Autorización de salida de menores de edad de Ecuador

Procedimiento de solicitud de una autorización de salida de un menor desde Ecuador a otro país, y desde España a otros países en el Espacio Schengen

Si tenemos un hijo menor de edad, o cualquier otro familiar también menor de edad y queremos que realice un viaje sin ir acompañado de sus padres o representantes legales, debemos tramitar una autorización de salidad del país. Y esta autorización la podemos solicitar ante el Consulado de Ecuador en España.

embajada de ecuador en españaSi la autorización la solicitamos para que el menor viaje desde Ecuador a otro país, deberemos cumplir los siguientes requisitos:

* Presencia de ambos padres o de quien tenga la patria potestad con original y 2 fotocopias de cédula o pasaporte ecuatoriano.

* Original y 2 fotocopias de la partida de nacimiento ecuatoriana o inscripción de nacimiento del menor.

* Si no posee la partida de nacimiento puede presentar el original y dos copias de la cédula de ciudadanía del menor.

* Datos de la persona responsable que se encargará del menor (nombres, apellidos y número de cédula).

* En caso de ser un solo padre el que tenga la patria potestad deberá presentar la respectiva sentencia judicial certificada, en caso de ser sentencia extranjera deberá estar apostillada.

* En caso de que el menor viaje con uno de sus padres, deberá realizar la autorización el padre que se encuentre en España y debe autorizar la salida del menor desde Ecuador.

Recomendaciones: conforme determina el art. 12 del Reglamento a la Ley de Documentos de Viaje, menores de edad residentes en el extranjero, que viven en España, y permanezcan menos de noventa días en el Ecuador NO requieren autorización de salida del país. Para lo cual deberán justificar su domicilio en el exterior con la tarjeta de residencia o documento expedido por la autoridad del país de residencia, con lo que justifica su domicilio habitual.

Cuando un menor de edad ingresa al Ecuador solo con pasaporte español, se acoge a las disposiciones legales que se aplica a todo ciudadano extranjero, en este caso el menor NO requiere autorización de salida del país ya que ingresa como turista y puede permanecer hasta un máximo de 90 días. Si el menor sobrepasa este tiempo, deberá pagar una multa de 200 dólares por contravención migratoria.

El coste de la autorización es de 14 €, que deberán pagarse en efectivo, o bien con tarjeta de débito o crédito en el momento de la solicitud, y se entregará en el mismo día.

El trámite es personal.

Los pasaportes o cédulas deben estar vigentes.

La autorización tendrá una validez de 90 días.

Si la autorización se solicita para un viaje desde España a otros países del Espacio Schengen, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

* Presencia de uno o ambos padres.

* Original y 2 fotocopias de las cédulas o pasaportes ecuatorianos en vigor y tarjeta de residente (NIE) del o los padres otorgantes de la autorización.

* Original y 2 fotocopias de la partida de nacimiento ecuatoriana o inscripción de nacimiento del menor.

* Original y 2 fotocopias del pasaporte ecuatoriano del menor y de su tarjeta de residencia (NIE).

* Si no posee la partida de nacimiento puede presentar el original y dos copias de la cédula de ciudadanía del menor.

* Datos del destino del viaje; motivo del viaje (estudios, vacaciones, paseo estudiantil, etc), tiempo del viaje (fechas de ida y vuelta). De ser pertinente, nombre de la persona que viajará con el menor.

* En caso de viaje estudiantil se sugiere presentar la carta original del Instituto educativo y dos fotocopias.

El coste de la autorización es de 14 €, que deberán abonarse en efectivo, con tarjeta de débito o crédito en el momento de la solicitud, y se entregará en el mismo día.

El trámite es personal.

Los pasaportes o cédulas deben estar vigentes.

Embajada del Ecuador

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