¿Qué autorizaciones puedo pedir sin necesidad de trabajar?
Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.
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Hay muchos tipos de autorizaciones de residencia que contempla nuestra normativa según las propias circunstancias del interesado: lo que quiera hacer en España (estudiar, trabajar por cuenta ajena, montar su propio negocio…), los vínculos familiares que pueda tener (familiar de un ciudadano de la UE o de un residente legal)…etc
Pero, ¿está prevista algún tipo de autorización en la que no sea necesario realizar ninguna actividad lucrativa para su concesión? Es decir, ¿podría solicitar una autorización de residencia sin necesidad de trabajar?
Si acudimos al Régimen General de Extranjería, la autorización por excelencia en estos casos es la residencia temporal no lucrativa en la que el interesado podría obtener una autorización de residencia en España si acredita disponer de medios económicos suficientes para mantenerse en nuestro país. Lógicamente, esta autorización estaría limitada a conceder un derecho de residencia y el interesado no podría trabajar, en cuyo caso debería modificar su tarjeta.
Otro supuesto bastante usual es el de los estudiantes extranjeros en España. En primer lugar, debemos tener en cuenta que no se trata de una situación de «residente» sino que es una estancia legal en España que se amplia durante el tiempo de realización de los estudios en cuestión. Pero, a su vez, este visado está limitado a la realización de los mismos, de forma que el estudiante sólo podría trabajar bajo determinados supuestos: fines de semana, media jornada o jornada completa siempre que coincida con el periodo vacacional, y cuyos ingresos no superen el SMI.
Si pasamos a al Régimen Comunitario, previsto para ciudadanos de la UE y sus familiares, para solicitar la Tarjeta Comunitaria o Tarjeta de familiar de comunitario, en ningún caso se le exige al solicitante la disponibilidad de medios económicos, ni la realización de actividad laboral alguna, sino que es el propio ciudadano comunitario quien debe aportarlos a la hora de presentar la solicitud.
Una vez obtenida la tarjeta, el familiar adquiere un derecho a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que un español, salvo que se trate de un familiar «a cargo», cuyo derecho a trabajar estará limitado, puesto que deberá mantener la situación de dependencia económica respecto al comunitario para poder mantener la tarjeta.
Por otra parte, nos encontramos con otro tipo de autorizaciones previstas para supuestos concretos que contempla la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
En base a esta Ley, los inversores extranjeros podrían obtener una residencia legal en España siempre que realicen una inversión significativa en España, tales como:
*Inversión en activos financieros:
-Deuda pública (dos millones de euros).
-Acciones o participaciones sociales de sociedades de capital español (un millón de euros).
-Depósitos bancarios en entidades financieras españolas (un millón de euros).
*Inversión en inmuebles (500.000 euros)
*Inversión en un proyecto empresarial en España (en este caso el importe de la inversión se determinará según el caso en concreto y en atención al impacto en el interés general).
¡Vicente Marín nos lo explica en el siguiente video!

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
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Hola me llamo marcela y me han concedido la.nacionalidad por residencia la cita para la jura la tengo el dia 10 de junio como puedo saber si sigue vijente o esta aplazado la cita donde puedo acudir o escribir para saberlo vivo en granada capital gracias espero su respuesta.
Atención, esta información no es del todo cierta:
«el estudiante sólo podría trabajar bajo determinados supuestos: fines de semana, media jornada o jornada completa siempre que coincida con el periodo vacacional, y cuyos ingresos no superen el SMI.»
El estudiante para poder trabajar necesita que le autoricen previamente, puede hacerlo a jornada parcial (que no es lo mismo que media jornada) o 3 meses máximo a jornada completa (pensado para los meses de verano), y el horario deberá ser siempre compatible con los estudios.
Por otro lado, los ingresos que obtenga no se tendrán en cuenta para acreditar que dispone de ingresos para su manutención, pero es indiferente que superen o no el SMI.
Al menos en Cataluña es así.
me gustaria saber cómo se obtiene la residencia entonces cuando uno se casa con un español ? mi novio y yo tenemos 4 años de relación y viajare paa casarnos y por fin estar juntos para siempre y como quedan mis hijos d mi primer matrimonio cuando me case? uno es de 21 años y el otro tiene 15 años, necesito respuestas y ya he hecho muchas preguntas sin tener una respuesta , agradecería mucho a quien me pueda responder y ski aun teniendo carta de invitación de mi novio , debo llevar dinero en efectivo para los tres o mi novio cubre nuestros gastos? y si me roban el dinero saliendo del aeopuerto? eso esta sucediendo tristemente por favor necesito respuestas puedo ir tranquila sabiendo que mi novio puede cubrir nuestra estadía? pensamos viajar ara enero o febrero