Arraigo Social: Requisitos y trámite


Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo Social.

Ver también Arraigo Laboral.
Videotutorial. Rellenar solicitud de arraigo social y familiar.

1. De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero , en atención a las circunstancias excepcionales que concurran, se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos determinados en este artículo, siempre que no haya mala fe del solicitante.

2. Se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo, en los siguientes supuestos:

  1. Por arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.
  2. A los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, cuenten con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año y bien acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes, bien presenten un informe que acredite su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.A estos efectos, los vínculos familiares se entenderán referidos exclusivamente a los cónyuges, ascendientes y descendientes en línea directa.
  3. Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

3. Se podrá conceder una autorización por razones de protección internacional a las personas a las que el Ministro del Interior, a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, haya autorizado la permanencia en España conforme a lo previsto en el artículo 17.2 de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado , en los términos previstos en el artículo 31.3 de su reglamento de aplicación , así como a los extranjeros desplazados en el sentido regulado por el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, aprobado por el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre . Asimismo, se podrá conceder una autorización de residencia temporal en los casos a los que se refieren los artículos 31.4 y 34.1 del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado.

4. Se podrá conceder una autorización por razones humanitarias, en los siguientes supuestos:

  1. A los extranjeros víctimas de los delitos tipificados en los artículos 311 a 314 del Código Penal , de delitos en los que haya concurrido la circunstancia agravante de comisión por motivos racistas, antisemitas o de otra clase de discriminación, tipificada en el artículo 22.4, del Código Penal , o de delitos por conductas violentas ejercidas en el entorno familiar, en los términos previstos por la Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de protección de las víctimas de violencia doméstica , siempre que haya recaído sentencia por tales delitos.
  2. A los extranjeros que acrediten sufrir una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, de imposible acceso en su país de origen, y que el hecho de ser interrumpida o de no recibirla suponga un grave riesgo para la salud o la vida.A los efectos de acreditar la necesidad, será preciso un informe clínico expedido por la autoridad sanitaria correspondiente.
  3. A los extranjeros que acrediten que su traslado al país del que son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implica un peligro para su seguridad o la de su familia, y que reúnen los demás requisitos para obtener una autorización temporal de residencia o de residencia y trabajo.

5. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, se podrá conceder una autorización a las personas que colaboren con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales, o cuando concurran razones de interés público o seguridad nacional que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. A estos efectos, dichas autoridades podrán instar a los organismos competentes la concesión de la autorización de residencia o de residencia y trabajo a la persona que se encuentre en alguno de estos supuestos.

6. En virtud de su carácter excepcional, las autorizaciones concedidas con base en este artículo, así como sus renovaciones, tendrán una vigencia de un año, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 47 y en la normativa de asilo.

7. La concesión de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales concedida por los supuestos de arraigo, con excepción de la que se conceda a los menores de edad, llevará aparejada una autorización de trabajo en España durante la vigencia de aquélla. En la misma situación se hallarán las personas previstas en el artículo 31.3 del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado.

En los demás supuestos, el extranjero podrá solicitar, personalmente, la correspondiente autorización para trabajar en los registros de los órganos competentes para su tramitación. Dicha solicitud podrá presentarse de manera simultánea con la solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales o bien durante el período de vigencia de aquélla, y en su concesión será preciso acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los párrafos b, c, d y e del artículo 50 . No obstante, los requisitos a que se refiere el párrafo c del artículo 50 se acreditarán en los términos establecidos en el apartado 3 del artículo 51 de este reglamento.

Artículo 46. Procedimiento.

1. La autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, que no requerirá visado, deberá ser solicitada personalmente por el extranjero ante el órgano competente para su tramitación, salvo en el caso de menores o incapaces, en el que podrá presentar la solicitud su representante legal, acompañada de la siguiente documentación:

  1. Pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de cuatro meses. En los términos fijados en la resolución del Ministro del Interior por la que se autorice la permanencia del interesado en España en los casos del artículo 17.2 de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado , se podrá eximir de este requisito.
  2. En los casos en que se exija, contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario con una duración mínima de un año, cuyos efectos estarán condicionados a la entrada en vigor de la autorización de residencia y trabajo solicitada.
  3. Documentación acreditativa de encontrarse en alguna de las situaciones a las que se refiere el artícuLo anterior.

2. En particular, para acreditar que se reúnen las condiciones establecidas para los supuestos de arraigo, la documentación aportada deberá ajustarse a las siguientes exigencias:

  1. En caso de que el interesado fuera mayor de edad penal, deberá aportar certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país o países en que haya residido durante los cinco años anteriores a su entrada en España, en el que no deberán constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español.
  2. En el supuesto de arraigo laboral, a los efectos de acreditar la relación laboral y su duración, el interesado deberá presentar una resolución judicial que la reconozca o la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección deTrabajo y Seguridad Social que la acredite.
  3. En los supuestos de arraigo acreditado mediante informe emitido por un ayuntamiento, en éste deberá constar el tiempo de permanencia del interesado en su domicilio, los medios de vida con los que cuente, su grado de conocimiento de las lenguas que se utilicen, la inserción en las redes sociales de su entorno, los programas de inserción sociolaboral de instituciones públicas o privadas en los que haya participado y cuantos otros extremos puedan servir para determinar su grado de arraigo.

El ayuntamiento correspondiente podrá recomendar que se exima al extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo, siempre y cuando acredite que cuenta con medios de vida suficientes.

3. En los supuestos de solicitudes presentadas por las víctimas de los delitos por conductas violentas ejercidas en el entorno familiar, los interesados podrán presentar la solicitud cuando se haya dictado a favor de la víctima una orden judicial de protección, y podrá concederse la autorización de residencia una vez que haya recaído sentencia por los delitos de que se trate.

4. El órgano competente podrá requerir del solicitante que aporte los documentos señalados en los artículos anteriores u otros documentos que sean necesarios para justificar los motivos de la solicitud, y le manifestará que, de no hacerlo en el plazo que se señale en la notificación, que no podrá ser superior a un mes, se le tendrá por desistido de la solicitud y se producirá el archivo del procedimiento.

