Arraigo Social. Video 4: Contrato de Trabajo

¡IMPORTANTE! Con la entrada en vigor de la reforma laboral a partir del día 31 de Marzo de 2022, debes de tener en cuenta lo que te mencionamos a continuación sobre el contrato https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social-con-contrato/

Todo el procedimiento para solicitar el arraigo social conforme al nuevo reglamento de extranjeria aprobado por Real Decreto 557/2011 explicado en una serie de videos. El tercer requisito es contar con un contrato de trabajo.


El contrato de trabajo en el arraigo social:

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.

2. Carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia por delitos tipificados en el ordenamiento español.

3. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.

4. No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.

5. Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.

6. Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual. En caso de que el informe no haya sido emitido en el plazo de 30 días, circunstancia que habrá de ser debidamente acreditada por el interesado, podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba admitido en derecho.

7. Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La empresa también deberá garantizar la actividad continuada, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato.

Si es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo (532,51 euros mensuales en este año 2011). Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200% (1065,02 euros en este año 2011). Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional(1065,02+266,26 euros).

En el sector agrario, se podrán presentar dos contratos con distintos empleadores y concatenados, con una duración mínima cada uno de ellos deseis meses.

También se admite la presentación de varios contratos en una misma ocupación, trabajando simultáneamente para más de un empleador, todos deduración mínima de un año y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas en cómputo global.

Se podrá eximir la presentación del contrato en el supuesto de que se acredite que se cuenta con medios económicos suficientes o que éstos derivan de una actividad por cuenta propia, y siempre que lo recomiende el informe de integración social que emita la Comunidad Autónoma.

 

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7 comentarios en “Arraigo Social. Video 4: Contrato de Trabajo
  1. Isabel dice:

    Buenos días, enhorabuena por los videos son instructivos y faciles de entender.
    Tengo una pregunta. Si se presentan las solicitudes de extranjería con tres contratos indefinidos a tiempo parcial donde la suma de los contratos supera las 40 horas, una vez concedida la extranjería y antes de dar de alta al trabajador se pueden modificar los contratos, o agrupar en uno solo siempre y cuando las horas contratadas no sean menos de 30 horas?

    Muchas gracias

  2. URGENTE!!!!!!
    Buenas, para que se me exima de la presentación del contrato de trabajo para solicitar arraigo y regularizar mi situación debo demostrar que cuento con medio económicos para vivir y permanecer en España. En estos momentos mi hermana se está haciendo cargo de mi puesto que no he podido encontrar un contrato para renovar mis papeles.

    MI pregunta es: Qué debo presentar exactamente? Dónde? No tengo nada claro lo de los medios de vida económicos demostrables.

    Gracias.

  3. David dice:

    Para solicitar el arraigo social de una trabajadora doméstica, puede hacerlo con un único contrato de 30 horas? Se considera 30 horas jornada completa?
    Gracias

  4. karim dice:

    ki documentos tengo ki llevar conmigo el dia de la cita

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Karim, aquí te dejo la información sobre el Arraigo Social https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social/

      1. Hola mi nombre asim yo vive en sant cugat dell valles yo buscar un cantrato de arrigo social

  5. melissa dice:

    requisitos para solicitar la autorizacion de residencia y trabajo.

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