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Como ya hemos hecho en otras ocasiones os traemos otro Caso de Éxito de Parainmigrantes.info. En este caso se trata de la concesión de la Nacionalidad Española por Residencia de un descendiente de Español de origen; solicitud que fue denegada de forma incorrecta por el Ministerio de Justicia y que hemos conseguido en vía judicial.
Azahara de Parainmigrantes.info nos explica esta concesión de la nacionalidad española por residencia.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
Solicitar la Nacionalidad Española por Residencia
Como ya hemos comentado en otras ocasiones, para poder solicitar la nacionalidad española por residencia es necesario cumplir una serie de requisitos. Entre estos requisitos encontramos la necesidad de acreditar una residencia continuada y legal en España. Residencia que además debe ser previa a la solicitud de nuestra nacionalidad española.
El Código Civil establece de forma muy clara los plazos de tiempo necesarios que debemos cumplir antes de solicitar nuestra nacionalidad española. Concretamente en el Artículo 22 del Código Civil se recoge lo siguiente:
1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
2. Bastará el tiempo de residencia de un año para:
a) El que haya nacido en territorio español.
b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
e) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
Como veis es posible hacer la solicitud de la nacionalidad española con el plazo reducido de un año de residencia por ser nieto o hijo de español de origen.

Concesión de la Nacionalidad Española por ser Hija y Nieta de Español de Origen
En este caso concreto, desde Parainmigrantes.info intervinimos en el proceso de nacionalidad de Lorena D. para interponer el Recurso Contencioso Administrativo por haber transcurrido un año desde la solicitud sin haber obtenido respuesta.
Lorena D. había realizado su solicitud de nacionalidad de forma totalmente correcta a través de la plataforma telemática habilitada por Justicia, y dicha solicitud se hizo con el plazo reducido de un año puesto que Lorena es hija y nieta de español de origen.
Nuestra sorpresa llegó, cuando aún con el proceso judicial en trámite, se denegó la nacionalidad española de nuestra clienta por no llevar dos años de residencia legal y continuada como iberoamericana.
Y es que el Ministerio de Justicia denegó de forma incorrecta esta solicitud, pues no se percató de que estábamos solicitando la nacionalidad española como hija y nieta de español de origen, y que por tanto solamente era necesario un año de residencia en España.
Por ello, decidimos seguir con el procedimiento judicial, llegando a presentar la correspondiente demanda, momento en el cual quedó correctamente acreditado que teníamos derecho a la concesión de esa nacionalidad española.
Como podéis comprobar en determinados casos el Ministerio de Justicia puede cometer errores y denegar una solicitud de nacionalidad española de forma incorrecta, cuando realmente sí se tiene derecho, o mejor dicho, sí se cumplen con todos los requisitos establecidos para ello.
Por ello es importante, que incluso cuando te haya llegado una denegación acudas a un profesional para que valore y estudie tu caso. Así podrás valorar si es recomendable hacer recurso y seguir peleando tu solicitud, o si por el contrario es mejor optar por otras vías, como hacer una nueva solicitud de nacionalidad española.
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Cuanto duro el proceso de apelación de la decisión, desde que iniciaron el tramite judicial hasta la resolución?