5. Asimismo, el órgano competente podrá requerir la comparecencia del solicitante y mantener con él una entrevista personal. Cuando se determine la celebración de la entrevista, en ella deberán estar presentes, al menos, dos representantes de la Administración, además del intérprete, en caso necesario, y quedará constancia de su contenido mediante un acta firmada por los presentes, de la que se entregará copia al interesado. Si los representantes de la Administración llegaran al convencimiento de que existen indicios suficientes para dudar de la identidad de las personas, de la validez de los documentos o de la veracidad de otras circunstancias en que se ha basado la solicitud, se recomendará la denegación de la autorización y se remitirá copia del acta al organismo competente para resolver. En caso de que surgieran dudas sobre el criterio a seguir, el órgano competente deberá elevar la consulta correspondiente a la Dirección General de Inmigración.

6. En los supuestos a los que se refiere el apartado 5 del artículo anterior , la competencia para su resolución corresponderá:

  1. A la Secretaría de Estado de Seguridad cuando la autorización esté basada en la colaboración con las autoridades policiales, fiscales y judiciales y en los casos de seguridad nacional. A la solicitud basada en estos supuestos se acompañará el informe dede la jefatura correspondiente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ya sean del Estado, ya sean de la comunidad autónoma, así como, en su caso, el de la autoridad fiscal o judicial, para acreditar las razones que la sustentan.
  2. A la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración en los casos de colaboración con las demás autoridades administrativas y por razones de interés público.
  3. En los supuestos de los párrafos a y b, las autoridades mencionadas podrán delegar las facultades conferidas en los Subdelegados del Gobierno o en los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas uniprovinciales. Igualmente, en el caso del párrafo a) esta facultad podrá delegarse en el Director General de la Policía o en el Comisario General de Extranjería y Documentación.

7. La eficacia de la autorización concedida en el supuesto de arraigo del artículo 45.2.b de este reglamento estará condicionada a la posterior afiliación y alta del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación realizada al solicitante. Cumplida la condición, la autorización comenzará su período de vigencia.

8. En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales o, en su caso, desde su entrada en vigor, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero.

Artículo 47. Renovación y cese de la situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

1. Los titulares de una autorización concedida por el Secretario de Estado de Seguridad, o autoridad en quien delegue, podrán renovar la autorización siempre que se aprecie por las autoridades competentes que permanecen las razones que motivaron su concesión. Solamente en el caso de que las autoridades concluyesen que han cesado las razones que motivaron su concesión, podrán solicitar una autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos por este reglamento para su obtención, con excepción del visado.

2. Los supuestos de autorizaciones por circunstancias excepcionales concedidas por los motivos recogidos en el apartado 3 del artículo 45 se regirán para su renovación por la normativa de asilo y protección temporal aplicable.

3. En las autorizaciones concedidas por los demás supuestos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 98 , los titulares de la autorización podrán solicitar una autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos para su obtención, incluida la titularidad de las licencias o permisos administrativos imprescindibles para el puesto que se pretende ocupar.

4. Los extranjeros podrán solicitar la autorización de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo o, cuando se haya previsto, la renovación de la autorización por circunstancias excepcionales, durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de su autorización. La presentación de la solicitud en este plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido.

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208 comentarios en “Arraigo Social: Requisitos y trámite
  1. Celeste dice:

    Hola!
    Me gustaría saber si hay alguna posibilidad de pedir un informe a inmigración o qué es lo que hay que hacer para demostrar los 3 años en España a la hora de solicitar la residencia por arraigo. El caso es que el pasaporte se renovó por pérdida y con esta documentación sólo puede demostrarse poco más de 1 año..
    Desde ya, muchas gracias por la ayuda!

  2. Alan Morales dice:

    Saludos,

    Cuando se habla de 3 años de permanencia continua en España, queda sobre entendido que que haya sido legalmente?

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      En relación al arraigo social se exige una permanencia continuada en España de tres años, es decir, la mera estancia en situación irregular. Este tipo de autorización está prevista exactamente para eso, como una vía para poder regularizar a las personas que se encuentran en esta situación siempre que se cumplan los requisitos de la adquisición de esta tarjeta.

  3. Alina dice:

    Hola! Qeria preguntar,para arraigo social los tres anos que vivo en Espana empiezan contar desde el primer dia que llegue o desde el primer dia de el empadronamiento? Lo que paso, que cuando llugue a Espana no me empandrone al principio, como tenia la tarjeta de estudiante, luego la cambie por refugiado y ahora quiero cambiar por arraigo social,pero el problema es que abogados a donde fui yo me dijieron quelos tres anos se cuentan desde el primer dia de empadronamiento,pero como es posible,si al momento cuando me empadrone ya llevaba medio ano aqui estudiando.Muchisimas gracias,espero su respuesta.Un saludo

    1. Hola alina, mi caso es parecido, haz recibido respuesta?

  4. ROSA AGUILAR DELGADO dice:

    HOLA,,MIRA SOY TRABAJADORA FAMILIAR Y TENGO UN USUARIO NIGERIANO QUE ES INVIDENTE,,TIENE TRES AÑOS VIVIENDO AQUI EN BARCELONA..HE LEIDO QUE HAY AXCEPCIONES,PARA ALGUNOS CASOS COMO ESTOS,,,TENGO POSIBILIDAD DE CONSEGUIR LA RESIDENCIA POR ARRAIGO,,PARA ESTA PERSONA,,HAY QUE PRESENTAR ALGUN DOCUMENTO APARTE DE LOS ANTES MENCIONADOS EN ESTOS CASOS,AGRADEZCO TU RESPUESTA,ME ENCANTA TU PAGINA..

  5. Estoy preparando para tramitar la resedencia por el arraigo a mi marido tengo el contrato de trabajo de un año pero la vivienda la compartemos con un amigo.
    Lo de vivienda podemos tener algún problema?
    Muchas gracias por vuestro atención!

