¿Quién necesita carta de invitación?, ¿Cómo puedo obtenerla?, ¿Cuánto cuesta?, ¿Qué documentos debo aportar?…¡Todo lo que necesitas saber sobre la carta de invitación!
Entre los diversos requisitos que la normativa de extranjería establece para autorizar la entrada en el territorio español de los extranjeros nacionales de países que no formen parte de la Unión Europea o de aquellos otros a los que no sea de aplicación el régimen comunitario de extranjería, se encuentra el de presentar los documentos que justifiquen el objeto y condiciones de estancia en nuestro país.
Una de las formas de acreditar el alojamiento en nuestro país es mediante una Carta de Invitación, que aunque sea un documento sencillo de obtener, sigue causando muchas dudas entre nuestros seguidores. Por ello, hemos elaborado una guía resolviendo algunas de vuestras preguntas más frecuentes.
La carta de invitación puede ser exigida a ciudadanos de países que necesiten o no visado para ingresar a España, los cuales viajen por un periodo de hasta 90 días, a excepción de los nacionales de la Unión Europea.
La carta de invitación en sí misma no constituye un requisito de entrada a España, sino que es un medio a través del cual se acredita tener el alojamiento cubierto durante todo el periodo de estancia en nuestro país. En el caso de no contar con un familiar o amigo que nos proporcione el alojamiento, debemos presentar otros documentos que acrediten el cumplimiento de este requisito, esto es, el objeto y condiciones de estancia en nuestro país. En estos casos presentaremos las reservas de hoteles.
La carta de invitación se tramita en la Comisaría de Policía del lugar de residencia del invitante.
Efectivamente, para poder hacer una carta de invitación hay que pagar dos tasas Administrativas, un impuesto que grava el el proceso o trámite de confección de este documento y que debe pagar, como sujeto pasivo, el invitante.
El precio de esa tasa varía cada año, pero actualmente en 2023 es de 75,05 € euros por el trámite (más 6,48 € por cada invitado).
La tasa se abonará en una entidad bancaria y será proporcionada por los propios funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía (Modelo 790 012).
Una vez se haya concedido la carta de invitación, debemos pagar otra tasa adicional por la expedición de dicho documento. Este precio puede variar de una comisaría a otra, ya que en este caso es cada organismo el que establece el importe que debemos abonar por la expedición de la carta de invitación.
La carta se otorga por el tiempo establecido en la solicitud con un máximo de 90 días. Por eso es muy importante organizar bien las fechas y calcular el tiempo que se pretende permanecer en España.
El tiempo desde que se presenta la solicitud hasta la obtención de la carta de invitación dependerá de una ciudad a otra, además también influye el período del año en que se solicite. En definitiva, dependerá del volumen de trabajo que tengan en el momento de la solicitud, pero no suele tardar más de 20 días hábiles.
La carta de invitación debe solicitarla el ciudadano español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o beneficiario del régimen comunitario o extranjero residente legal en España.
Una vez obtenida la carta de invitación es importante que el invitante la envíe por correo postal a su invitado, ya que sólo el documento original tendrá validez.
Si el solicitante es ciudadano de un país al que se le exige visado para entrar a España, deberá adjuntar la carta junto con la solicitud del visado para acreditar el alojamiento durante la estancia en España. A su vez, deberá aportar el resto de documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención del visado.
También es fundamental llevar consigo la carta durante el viaje ya que podría ser requerido en los controles fronterizos al ingresar a España.
Los ciudadanos de terceros países a los que no se les exige visado para ingresar a España, sólo necesitarán la carta de invitación en el caso de que sea requerida al ingresar en territorio Schengen.
No. La carta de invitación es solo uno de los requisitos que se exigen para entrar a España. Si no cumpliera el resto podrían denegarle el ingreso al país.
Otro de los requisitos es acreditar la medios económicos suficientes para su manutención durante el tiempo previsto de estancia. Deberá acreditar que dispone de una cuantía de 108 euros al día y por persona durante todo el tiempo de permanencia en España.
