Autorizaciones de residencia en España por la Ley de Emprendedores

Sección de movilidad internacional de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.  Tipos de autorización de residencia en España por la Ley de Emprendedores

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y internacionalización cuenta con una sección de movilidad internacional con el objetivo de fomentar la cultura emprendedora y crear un entorno favorable a la actividad económica y facilitar la entrada de inversión y talento con la finalidad de favorecer el crecimiento económico y la creación de puestos de trabajo.

* ¿Cómo se logra dicho objetivo?

Facilitando la entrada y la residencia (visados y autorizaciones de residencia) en España de las siguientes categorías:

Inversores

Emprendedores

Profesionales altamente cualificados

Formación I+D+i

Traslado Intraempresarial

autorizaciones de residencia* ¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos extranjeros, de fuera de la UE, que no sean beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia.

* ¿Dónde hay que dirigirse para solicitarlo?

– Para los visados: Consulado de España en el país de procedencia o residencia.

– Para las autorizaciones de residencia: Unidad de Grandes Empresas – Colectivos Estratégicos.

* ¿Qué documentos deben presentarse?

– Documentos generales:

  • Documento de identidad o pasaporte. El solicitante debe ser mayor de 18 años.
  • Documentos de acreditación del seguro médico. Se debe contar con un seguro público o privado concertado con una entidad autorizada para operar en España.
  • Certificado de antecedentes penales. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido en los últimos 5 años.
  • Acreditación de los medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.

– Documentos específicos de cada categoría:

* ¿Qué beneficios adicionales existen?

– Autorización de residencia válida para todo el territorio nacional.

– Tramitación conjunta de la autorización y / o visado del cónyuge e hijos.

– Es posible realizar los trámites relacionados con los visados y con la autorización de residencia a través de representante.

– No se aplica la Situación Nacional de Empleo.

– Autorización única para residir y trabajar.

– Presentación de la solicitud de autorización en cualquier registro público en España.

– Agilización de la tramitación:

  • Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles.
  • Autorizaciones de residencia resueltas en 20 días.
  • Los procedimientos de autorización se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas – Colectivos Estratégicos.

Más información:

* Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social)

* Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España

* Oficinas Económicas y Comerciales de España en el extranjero

* Dirección General de Comercio e Inversiones. Secretaria de Estado de Comercio. Ministerio de Economía y Competitividad

* ICEX-Invest in Spain

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