  6. Hola, yo ya hace 8 años que resido en españa y he tratado de conseguir la renovación del NIE que lo tengo vencido desde el año 2014 y lo he intentado por arrzaigo laboral pero me lo denegaron por que la empresa en la que trabajo no consta con los medios suficientes para contratarme.
    No se que hacer porque tengo ingresos desde mi pais Uruguay pero son muy pequeños y gracias a dios tengo trabajo en la misma empresa que intento hacerme los papeles pero el problema es que no quiero denunciarlos ya que gracias a dios yo tengo ese ingreso mensual, ademas me dedico los fines de semana a la instalación de vallas de piscina por mi cuenta y aunque tengo facturas de compra y recibos de cobro no se como puedo hacer el proyecto como autonomo para ver si tengo suerte con los papeles.
    Por otro lado toda mi familia ya consiguio la ciudadania española por lo que mi madre y mis hermanos tienen DNI pero falta que yo consiga los papeles y se me ha complicado demasiado.
    Espero me orienten para poder solicitar los papeles.
    Un saludo, Iván

  7. Tarik dice:

    Buenas,
    Quería saber cuánto dinero pide extranjería como acreditación para eximir al extranjero de contar con un contrato de trabajo, en mi caso que llevo 9 años en España y actualmente vivo con mi hermano, quería saber si puedo tramitar mi arraigo social con los medios económicos de mi hermano ya que vivo con él y dependo de él, espero su respuesta y muchas gracias.

    (Mi hermano reside de forma legal y cuenta con un trabajo cuyo contrato es indefinido por lo que no tendría ningún problema en presentar los medios económicos de mi hermano)

    Un saludo

  8. Maria dice:

    Hola a pesar de cumplir con los requisitos para arraigo social, extranjeria no quiere recibirme los documentos ya que dicen que al tener pareja de hecho debería vivir con mi pareja, y por motivos de trabajo estamos viviendo en diferentes comunidades, quisiera información gracias!

  9. Patricia Rodriguez dice:

    Buenas noches, voy a cumplir tres años en España y quiero regularizar mi situación pero yo inicialmente vine con una visa de estudiante y tengo un año y medio como estudiante y otro año y medio en situación irregular. ¿Puedo pedir el arraigo social bajo estas dos condiciones ya que tendría los tres años continuos dentro de España? Gracias de antemano.

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      no deberían ponerte ningún problema por eso para que puedas tramitar tu arraigo social

  10. ganni dice:

    hola a todos
    me han pedido un requerimineto que no se que es:
    Prestacion de los modelos trimestrales de estimacion objetiva MOD 131 de los ultimos 12 meses

    me pueden explicar que es y donde se solicita?

    Gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Los autónomos, profesionales y socios de sociedades civiles y comunidades de bienes deben de declarar el beneficio de su actividad económica y tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Por ello, estos contribuyentes están obligados a efectuar cuatro pagos fraccionados trimestralmente a cuenta de la futura declaración de la renta anual.

      El modelo 131 es el modelo de pago fraccionado para aquellos que se encuentren en estimación objetiva, más conocida como “módulos”.

      1. ganni dice:

        hola de nuevo Azahara

        resulta que mi jefe no realiza pagos fraccionados del modelo 131 ya que esta en el régimen agrario de módulos y sus ingresos están sometidos a retención,

        entonces que hago?

        1. Azahara Parainmigrantes dice:

          conteste al requerimiento aportando todos los documentos que acrediten la solvencia económica de la empresa

  11. Erica López dice:

    Hola yo llevo 3 años pasados en España y quiero saber de q forma obtener un permiso de residencia gracias me ayudara mucho

    1. Vicente Marín dice:

      Erica, puedes regularizar tu situación a través del arraigo social, aquí tienes toda la información https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social/

  12. Felipe dice:

    Hola: Agradezco todo el trabajo que hacen cada día y deseo que este 2014 este lleno de trabajo y salud.
    Mi consulta es: tengo que renovar mi pasaporte con el que entre en España. Trabajo por cuenta ajena y en junio debo renovar mi NIE. Qué pasa si renuevo el pasaporte de mi país de origen…puede este acto perjudicarme, entendiendo que cuando renuevas debes entregar el pasaporte antiguo. Muchas gracias,
    Felipe

  13. hola yo soy un chico arabe de 25 años ya tengo la permanencia de 3 años en españa os quiero preguntar si me sirve un contrato de trabajo como empleado de hogar ( limpieza ) para solicitar el arraigo social espero vuestra respuesta muchas gracias

    1. Estefanía Guadix dice:

      Momo,el contrato de empleado de hogar es válido para tramitar el arraigo social. Aqui le dejo un enlace con toda la información https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social/

      1. hola estefania muchas gracias te agradezco muchisimo que dios te bendiga saludos

  14. quiero saber cuando sale arraigo favorable puedo annular lo porque un mes antes salr un recorso para renovar una resedencia he hecho antes sale ahora favorable tambien

  15. juliablandonmorales dice:

    hola espero me perdone por no saver comunicarme pero voy aser lo mas sencillo mi pasaporte se vence el mes q tengo que meter los papeles noes si se puede con el comprobante de la envajanda que ya esta solisitado el renobar pasaporte gracias

  16. antonia dice:

    Señor Vicente Marín,he tratado de comunicarme con usted llamando al nº de telefono que indica, lo que ha sido imposible ya que no se realiza la conexión. Mi pregunta és: según algunos textos que he leido en esta misma pagina, entre España y Chile existen unos tratados internacionales de extranjería, por medio de los cuales , se supone que a los chilenos, se nos puede contratar en cualquier puesto de trabajo… «sin tomar en cuenta la situación laboral de España». Quisiera saber si eso és efectivo y si me valdría al momento de solicitar el Arraigo Socíal. Quedando a la espera de su respuesta, le saluda ATTE. Antonia

  17. hola. al final del documento y de varios titulos precedidos por fotos de personas, algunas con la flecha que indica video; aparece una fecha inquietante que no sé cómo debo interpretar (11 marzo, 2009) tiene que ver con el artículo que deseo leer o con la página de faceboock?

