Cambios en Extranjería y Nacionalidad en 2025

Este año trae consigo muchos cambios en lo que a extranjería y nacionalidad española se refiere. Te los explicamos todos.

Cambios en Extranjería

En cuanto a extranjería se refiere va a ser un año cargado de cambios.

Ya te lo contamos hace tiempo, el 20 de mayo de 2025 entra en vigor en nuevo Reglamento de Extranjería. Te contamos los cambios fundamentales.

Arraigos de 2 años

Todos los procesos de arraigo han pasado a ser de 2 años. Es decir que se exigirá que lleves al menos dos años de permanencia en España para poder aplicar a estos permisos.

Los arraigos han quedado recogidos así:

  • Arraigo de Segunda oportunidad para aquellos que hayan periodo su tarjeta puedan recuperarla.
  • Arraigo Sociolaboral, para quien tenga una oferta de empleo
  • Arraigo Social cuando tengas familiares con recursos económicos o vayas a crear tu propio negocio
  • Arraigo Socioformativo si vas a estudiar
  • Arraigo familiar si tienes determinados vínculos con ciudadanos comunitarios.

Arraigo Socioformativo

Una novedad que debo destacar del arraigo socioformativo es que se podrá trabajar.

Este permiso es el «hermano» del actual arraigo para la formación el cual no permite trabajar. Algo que sin duda ha sido un impedimento para muchos.

Familiares de españoles

Este nuevo reglamento afectará de manera directa a los familiares de españoles. Es el colectivo, por así decir, que notará más dichos cambios.

  • Se ha creado una nueva tarjeta para familiares de españoles donde queda incluía toda la familia, tanto los familiares directos como la famosa familia extensa.
  • Es un proceso híbrido de autorización más visado.
  • Los padres de españoles menores de 80 años deben acreditar que depende de sus hijos españoles. Algo negativo en relación al arraigo familiar donde los menores de 65 son los familiares que deben acreditar que están a cargo del ciudadano español.
  • Los familiares que podrán pedirlo desde España son:
    • Cónyuge del español/a
    • Pareja registrada del español/a
    • Pareja estable del ciudadano español/a
    • Los hijos del ciudadano/a español/a menores de 18 o de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable.
    • Padre o madre de niños menores de edad españoles.
    • El familiar que tenga la condición de cuidador de la persona española que tenga reconocido alguno de los grados de dependencia establecidos legalmente.
    • Los hijos de madre o padre que sean o hayan sido españoles de origen.
  • Si eres cónyuge, pareja registrada, pareja estable y los hijos podrán trabajar en España cuando la solicitud esté en trámite.

Solicitantes de Asilo y nuevo Reglamento de Extranjería

Los Solicitantes de Asilo han sido duramente castigados con este Reglamento. Estos son los cambios claves:

  • El tiempo que hayas permanecido como solicitante de Asilo no computará como permanencia para cubrir los periodos de los arraigos.
  • No podrás solicitar arraigo si tienes en España la condición de solicitante de Asilo.
  • Se ha habilitado un proceso temporal para que los solicitantes de asilo que tengan una resolución de denegación en vía administrativa o judicial puedan acogerse a un arraigo si llevan 6 meses en España de forma irregular. Si quieres saber más sobre esto Haz Clic AQUí- Disposición Transitoria 5ª.

Estudiar en España

La autorización de estancia por estudios ha cambiado:

  • Mayor control en los centros que se admitirán para estudiar en España
  • Los familiares de estudiantes podrán hacer la solicitud estando en España de forma legal, dentro de una residencia o una estancia, por ejemplo viniendo como turista.
  • Se han establecido unos plazos muy concretos para hacer la solicitud. Algo que puede dificultar el proceso de obtención del permiso.

Ciudadanos Venezolanos

Si eres ciudadano venezolano esto es importante para ti.

Se vuelven admitir los pasaportes venezolanos caducados para hacer trámites de extranjería.

Te contamos todo lo que ha sucedido.

Y es que el pasado mes de noviembre de 2024 se dictó una instrucción a través de la cual ya no se iban a admitir los pasaportes venezolanos caducados para hacer trámites de extranjería. Se alegó que los Consulados de Venezuela estaban funcionando con regularidad y a día de hoy no existía problema alguno para que os ciudadanos venezolanos pudieran renovar su pasaporte.

A Parainmigrantes.info nos sorprendió esta decisión ya que somos conscientes de los grandes problemas que tienen los ciudadanos venezolanos para hacer trámites.

Finalmente el pasado día 13 de enero se ha vuelto a publicar una nueva instrucción donde se vuelven admitir los pasaportes venezolanos caducados.

Buenas noticias para los ciudadanos venezolanos que se encuentran en España.

Fin de la Nacionalidad Española por Ley de Memoria Democrática

Otro de los cambios importantes de 2025 es que diremos adiós a la Nacionalidad por Ley de Memoria Democrática.

Por tanto si eres descendiente de españoles tienes hasta octubre para poder solicitar tu nacionalidad española. Te recordamos que además se trata de una nacionalidad de origen que puede cambiar no sólo tu vida sino también la de tus hijos (independientemente de la edad).

Si quieres empezar con tu trámite de Extranjería o solicitar Nacionalidad Española ¡Contáctanos!
Te llamamos y empezamos.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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Un comentario en “Cambios en Extranjería y Nacionalidad en 2025”
  1. Jesus dice:

    Buenos días, el 4 octubre 2024 por medio de un gestor presente solicitud de residencia como nómada digital, a los 10 días requirieron documentos. Se presentó dentro del tiempo. El 7 noviembre recibí una notificación que decía que no se había presentado en tiempo en forma. El 1 de diciembre se presentó recurso de alzada.
    Hace días recibí un mensaje que dice que aún está en curso que debo esperar.

    Por otro lado estoy haciendo un máster, al existir una comunicación que dice que aún está en curso podría solicitar estancia por estudio.

    Que debería hacer?

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