supone que antes de comenzar con los trámites para la contratación del extranjero que vive fuera de España, se publique esa oferta de empleo en el Servicio Público de Empleo. De esta forma este Servicio Público hará una búsqueda de un candidato que pueda cubrir ese puesto de trabajo.

Ahora mismo, conseguir un Certificado negativo del Servicio Público de Empleo donde se indique que no hay nadie, ni español ni extranjero residente legal que pueda ocupar nuestro puesto, es casi imposible.

En la Ley de Extranjería hay varios supuestos, en los que no es necesario superar la Situación de Empleo. Estos supuestos vienen regulados en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. En el primero de los supuestos se establece lo siguiente:

” Lo familiares reagrupados en edad laboral, o el cónyuge o hijo de extranjero residente en España con una autorización renovada, así como al hijo de español nacionalizado o de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, siempre que estos últimos lleven, como mínimo, un año residiendo legalmente en España y al hijo no le sea de aplicación el régimen comunitario”.

Bajo este supuesto podrás traer a tu hijo a España sin necesidad de superar esta Situación Nacional de Empleo. Eso sí necesitarás encontrar un empresario o empleador que esté dispuesto a contratar a tu hijo, tenga medios económicos y no tenga deudas ni en Hacienda ni en Seguridad Social.

Estas son las principales vías para poder traer a tu hijo mayor de 21 años, pero también podríamos valorar otras opciones como:

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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13 comentarios en “Cómo traer a mi Hijo a España si soy Español
  1. Nancy Esthela Guarnizo Pintado dice:

    Quisiera saber cómo puedo traer a mi hijo mayor de 25años soy ecuatoriana con nacionalidad española y quiero traer a mi hijo legal que tengo que haser el ya es un profesional «»enfermero»» me ayudaría en elgo o no ayúdeme

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  2. Floramaria dice:

    Hola, soy ciudadana española,y quiero traer a mi hijo mayor de 30 años, yo le envío ayuda familiar todos los meses el es profesional mecánico automotriz,gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Floramaria aquí tienes información sobre este tema https://www.parainmigrantes.info/como-traer-a-tus-hijos-a-espana/

  3. Yusmel peña dice:

    Cómo podría hacer si me denegaron la ciudadanía española aquí en cuba,por solicitar la de origrn y no la de opción,mi mamá es ciudadana española de opción y mi abuela es ciudadana española de origen,por favor podrían ayudarme en eso o guiarme.Gracias de antemano

  4. Wilson Guzmán dice:

    Hola buenas, mi pregunta es la siguiente me e nacionalizado español y tengo dos hijos en República Dominicana el cual constan en mi solicitud de nacionalidad,
    Que debo hacer para que salgan de su país con el pasaporte español y cuanto dura más o menos ese proceso, gracias de antemano.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Wilson en este caso debes tramitar para ellos una nacionalidad por opción https://www.parainmigrantes.info/solicitud-de-nacionalidad-espanola-por-opcion/

  5. Sergio dice:

    Para menores de edad (2 años), no se puede simplemente registrar nacimiento en el exterior sin pasa por un tramite de arraigo?

  6. Cual es la mejor manera por traer su hijo a españa? Tramitar la nacionalidad por opcion o arraigo familiar?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Taha depende de la edad que tenga… Puedes hacer una consulta por Skype y vemos tu caso concreto https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  7. Antonia dice:

    Hola buenos días mi pregunta es tengo la nacionalidad española tengo un hijo de 37 años quiero saber si lo puedo dar los papeles comunitario le traje como turista tiene dos meses en España decidió quedarse

    Que puedo hacer ?

  8. Gilma dice:

    Hola buenas me pueden informar cómo puedo hacer para reagrupar a mi hija mayor de 28 años que vive a mi cargo pero no le mando su remesa a ella por qué sus documentos están caducados desde la pandemia pero todos los meses mando a su hermano será que eso también cuenta yo ya tengo la nacionalidad española decirme algo por favor gracias

    1. Jose Parainmigrantes dice:

      Buenos días Gilma, llámanos y te explicamos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

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