  18. henrique dice:

    hola me gustaria saber como podria sacar algun papel q me de derecho a trabajo o residencia aqui, tengo tajeta de la seguridad y otros papeles q e estado aqui desde 2003 pero en el empadronamiento solo me ensenha cmo si tuviera 1 año

  19. analia dice:

    hola yo quisiera saber q nececito pa solicitar la documentacion llevo 3 años aqui y tengo un hijo d un año q es reconocido por el padre pero q el padre fue deportado cuando tenia 2 meses

  20. carlos hernando dice:

    mira presente todos los papeles q me han pedido llevo 10 meses esperando y todabia dice en tramite quisiera saber xq es e ido x todo lados incluso en la plataforma de ayuda a emigrantes de murcia y me dicen nada . q talves sea un problema de empresa y q enpiese todo los documentos de nuevo cosa q no hare x falta de recursos y tiempo perdido ademas la empresa tiene todo en regla y y no tienen problemas en aportar la documentacion q requieran y si hubiera estado algo mal no me hubieran dado ni la cita , si podeis responder lo agradeceria y si alguien le a ocurrido algo parecido deje su comentario para saber algo. gracias

  21. penda dice:

    llevo 3 años en españa cons prueba de documentos pero 2 años y medio de padromiento por favor quiero saber si puedo solicitar ya el arrraigo social muchas gracias

    1. patry dice:

      hola tengo tres años y medio de estar aca en españa pero solo tengo un año de empadronamiento, tengo recibos q he estado permanente . Me gustaria saber si tengo posibilidades x hacer papeles. Gracias.

  22. angelica dice:

    que pasa con los paises que tienen un acuerdo de los hijos nacidos en españa eran de origen de los padres y con esta nueva ley los niños que tenemos ahora son por Ej.boliviano de nacimiento pero con la boble nacionalidad la pierden gracias.

  23. edison dice:

    tengo a mi pareja que quiere solicitar el arraigo social lleva mas de tres años aca que hay que hacer
    saludos edison

  24. carlos dice:

    ¿que papeles de ella y del empleador debe aportar una georgiana para solicitar arraigo por trabajo en el hogar?

  25. patricia calle dice:

    hola me gustaria tener sus email para imigrantes.info para poder haserle algunas consultas y gracias por el invio de informacion sobre todo lo relasionado del imigrantes yo me encuentro ahora en mi pais pero me gustaria volver a españa por favor aber di me envian su correo gracias.

  26. roberto dice:

    mi novia echó los papeles de tramite de residencia por arraigo social
    lleva desde 2007 en españa , es de honduras.
    los echó en julio y no dicen nada ni sé como hacer , que hay que hacer en estos casos después de tantos messes?
    xao saludos
    gracias

  27. DAMIANA VILLASBOA dice:

    TENGO 2 AÑOS 6 MESES VIVIENDO EN ESPAÑA Y LLEVO TRABAJANDO CON LA MISMA PERSONA 2 AÑOS Y 4 MESES. LO Q QUISIERA SABER ES COMO PUEDO JUSTIFICAR O COMPROBAR Q YA LLEVO ESE TIEMPO TRABAJANDO CON ESTA PERSONA O ESO LO PUEDE JUSTIFICAR ELLA EN CASO DE QUE TENGA Q PRESENTAR LOS PAPELES.

  28. dainy dice:

    presente los papeles x arraigo el 13 de octubre del 2010, el 30 de diciembre miro x internet y me dice q esta resuelto favorable, y la fecha de resolucion el 2 de noviembre del 2010, a mi hasta el momento no me ha llegado ni una carta del gobierno, fui el 3 de enero del 2011 para averiguar q pasa con nota y me dicen q tengo q quitar una cita, perfecto mi pregunta es: hay un plazo desde la resolucion del 2 de noviembre para hacer la tarjeta? x q como ya hace 2 meses tengo miedo a q me quiten el derecho de hacer mis papales. q tenga q perder esto.

  29. noredine dice:

    hoala soy noreine tengo 4 año aki en españa e no tengo suerti con resedancia yo las pruebas del año et todo pero no tengo el contrato de trabajo

  30. victor daniel garcia fernandez dice:

    hola ,espero k me conteste esta pregunta ,yo tengo los tres años empadronado,yya tengo todos preparado,pero la duda mia es ,k tuve un problema con una mujer,y tengo dos años k me paso ese problema ,podre yo tener problema ,cuando valla ah depositar ok gracias espero la repuesta bay

  31. viviane dice:

    holà me gustaria saber llevo case 3 años em españa en febrero cumplo los 3 años y azes 15 dias fui a jefatura para pedir imformaçion y me deran una carta de expulsion por ir anular my boda con um español.se pago la carta como multa em febreiro puedo dar entrada em mi contrato de trabajo por arraigo?pf contestame

  32. carlos benites dice:

    hola doctor quiciera sa y haceber por que el tramite de mis expedientes desmoran mucho yo me coji ala ley por arraigo social llebo 5 años en españa y en el mes de abril meti los documentos page la taza ala cemana que me llego a mi domicilio y no tengo ninguna respuesta muchas cracias

  33. nuriki dice:

    cuanto tiempo tiene de validez el informe del ayuntamiento?me hicieron uno en agosto pero por problemas no pude presentar los papeles y voy a acerlo aora. me sirve ese informeo me tiene que hacer otro? y mis antecedentes cuanto duran? grasias

  34. Dennis Eduardo dice:

    hola llevo en españa 4 años y en el 2008 me quitaron el pasaporte pero luego gane el juicio ahora mi pregunta es esla unica manera de obtener el arraigo social solo con el contrato de trabajo por que no consigo quien me lo haga de ninguna manera y ya estoy casi que desesperado bueno si saven alguna por favor avisarme gracias

  35. nabil dice:

    hola valence
    soy estudiante aqui en españa mas de 3 años quiero prguntarte si tengo dercho para de la arrigo social y cuales los condiciones .

    gracias

  36. pilar dice:

    Hola valenncc, si han respondido a tu pregunta hazmela saber, del mismo…cuanto tiempo demara el tramite por arraigo social???????