Se exigirá al solicitante o invitante, la documentación relativa a acreditar que dispone de vivienda para hospedar al invitado. Este requisito se puede acreditar aportando alguno de los siguientes documentos: título de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que acredite disponer de vivienda en España.
Además, en el momento de presentar la solicitud, el invitante deberá aportar DNI o pasaporte en vigor, y en el caso de que fuese residente legal en España, la tarjeta de identidad de extranjero.
Respecto al invitado, no se exige que aporte ninguna documentación, aunque sí serán necesarios algunos datos.
Os dejamos la instrucción con todos los requisitos para solicitar la carta de invitación aquí
Además de la carta de invitación para acreditar el alojamiento, deberá llevar un pasaporte válido o título de viaje, acreditar los motivos y condiciones del viaje, itinerario y confirmación de la reserva en el caso de ser un viaje organizado, así como acreditar la solvencia económica durante el período de estancia, disponer de un seguro de viaje con cobertura internacional y el billete de ida y de vuelta.
En el caso de que el interesado sea de un país al que se le exige visado para entrar a España, estos mismos requisitos deberá aportarlos, junto con la carta de invitación, a la hora de solicitar el visado en el Consulado español de su país de origen.
Os recordamos que el tiempo máximo que un extranjero puede permanecer en España como turista y, por tanto, sin tener una autorización de residencia, es de 90 días. Por tanto, la primera consecuencia de no regresar al país de origen o de procedencia es que el extranjero pasará a estar en situación irregular en nuestro país. Esto implica que podría ser objeto de una sanción, ya sea una sanción económica o bien, una orden de expulsión, con la consiguiente prohibición de entrada.
Si el extranjero decide quedarse en España esta decisión puede traer graves consecuencias también por el invitante, al incumplirse ese compromiso de retorno, que pueden derivar en importantes sanciones económicas al ser una infracción grave de la ley de Extranjería.
Aquí tenéis una pequeña infografía donde resumimos algunas de las preguntas frecuentes
¡Esperamos haber resuelto vuestras dudas!
Para más información, puede acceder a la sede electrónica del Cuerpo Nacional de Policía
Para descargar el modelo de solicitud de la carta de invitación pinche aquí
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81/82 euros me salió a mí en noviembre (74 y pico al empezar el trámite y 6 y pico al retirar la carta) y entre otros requisitos, aparte del contrato de arrendamiento, me pidieron una Nota simple emitida por el Registro de la Propiedad (otros 10 euros) y 4 o 5 veces ir a la comisaría, 2 al banco, etc...Ah, y 60 para mandarla por DHL. Mucho trámite y gastos para que al final no se la pidieran a nuestro "invitado".
HOLA Y TU INVITADO COMO ENTRO DICIENDO QUE ? ALGO HA TENIDO QUE DECIR PARA QUE NO LE PIDIERAN..
Si, Marcelo si, comprenderas que hay que dar dinero al estado para compensar lo que los politicos roban; asi es majo, asi es.
