Autorización de regreso. Navidad 2018

Ante la proximidad de la temporada de Navidad 2018 y el consiguiente movimiento de viajeros durante estas fechas, la Dirección General de la Policía / Comisaría General de Extranjería y Fronteras de Alicante ha emitido esta Instrucción aplicable, no obstante, a todo el territorio nacional español acerca de la solicitud y tramitación de las autorizaciones de regreso:

Hoja informativa de la Oficina de Alicante, sobre la Autorización de Regreso en Navidad 2018

Autorización de regreso. Navidad 2018

Transcribimos la información contenida en la nota informativa sobre la autorización de regreso en Navidad 2018:

A. NO es necesario solicitar autorización de regreso:

1.- Si usted va a regresar a España entre el 12 de Noviembre de 2018 y el 13 de enero de 2019NO viaja en avión y se encuentra en uno de los siguientes casos:

a. Tiene en trámite la renovación de su autorización.

b. Tiene concedida la renovación y la fecha para comparecer en la Oficina de expedición de la TIE (para realizar el trámite de la huella) es posterior a la fecha de salida de España.

c. Tiene concedida la renovación, ha puesto huella y la fecha de retirada de su nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es posterior a la fecha de sus salidas de España.

2.- En el puesto fronterizo terrestre o marítimo, deberá presentar la siguiente documentación, que sustituye a la autorización de regreso:

  • Pasaporte o documento de viaje en vigor.
  • Tarjeta caducada.
  • Resguardo de la solicitud de renovación.

B. Es necesario solicitar autorización de regreso:

En cualquier otro supuesto distinto de los señalados en la letra A.

ATENCIÓN – MUY IMPORTANTE

Con motivo de la modificación introducida en el Reglamento 562/2006, de 15 de marzo por el que se establece el Código de Fronteras Schengen, la autorización de regreso sólo será documento válido para cruzar la frontera a través de puestos fronterizos españoles y no a través de otros puestos de cualquier otro Estado Schengen.

Si desea saber cómo solicitar una autorización de regreso pulse aquí

*Información obtenida a través de la página web de la Subdelegación del Gobierno en Alicante.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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2 comentarios en “Autorización de regreso. Navidad 2018
  1. Hola:

    En Aluche no están dando la autorización de regreso aunque se trate de viajes en avión. Sólo la dan si tienes cita para ese mismo día, pero no en las situaciones de citas después de la fecha de viaje.

    ¿Sabéis si efectivamente la instrucción se refiere sólo a viajes que no sean en avión? ¿O éstos también estarían incluidos?

    Muchas gracias de antemano. Saludos.

  2. karim dice:

    Hola,

    Yo tengo una autorización de regreso que caduca el el 30/12/2018 y actualmente estoy fuera de España. el estado de mi expediente es en vía de recurso . En esta caso también puedo entrar a España aunque tenga el permiso de residencia y autorización de regreso caducados ?

    Muchas gracias

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