  37. valenncc dice:

    Hola,buenas,necesito que me ayuden es que llevo 7 años en España.Me quitaron los derechos para renovar la tarjeta permanente porque renove los documentos 3 meses despues.Por tanto me dijeron en la delegacion de gobierno que ya perdì los derechos y que es como si no tuviera documentos,me quitaron las 2 tarjetas.Y me pidieron que vuelva a solicitarla,pero por arraigo,lo hice y lo peor es que la persona me dejo sin alta.TUVE QUE PEDIR NUEVAMENTE por arraigo con otro empleador y ya llevo casi 4 meses esperando respuesta. Y AUN SIGUE EN TRAMITE.Me dijeron que solo eran 2 meses y medio o 3 maximo.PERO NECESITO SABER donde debo ir para reclamar o aque nùmero llamar.Ayudenme,porque para mi s muy importante tenerlo.Imaginense llevar tantos años en España,para que luego te pase esto.
    UN SALUDO

  38. silvia dice:

    Veo que mucha gente deja sus inquietudes pero desde la página «parainmigrantes» nadie responde. Gracias igualmente porque la información que publican es interesante pero no responden a consultas puntuales de los usuarios. Para consulta gratuita personalizada me dirigiré en lo sucesivo al centro cívico, a comisiones obreras o al prop del pueblo en donde vivo e invito a la gente que publica sus preguntas a hacer algo similar, porque a veces las respuestas urgen (como el caso del mensaje que dejó SKAARON) y las respuestas por este medio nunca llegan. Saludos cordiales

  39. Ernesto dice:

    Hola, voy a regularizar mi situación por arraigo social este mes de agosto o a principio de septiembre, ya que solo espero me llegue el certificado de antecedentes penales, que viene en camino, pero mi pasaporte se vence a principios del mes de octubre.. Tendré algún problema o posibilidades de negación del mismo por esa situación del pasaporte? Gracias y excelente página

    1. Hola me encuentro en una situación parecida a la tuya. Lograste realizar el tramite con ese pasaporte o tuviste que sacar otro.de antemano muchas gracias.

  40. carlos dice:

    Hola gracias por leer mi pregunta que es la siguiente tengo ya mas de 3 meses esperando contestacion sobre mi arraigo y no me llegan noticias y por internet sigue en tramite mi pregunta es a donde debo dirigirme para consultar personalmente mi expediente o k hacer gracias.

  41. SKAARON dice:

    estoy regularizando m situcion por arraigo social,
    en dos dias teng la cita , pero teng dudas ???????
    1–debe el empleador ir conmigo
    2-puede el contrato decir por un año , o debe decir indefinido
    3-debo adjuntar documentsde mi hijo y esposa
    gracias por la ayuda, pronta ya q tengo la cita en dos dias

  42. SKAARON dice:

    ES SOBRE ARRAIGO SOCIAL , YA TENGO TODOS LOS DOCUMENTOS Y LA FECHA D CITA , PERO ME QUEDA DUDAS
    1-DEBE IR CONMIGO EL EMPLEADOR
    2-EL CONTRATO PUEDE DECIR POR I AÑO
    3-DEBO PRESENTAR DOCUMTS D MI ESPOSA E HIJO .
    AGRADEZCO PRONTA AYUDA YA Q LA CITA LA TENGO EN 2 DIAS , GRACIA

  43. paola dice:

    hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente como podria hacer para tramitar mi documento de permisoy residencia aqui tengo 27 años y llevo aqui en españa 2 años y medio y el 14 de novienbre hago 3 años que requisitos necesitaria desde ya gracias

  44. silvia dice:

    Hola, primero felicitaciones por la página que siempre me es de mucha ayuda. Mi pregunta es la siguiente: Tengo tarjeta de residencia temporal por un año por arraigo por circunstancias excepcionales (no presenté contrato de trabajo, sólo informe del ayuntamiento). En la tarjeta figura en la parte de adelante RESIDENCIA y al dorso en la parte de observaciones dice TEMPORAL. Me la han otorgado hace un mes y me gustaría saber si tengo derecho a inscribirme en el INEM como demandante de empleo. Gracias de antemano y saludos cordiales!!! Silvia

  45. Hendrik Jan Staal dice:

    Suporto un jovén de Guinée que espera tener el arraigo social al fin de este año. Cumple todos los requisitos del articulo 2.2 Solo no entiendo exactamente lo que quiere decir el requisito «bien acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes». Alguien me pueda explicar?

    Adelanto las gracias,

    Hendrik

  46. Cleiton dice:

    Hola tuve un juzgado por falsedad de documento fui condenado a pagar una multa de 1080 euros del delito que min puseran,ahora quiero saber si puedo hacer mi documento por arraigo social llevo en España 4 años tengo 25 año mi madre tiene permisso de trabajo y residencia que puedo hacer…Gracias

  47. lurdes solis dice:

    hola quisiera que el abogado me allude tengo unas preguntas solicite mi recidencia por arraigo social y me llego la primera taza y la otra me dice que mi documentacion es denegada por que la persona que me comtrato no puede comtratarme que mi pasaporte esta caducado claro yo no lo sabia por que a mi la policia me quito el pasaporte y me pusieron carta de espulcion y todo esto me sale reflejado ahora noce que hacer

  48. saidi lies dice:

    hola quiero saver tengo mi hija a venido 2009 con visado aqui españa vive con migo.antes vivia y estudiado ano 1996. su madre a muerto aqui a madrid cancer es argelina.por favor ke hago tiene 23 años ok muchas gracias

  49. elizabeth dice:

    Quisiera saber como puedo ver los resultados ya se entregaron los papeles pero no se en que pagina entrar para ver los resultados

  50. HECTOR dice:

    Hola, soy de Paraguay, mi jefe me ha echo un contrato de 1 año para poder hacerme los papeles y luego para darme de alta me ha hecho otro contrato de 3 meses y luego una renovacion de otros 3 meses, me gustaria saber si eso es correcto ? y si no que debo hacer porque vencido la ampliacion del contrato me quiere dar de vaja, que debo hacer??? gracias…

  51. Marcelina dice:

    Mi mayor intriga es porqué no se le permite a un residente por arraigo social trabajar, cuando en el momento de legalizar su situación no encuentra contrato de trabajo???

