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¿Cuáles son los derechos de los extranjeros con hijos españoles menores de edad? Una sentencia del Tribunal Supremo concede el derecho a un padre para que prorrogue su residencia temporal y pueda cuidar de su hijo. Esto ha ocurrido después de que se cumpliera el plazo de un año que la ley establece para conceder la residencia temporal por razones excepcionales.
Deja sin efecto el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que denegaba tal prórroga. Ahora podrá tener esta autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar.
El Tribunal Supremo fija el carácter prorrogable para la autorización de residencia temporal por razones excepcionales
La sentencia fija como criterio que las autorizaciones de residencia temporal en España por razones excepcionales recogidas en el Reglamento de la Ley de Extranjería podrán prorrogarse más de un año, independientemente de que el titular pueda solicitar la autorización de residencia, o de residencia y trabajo, si cumple los requisitos necesarios.
En 2013, la Subdelegación del Gobierno en Alicante le denegó la prolongación del permiso a este padre, dejándole en situación irregular en el país y sujeto a una posible expulsión, al entender que la Ley de Extranjería no contemplaba una ampliación. Recurrió, pero el Juzgado de lo Contencioso de Alicante, junto al Tribunal Superior de Justicia de Valencia, secundaron esa decisión.
Y es que anteriormente, el progenitor debía modificar una vez transcurrido el año a un permiso de residencia (cuenta ajena, cuenta propia o no lucrativa). Para renovarlo era necesario cumplir unos requisitos de empleo y cotización que teniendo que cuidar de hijos menores de edad, era realmente difícil. Al no poder hacerlo, quedaban en situación irregular (irregularidad sobrevenida).
Ahora, el Tribunal Supremo destaca que, el apartado 1 del artículo 130 del Reglamento de la Ley de Extranjería 4/2000, es una norma que dificulta una respuesta segura en su aplicación. Además, puede plantear dudas sobre si el año constituye el máximo de las autorizaciones, incluyendo sus prórrogas. El Supremo zanja así las posibles interpretaciones y decide que sí se puede prorrogar el arraigo familiar.
Dudas planteadas sobre su vigencia
El objeto de estas autorizaciones es responder a las situaciones de excepcionalidad. Por tanto, su vigencia debe ser aquella en la que perdure tal situación. Y no se prolongará más de lo necesario para afrontar la excepcionalidad.
En cuanto al caso analizado, es ilógico que tras un año permaneciendo la situación excepcional se deniegue la prórroga si el hijo está a cargo del progenitor y vive con él o cumple sus obligaciones paternofiliales. Vulnera la protección jurídica del menor y contradice la web del Ministerio del Interior al informar que los titulares de una autorización concedida por la Secretaría de Estado de Seguridad, o autoridad en quien delegue, podrán prorrogar la autorización si las autoridades competentes aprecian que persisten las razones que motivaron su concesión.
La opinión de los expertos
Por su parte, la Asociación de Abogados Extranjeristas ha celebrado la sentencia. “Se trata de niños que, bien por ser nacidos en España, bien porque uno de sus padres sea español, o por alguna otra circunstancia, son españoles de pleno derecho, pero se encontraban con que sus padres no podían cuidar de ellos por estar en situación irregular y amenazados de expulsión”, afirman.
Puede consultar la sentencia completa del Tribunal Supremo aquí.
Fuente: Consejo General de la Abogacía Española
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Hola, que bueno se preocupen por la situación en que quedan estos menores que nacen aquí y solo porque sus padres están irregulares ese pequeño también lo está hablo especialmente el caso de los cubanos, ya sabemos que Cuba te da derecho de darle la ciudadanía cubana a los hijos de cubanos nacidos en el exterior, peroooo no es obligatorio ni automática, hay que hacer y cumplir varios requisitos para optar, el caso es que de verdad me alegra mucho esta nueva senténcia, ya que a la larga o a la corta ese pequeño va hacer español y sus padres van a coger papeles si o si pero nada todo se hace muy difícil sobre todo cuando hay niños que no piden ni cuando ni donde nacer. No acabo de entender como hay lugares de España que asignan l nacionalidad española por valor simple presunción a los hijos de cubanos y en otros como en Canarias no.
Hola Tengo mi recidencia primera Renovacion pero esta caducada ase 10 años
Sera posible mi renovacion cual seria el tramite buenas tardes