Ayudas al Alquiler durante la crisis del Covid19

EL Gobierno ha aprobado una serie de ayudas para todas las familias que tienen un contrato de alquiler y no pueden asumir ese gasto con motivo de la crisis del coronavirus

Vicente Marín, Abogado Experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director de Parainmigrantes.info, nos da todos los detalles en el siguiente vídeo:

Desde que se declaró el estado de alarma el pasado catorce de marzo, son muchas las medidas que se han implantado en España con la finalidad de evitar la expansión de la enfermedad y hacer frente por otro lado a todas las consecuencias económicas y sociales que está teniendo esta emergencia sanitaria.

Eran muchas las voces que pedían ayudas para hacer frente al pago del alquiler de todas aquellas familias que por el impacto que esta teniendo en España esta crisis no pudieran hacer sus pagos.

De momento el Gobierno ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros determinadas medidas como ayuda al alquiler, microcréditos avalados por el Estado, ayudas directas y la suspensión de desahucios durante algunos meses una vez haya finalizado el estado de alarma.

¿Quién podrá acogerse a estas ayudas para el alquiler de una vivienda?

En un principio podrán acogerse a estas ayudas para el alquiler aquellas personas desempleadas, afectadas por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal, tanto si se ha producido una suspensión temporal o una reducción de la jornada laboral. Igualmente también podrán acogerse a estas ayudas todos los autónomos que no lleguen al límete de tres veces el IPREM.

Estos microcréditos se han habilitado desde el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y facilitará estos créditos sin coste de intereses ni comisiones y todas las familias que se acojan a ellos podrán devolverlo a lo largo de seis años, plazo que se puede prorrogar por otros cuatro años, llegando el plazo a diez años para intentar así hacer el pago del mismo.

Si en determinados casos las familias no pueden hacer frente al pago de estos microcréditos podrán acogerse a ayudas directas del Estado para saldar su deuda.

Estas ayudas se podrán solicitar una vez que entre en vigor el decreto y tendremos un mes para solicitar estas ayudas al alquiler.

ayudas al alquiler

¿Cómo calcularán la pérdida de ingresos para solicitar estas ayudas?

Digamos que podrían existir dos supuestos para calcular o evaluar quién puede acogerse a estas ayudas:

  • Que los ingresos no superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM). Este indicador se incrementará si la persona que solicita la ayuda tiene hijos, personas mayores o con necesidades especiales a cargo. Os recordamos que para este año 2020 el IPREM está en 537,84 euros.
  • Que el importe que debemos abonar en concepto de alquiler sea igual o superior al 35% de los ingresos netos que llegan a nuestra familia.

Las cuantías de las ayudas pueden llegar hasta los 900 euros y suspensión del pago del alquiler hasta cuatro meses.

Las ayudas para el alquiler de vivienda pueden llegar a un importe máximo de novecientos euros al mes y hasta el cien por cien del principal, e intereses del préstamo suscrito, y de doscientos euros la mes para atender diferentes gastos como puede ser mantenimiento, comunidad o suministros básicos con el límite de 100% de los mismos.

El Gobierno asegurará que los pequeños propietarios (propietarios que tengan menos de diez viviendas) recibirán íntegramente las rentas, mientras que los grandes propietarios y fondo buitre deben asumir parte de los gastos derivados de alquiler o reestructurar esos alquileres.

Suspensión de desahucios

Dentro de estas medidas de ayudas al alquiler también se contempla la suspensión de desahucios de familias que no tengan otra alternativa en cuanto a la vivienda.

Igualmente se podrá pedir la prórroga del contrato de alquiler durante algunos meses. Esta prórroga del contrato de alquiler lo podrá solicitar el inquilino desde la entrada en vigor del decreto y hasta dos meses después de que haya finalizado el estado de alarma originado por el Covid19.

Moratoria al pago de las hipotecas de locales comerciales y oficinas

Se extiende la moratoria del pago de las hipotecas para autónomos y empresarios que tengan dificultades para hacer frente al pago de las cuotas de sus locales comerciales u oficinas.

Fuente: Expansión

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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14 comentarios en “Ayudas al Alquiler durante la crisis del Covid19
  1. María Fernanda Toledo dice:

    Buenas tardes, mi nombre es María Fernanda Toledo, soy argentina y vivo en Estella/Lizarra, provincia de Navarra. Estoy hace dos años y nueve meses.
    Llegué el 09/ 10/2017 a España y me empadrone el día 30/10/2017.
    Quisiera saber si el gobierno de España me podría dar la ayuda para pagar el piso y la luz.

  2. Eni Edith Fogassa De Macedo dice:

    Necesito ayuda de alquiler, cómo hago?

  3. María Alexandra Songor Triviño dice:

    Buenos días si yo estoy inscrita por ayuda de hijo acargo también puedo solicitar la ayuda virtual

  4. Gabrioly dice:

    Pero no dicen la página donde uno puede solicitar las ayudas ??

  5. María florencia dice:

    Se me caducó mi nie de larga duración el 04/04/2020 NO HABIA PODIDO CONSEGUIR CITA ANTERIORMENETE ,VIVO EN MALLORCA BALEARES QUE DEBO HACER ? PUEDO HACER LA RENOVACION VIA INTERNET,COMO? GRACIAS

  6. He llamado a mi banco y me han dicho que no saben nada de los creditos que anuncia el gobierno para el alquiler. Y todavía no han recibido ningún comunicado oficial.

  7. Maria radu dice:

    Holla como solicito ayuda de alquiler :

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      puedes contactar con la consejería de vivienda de tu ciudad o si quieres tramitar el microcrédito con tu entidad bancaria.

      1. A un amigo mio le han dicho lo mismo.
        Que os parece?

      2. He llamado a mi banco y me han dicho que no saben nada de los creditos que anuncia el gobierno para el alquiler. Y todavía no han recibido ningún comunicado oficial

        1. Estefanía Parainmigrantes dice:

          Estas ayudas ya están publicadas en el BOE y por tanto deberían tener información… nos sorprende que aún no sepan nada… 🙁

          1. Alatagracais Ramírez moya dice:

            Hola buenas tarde soy.dominicana y nesecito saber si es.verdas que van ayudar a los emigrantes que tiene nie caducado y tiene 11 años viendo en España no tiene trabajo para poder meter los papele y vivo en un pisos y no tengo contrato de alkiler que puedo acer. No meda ayuda para nada tengo un desacios del alkiler que puedo ase en día de hoy señor presidentes no. Puedo pedir el la renta minimán vital se que acer ace más no puedo irme amis país para estar pasado porq el precidenete de republicaca dominicana si te ayida en una situcion así gracias tenemos un prwcidente que resuelve en los económico no para siemprw pero ayUds un saluda ave si me comtezta los mas pronto prohíbe si voy a tener que irme a un piso prprostituta no hya mas nada que acer ?

  8. Y donde lo puedo solicitar….? Aparte mi niño aún no está aún con papeles esta tb incluido?

    1. Youssouf Abdoulaye Diop dice:

      Hola Señor Vicente pues sobre la ayuda de alquiler que ha puesto el Gobierno tengo entendido que es un préstamo que te da el estado para pagarlo en los 6 años posteriores o como maximum 10 años .En mi caso estoy cobrando el subsidio de430 euros entonces el estado con el covid19 no me va a pagar mi alquiler sino tramitar antes la OCI un préstamo pues sería la duda que tengo gracias atentamente

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