  52. ingrid dice:

    hola soy ecuatoriana con nacionalidad española. mi madre vive con migo hace 8 años y no puedo arreglarle los papeles como comunitaria me dicen que es arraigo social me podrias informar lo que tengo que hacer.en el 2006 intente areglar la situación y no lo consegi.informame gracias

  53. lucia dice:

    hola soy venezolana y vivo en españa haces mas de tres años y dos meses exactamente y quisiera arreglar mi situacion ilegal por el arraigo social el problema esq no tengo contrato de trabajo porq siempre he trabajado por cuenta propia de manicurista particular.. ahora actualmnte estoy enbarazada y quisiera saber que tramites puedo hacer o comohago por no tener contrato..!! muchas gracias espero pronta respuesta.!!

  54. vicente mateo dice:

    hola soy de guinea ecuatorial, llevo en España cuatro años recien cumplidos.
    Necesito saber si puedo pedir la residencia por arraigo, y cuales serian los pasos, en caso de no tener una oferta de trabajo.

  55. german dice:

    hola soy extrangero uruguayo y llebo aqui mas de 3 años e logrado tener a mi familia de forma no legal junto a mi.estamos juntos en españa hace mas de 3 años.tengo todo tipo de papeles que lo compruevan.es posible haserme los papeles sin un contrato de trabajo??..que debo haser ..??

  56. mladen croata dice:

    no me quieren empadronar en logroño. tengo copia de pasaporte porque esta en policia y me dicen q tengo q traer copia de todas las paginas de passaporte y q lo mio esta muy viejo (deciembre 2008). si entro en comisaria para pedirlo ahy me quedo. por fin me quieren hacer contrato y ahora no puedo sacar lo mas sencillo. socorro!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  57. Vicente Marín dice:

    Hemos puesto en marcha nuestro nuevo servicio de Asesoría Jurídica por teléfono. Hasta ahora, hemos estado prestando este servicio a través de Videoconferencia y ahora incorporamos también la posibilidad de realizar consultas con un abogado experto en extranjería e inmigración también telefónicamente.
    El servicio de asesoría jurídica se minuta por minutos oscilando entre 1,16 euros/minuto si llamas desde un teléfono fijo y 1,51 euros si la llamada se realiza desde un móvil. Solo para mayores de 18 años.
    LLAMA AL 807502019

  58. hanan dice:

    cumpolo tres años en spaña el mes que viene tengo targeta de sanidad padronamiento puedo conseguir un contrato de trabajo pero no tengo el asaporte hay forma de erreglar mis papeles

    gracias por la informasion

  59. salah dice:

    ….mas de tres años aqui en 2008 presento mi solisitud con papeles falsos( arraigo sicial ) ahora no se si hay una salida…..por favor….

  60. lucia dice:

    hola me gustaria saber que es todo lo que me tiene dar mi jefe para presentar los papeles por arraigo yo le he pedido estos documentos lo que no se si me hace falta algunas otras son:contrato de trabajo ,fotocopia del dni… documento de inscripcion de autonomo en la seguridad social ,4 ultimos trimestre del IVA E IRPF,por favor me usted decir si me hase algunos documento

  61. carolina17 dice:

    Hola,como puedo hacer para sacar cita por arraigo social,para presentar mi documentacion porque e intentado de mil maneras sacarla por internet y no puedo si tienen de alguien que mee pueda ayudar se lo agradeceria mucho.un saludo.

  62. lotfi dice:

    hola,
    queria saber yo entrege mi papeles por residencia por sercustancias expecionales, lo k soy imbalido de dos brasoz una enfermedad de nacemiento usted me puede a consejar se tengo derechos de tener la risedencia aqui en españa ademas tengo auela española y despues de entregar todo m han dado resuelto no favorable porque tuve un informe medico al y luego lo saque lo intree en 15/11/2009 despues de ayi me han echo en intrnet en via de recusrso durante pocos meses lo dejaron en resuelto queria saber se lo mio ya esta solucionado gracias por todo lo k acn por nosotros ..

  63. antonio dice:

    Hola jorge mendoza, imagino que la salida obligatoria te la han puesto porque se te ha denegado algún trámite, pero no tienes mayor problema si como tu dices estas casado con una española,, lo que tienes que hacer es solicitar una residencia en España como familiar de comunitario, no tendrás mayor problema.
    Att. Antonio

  64. jorge mendoza dice:

    que solucion me pueden dar para la solicitud de arraigo social si tengo una salida obligatoria de españa y mi mujer es española y tengo un hijo con ella de 8 meses de antemano les agradesco su atencion. su servidor jorge mendoza

  65. juan alberto dice:

    k solucion me pueden dar a la solisitud de expulcion y arraigo, pork yo estoy ya 3 años en ESPAÑA pero tengo en proseso de expulcion .

  66. hola, quiero saber los documantos necesarios para el tramite de solicitide de residencia a mi esposa que se encuentra con migo en españa. somos casados en la ligua islamiqua de las islas canarias.por favor si alguin sabe los documentos necesarios .saludos cordials

  67. Johana dice:

    Hola estoy preparando la documentacion para tramitar mis papeles por arraigo. Pero en uno de las documentaciones que pinden solicitan «una carta explicativa de la necesidad de contratacion» Me podria decir por favor alguien en donde puedo obtener un modelo de esa carta o alguien me podria decir como lo tendria que hacer mi jefe? Gracias

  68. mi pregunta es la siguiente es sierto que en el mes de diciembre saldra un decreto, para obtener un araigo laboral se ra aprartir de de 5 años y ya no de 3 años

  69. gloria dice:

    hola mi nombre es gloria y tengo una consulta q espero me puedadn resolver, quiero tramitar mi documento por arraigo pero solo necesito la recidencia y no la de recidencia y trabajo ¿eso es posible o de todos modos necesito un contrato? desde ya muchas gracias.