Hola Marcelo me puedes explicar un poco sobre la carta de invitación,cuando una vez ya está aprobada por la comisaría,que documentos necesito a parte de esta carta para presentar en embajada española en mi país,muchas gracias
Hola. Vivo en Valencia y les hice la carta de invitación a mis padres para que vinieran a España. El trámite fue rápido y sencillo, por las dos cartas no pagué más de 85 euros. En el aeropuerto no le pidieron nada, solo le preguntaron el tiempo que iban a estar. Ellos ya estando en Valencia les he tramitado la reagrupacion familiar en régimen comunitario y aunque está en trámite la solicitud, me comentan que la carta de invitación puede ser un impedimento porque me he comprometido con la policía de que ellos entraban y salían de España en una fecha determinada. Mi duda es: si no les realizo carta de invitación y en inmigración no los dejan pasar, que hago?. Cabe anotar que tengo nacionalidad española y los medios económicos que ellos exigen además de comprobantes de envío de dinero. Aún así no veo claro si debemos realizar la carta de invitación en todas las situaciones en que se quiera ingresar a España y en mi caso desde Colombia. Gracias
si la finalidad del viaje es la reagrupación familiar entran como familiares de ciudadano comunitario; aquí tienes más info: https://www.parainmigrantes.info/entrada-en-espana-sin-visado-de-familiares-de-espanoles-incluida-familia-extensa/
Muy buenas , yo soy ciudadano peruano nacionalizado español desde hace 3 meses residente en Donosti , vienen a visitarme mi mádre y mi hermana por 1 mes pero no puedo hacerles una carta de invitación ya que no soy propietario ni tengo un contrato de alquiler de una vivienda a mi nombre , así que van a entrar a España por Madrid con una reserva de hotel ... Esto sería un problema para ellas y les denegarían la entrada ? Si la policia constata que tienen familiares en España pasaría algo por qué no pude hacerle la invitación ? Gracias anticipadamente por vuestra respuesta ... Un saludo
Hola mi inquietud es como podemos tramitar una tarjeta comunitaria, en mi caso de mi madre que esta en mi pais,y a la ves solicitar una carta de invitacion y que no se pueda quedar a esperar la comunitaria, ya que solo le dan visado de 3 meses, esa es mi inquietud. se los agradeceria de antemano
No tiene que entrar con carta de invitación. Mejor que lo haga como familiar de ciudadano comunitario.
Hola quiero saber si con la carta de invitacion se pudiera hacer papeles para la residencia en españa es para mi nieto. Gracias de antemano.
hola buenas tardes.
el dia de hoy se tramitouna carta de invitacion para mi pareja, yo soy española y ambos vivimos en colombia.
tenemos los billetes de avion comprados para el dia 19 de mayo y tenemos miedo de que la carta de invitacion no llegue a tiempo...
cual seria la alternativa, sin reserva hotelera??
muchas gracias de antemano
la carta de invitación sirve para acreditar que dispone de alojamiento durante el periodo de estancia en España. En efecto, sin carta de invitación, deberá acreditar el cumplimiento de este requisito aportando las reservas de hotel (además del resto de requisitos de entrada). Si su intención es venir a residir a España los requisitos son diferentes.
Buenas tardes,
Yo solicite una carta de invitación y me la concedieron, pero en la fecha prevista de la estancia puse de Febreo a Abril de 2017 pero finalmente la persona invitada no pudo venir para esas fechas, mi pregunta es, si aun puede entrar a España con esa carta de invitación ya que tiene una validez de 9 meses o tendría que haber venido expresamente en esas fechas que yo marque??
Gracias por su ayuda,
Un saludo
Mis primos en Bilbao me estaban tramitando la carta de invitación debido que me toca solicitar el arraigo familiar para obtener la nacionalidad española, resulta que para hacer la carta la exigieron un padrón de cuántos viven en casa y copia de mi pasaporte. Qué tan real es la información que ustedes publican aquí? Porque veo que los trámites son distintos en cada región, o es que se exigen a discreción del funcionario? Explicó esto porque son mis primos hijos de un sobrino de mi abuelo paterno por lo cual tenemos el mismo apellido, en caso contrario aplicaría lo del familiar comunitario?
Mi madre posee la ciudadanía española pero mi padre no.
La pregunta es la siguiente : hace falta mandarle carta de invitacion estando mi padre casado con mi madre?
Mi sobrina quiere venir a Madrid para hacer un Master de psicopedagogia en la Complutense que dura 10 meses, es peruana y yo soy nacionalizado español, ya le han aceptado para hacer el curso, pero le piden para obtener la visa de estudiante una carta de invitación, mi duda es si se puede pedir una carta de invitación para 10 meses de estadía en Madrid, que lo máximo es de 3 meses. Hay una forma de solicitar para 10 meses.