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Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 3 de agosto de 2018, por el que se dispone la creación de la Autoridad de coordinación de las actuaciones para hacer frente a la inmigración irregular en la zona del Estrecho de Gibraltar, mar de Alborán y aguas adyacentes y se establecen normas para su actuación.
El Boletín Oficial del Estado publicó el 25 de enero de 2019 la Orden PCI/44/2019, por la que se publica el Acuerdo para la modificación del Acuerdo por el que se dispone la creación de la Autoridad de Coordinación de las actuaciones para hacer frente a la inmigración irregular en la zona del Estrecho de Gibraltar, mar de Alborán y aguas adyacentes y se establecen normas para su actuación.
Del cual destacamos que:
- (…) se ha detectado la necesidad de incorporar al citado órgano a un representante de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, dada la evidente conexión de las funciones encomendadas al citado órgano superior con las del Centro de Coordinación.
- Asimismo, también se ha estimado pertinente incluir una representación de las Delegaciones del Gobierno en Andalucía, en Ceuta y en Melilla.
- Se modifica el punto 3 del apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 3 de agosto de 2018, por el que se dispone la creación de la Autoridad de coordinación de las actuaciones para hacer frente a la inmigración irregular en la zona del estrecho de Gibraltar, mar de Alborán y aguas adyacentes y se establecen normas para su actuación, que pasa a tener la siguiente redacción:
- En el Centro de Coordinación se integrarán representantes de las Fuerzas Armadas, FRONTEX, Centro Nacional de Inteligencia, Guardia Civil, Policía Nacional, Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera, Secretaría de Estado de Migraciones, Capitanías Marítimas, Delegaciones del Gobierno en Andalucía, en Ceuta y en Melilla, SASEMAR y Cruz Roja, debiendo aportar cada uno de estos organismos al Centro de Coordinación los recursos humanos y medios materiales, en particular informáticos y de comunicaciones, que aseguren en todo momento el enlace de este Centro con los órganos, organismos, instituciones y demás entidades a que representan. Asimismo, se actuará en cooperación con el Centro de Emergencias de la Comunidad Autónoma.
- Efectos y publicidad: El presente Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.
Fuente: B.O.E.
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