  70. roxana dice:

    hola hace dos meses e presentado mis papeles y aun no tengo respuesta que puedo hacer? otras personas me dicen que en 15 dias o un mes ya les dieron respuesta que debo hacer si yo estoy esperando dos meses o tengo que esperar vivo en madrid. gracias

  71. Lazara dice:

    Mis padres han obtenido la ciudadania española por la ley 52 del 2007 (la de los nietos) y yo tengo 21 años en diciembre cumplo 22. Necesito saber que trámites tengo que hacer para optar por la ciudadania española, soy cubana.
    Agradecería su respuesta pues necesito consulta de abogados.

  72. Gloria dice:

    Hola Fernando si que puedes casarte con tu novia que al ser de rumania sería comunitaria, en este caso si se lleva a cabo el matrimonio y todo sale bien tu podrías solicitar una tarjeta comunitaria que estaria vinculada a la de tu futura esposa.

  73. fernando dice:

    hola mi novia es de rumania queremos casrnos pero yo no tengo los papeles quiero saber si casandome con ella puedo obtener los papeles les agredeceria q me den una respuesta concreta ya q las respuestan enviadas habla de matrimonio mixto pero entre española con extranjero y no tengo nada de rumano con sudamericano gracias

  74. NOHELIA dice:

    HOLA,VOY PARA TES AÑOS EN ESPAÑA ME FALTA 2 MESES IMEDIO Y QUE TENGO QUE HACER PARA TENER MIS PAPELES POR ARRAIGO SOCIAL YA QUE NO QUIERO ESTAR MAS ILEGAL EN ESTE PAIS ,TENGO 2 NIÑOS QUE NACIERON AQUI Y MI PAREJA QUE EL SI ES LEGAL Y ES VENEZOLANO TAMBIEN.MUCHAS GRACIAS LE AGRADECERIA SU RESPUESTA LA BREVEDAD POSIBLE.

  75. Natalia Bondari dice:

    Muchas gracias por tu respuesta. Tambien queria preguntar que debo hacer si me tengo que ir a mi pais(Moldavia) para no tener problemas en el aeropuerto. Mi familia me renovo mi pasaporte por haber caducado con una autorización notarial hace un año aqui en Tavernes de la Valldigna (Valencia), donde vivo, y tengo a mi madre en MOLDAVIA un poco delicada, es posible que mientras estoy esperando el Arraigo social necesite viajar a Moldavia. ¿Tendria que pedir algun tipo de permiso para poder volver si me conceden el arraigo?. Muchas gracias de antemano. Un saludo, Natalia.

  76. Gloria dice:

    Hola Natalia para el arraigo social tienes que cumplir una serie de requisitos tales como una residencia continuada de tres años, en el momento en que solicitas el arraigo tienes que estar ilegal, carecer de antecedentes penales, un informe de inserción social por parte del Ayuntamiento…, el tiempo va a depender de tu lugar de residencia porque cada ofina de extranjeros, delegación o subdelegación del Gobierno tarda más o menos…, lo que más suele tardar es el informe del Ayuntamiento… pero según los casos puede tardar entre 2 meses e incluso seis o siete.

  77. Natalia Bondari dice:

    Soy de Moldavia.Hace 4 añosque vivo con una pareja mayor. Estoy a su cuidado. Estoy empadronada desde hace 4 años. He solicitado el arraigo por segunda vez el 23-06-09 pero no tengo respuesta.¿Quisiera saber cuanto tiempo tengo que esperar para saber la respuesta? y si me la deniegan otra vez, ¿que puedo hacer? .Espero su respuesta en breve y muchas gracias.

  78. Gloria dice:

    Hola Ingrid si que puedes solicitar en el consulado que te miren los antecedentes penales, dependiendo de lo que quieras solicitar también tendrás que pedir el certificado de antecedentes penales del periodo que hayas estado aqui en España, esto es en la DGT

  79. Gloria dice:

    Hola Carolina por norma general podrán solicitar el arraigo si acreditas tu permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, siempre que carezcas de antecedentes penales en España y en tu país de origen, cuentes con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año.

  80. javier dice:

    Tengo un amigo nacido en vietnan pero desde los tres años vive en españa y ahora tiene 31, tiene porsupuesto la nacionalidad española, pero se fue a vietnan y se caso con una novia que tenia ahiy ahora la quiere traer, mi pregunta es, que documentacion necesita el para traer a esa persona desde vietnan hasta aqui…..!

  81. ingrid dice:

    hola. muy buenas.
    me gustaria hacer una pregunta si no es mucha molestia.
    quisiera saber si en el consulado ecuatoriano de mdrid, dan los antecedentes penales.
    gracias.

  82. carolina dice:

    Hola sr. necesito saber si hay arraigo sin contrato

  83. Pedro dice:

    Apreciado Sr.Vicente Marin.
    Por favor si puede responderme a mis preguntas,les agradecere muchisimo.
    Soy de Paraguay Llevo aqui en España 3 años Catalunya´´y puedo conceguir un contrato de un año a travez de un jubilado de Dr.Veterinario como cuidador personal,con los 40 horas que necesitaria en este caso.Solvente y que segun el tiene un ingreso de mas 30.00 euros anuales.
    Mi pregunta, podra el hacerme el contrato.si puede responderme por favor gracias.

  84. Inma Castillo dice:

    respuesta a rodolfo {seesmic_video:{«url_thumbnail»:{«value»:»http://t.seesmic.com/thumbnail/ODduXu1GRw_th1.jpg»}»title»:{«value»:»respuesta a rodolfo «}»videoUri»:{«value»:»http://www.seesmic.com/video/GpIMWhCr1Y»}}}

  85. hector dice:

    Hola, soy Alberto les doy las gracias por este sitio y la información que dan,
    quisiera si fuera posible que me aclararen algunas dudas que tengo.

    Yo y mi esposa, hemos optado por la ciudadanía Española a través de nuestros
    abuelos, ambos somos profesionales, hemos decidido viajar a España con el deseo de
    rehacer nuestras vidas allá
    En el caso nuestro, aparte de nuestra ciudanía Española:

    1-¿Qué documentos debemos tener de nuestro país de origen?

    2-¿Que documentación se necesitarían en España para: vivir y trabajar?

    3- En caso de que se necesite otra documentación ¿cómo se tramitan?

    Les agradecería toda información posible de su parte.
    Saludos Alberto

  86. rodolfo dice:

    Buenos dias : tengo una pregunta q quiero hacer; he cumplido ya los tres años en españa ,y la persona que me va contratar tiene una deuda con la seguridad social,¿esta deuda influye en algo a la hora de hacerme el contrato?ayudenme por favor , gracias

  87. Vicente Marín dice:

    Ena, gracias por el cumplido!

    Bien, lo que intento explicar es que todo documento vale, sobre todo en el caso de que el empadronamiento sea reciente. se trata de acreditar la estancia en España con el mayor número de pruebas posible.

    parece claro que existen unos documentos que tienen más valor probatorio que otros, pero eso no quita que, en defensa de nuestros intereses, adjuntemos al expediente el mayor número de pruebas documentales de las que dispongamos.

    los expedientes de arraigo pueden demorarse muy fácilmente varios meses (hasta siete u ocho meses en algunas provincias). lo normal sería un plazo de unos tres meses.

    si después de todo lo explicado te quedan dudas, usa el servicio de videoconferencia. es barato y efectivo.

    un saludo

  88. PD: ah olvidaba… además de lindo (por todo este trabajo) estas muy guapo , sólo un cumplido

  89. Hola Vicente,
    algo no me queda claro… para solicitar el arraigo social, uno debe presentar sello en pasaporte.. boletos de avion, envios de dinero, etc etc. O bastaría con el billete de avion por ejemplo (si no hay empadronamiento o el empadronamiento es reciente). En todo caso, he estado revisando la web y por ahi encontré la posibilidad de la consulta por skipe,(mi pregunta anterior no fue contestada :-() que es a la que posiblemente accedere, pues mi caso es un poco particular. Además por ahí lei que alguien presento sus papeles para el arraigo en Enero y hasta ahora no obtiene respuesta tanto demora..o fue denegado..?.
    Disculpa es que ya estoy sólo con los nervios de pensar cuando me decida a presentar todos los papeles a la espera de una respuesta.. ojala positiva..
    gracias mil igual por esta web de ayuda a los migrantes

  90. carolina17 dice:

    Hola buenos dias mi consulta era si puedo llegar a tener residencia por tener tres hijos españoles mi marido tiene nacionalidad Española(El es casado)pero no cuento con un contrato de trabajo.tengo los antecedentes penales q se me vencen el 6 de julio antes tuve la tarjeta de residncia e aportado a la s.social pero no pude renovar x falta de contrato tengo 7 años en España muchas gracias x escucharme un saludo

  91. paola dice:

    Hola buenos dias, mira mi consulta era que quiero tramitar mi documentacion por arraigo social, lo que pasa, no se donde debe darse de alta el empleador, y ademas solo cuento con 20 hrs.semanales se podria, hacer un contrato discontinuo?? o sea dos contratos. Gracias

  92. Rafael dice:

    es necesario que el contrato de trabajo sea nuevo. es lo que me han dicho, pero yo actualmente llevo 2 años trabajando con contrato indefinido… ¿es necesario cancelar éste contrato?. Por favor, necesito ayuda urgente.Gracias por adelantado.

  93. Vicente Marín dice:

    A petición de muchos de nuestro visitantes, ponemos en marcha el Videoconsultorio Legal de Extranjería, una nueva sección donde responderemos a las dudas que nos planteen nuestros visitantes en pequeños videos de no más de dos minutos. De entre las consultas recibidas, cada semana seleccionaremos unas cuantas de las más representativas y daremos respuesta a las dudas planteadas.

    Os invitamos a todos a participar en esta nueva sección, advirtíendoos de que, aunque será imposible responder a todas las preguntas, intentaremos hacer la selección de forma que el mayor número de personas se vean beneficiadas por estas respuestas.

    Entra aquí!https://www.parainmigrantes.info/nuevo-videoconsultorio-legal-de-extranjeria/

  94. SIMON dice:

    hola buenas dias , soy de marruicos tengo una oferta de trabajo como empleado de casa (no se si me serve en el arraigo social o no ) tengo la cita en esa semana con la extranjeria pero lo qe pasa qe no me dan un numero para qe me jefe puede pagarme la seguridad social , qe puedo hacer para sacar este numero for favor y muchas gracias por todo

  95. edgardo dice:

    Quisiera saber si al ser jubilado en mi pais (argentina)puedo sacar una residencia temporaria de un año.Y de ser posible que tramites tengo que hacer.Gracias

  96. maria dice:

    hola ..que nesecito para sacarme el papel de buena conducta de mi pais y que tengo que hacer y donde gracias saludos maria

  97. lies saidi said dice:

    hola soy residente ace mas o menos 15 años mi tarjita caduco año 2006. tinia problema con francas exspulsion año 1979. y ahora los frances.mi a quitao l exspulsion año ene de 2008 y ahora por favor ke ago recurso tarda muchos. y me adispedido del trabajo ace 5 meses y el paro tengo mad 1 año 4 meses no quieren pagar porque el dni caduco. mi abogado me consejas el araigo. pero voy a perder mi anti guidad interior. no la se por favor ayudame. ok muchisimas gracias adios lies madrid tel.687103635 espero su respuestas ok ciao

  98. tamara dice:

    hola queria hacerte una consulta sobre el arraigo social,mi prima lleva 5 años en españa y siempre a trabajado pero sin contrato de trabajo . en este momento tambien esta trabajando pero sin contrato, q posibilidad hay de hacerlo por arraigo social, pero sin perjudicar a nadie , es necesario hacer una demanda a mis ex jefes para poder hacerlo, o si yo puedo hablar con ellos para q justifiquen q yo trabaje nada; mas a ellos los perjudica en algo eso si justifican q me estuvieron dando trabajo ilegal. DESDE YA MUCHAS GRACIAS SI ME PUEDEN AYUDAR CON INFORMACION. HA ALGO MAS UNA COSA NO ENTIENDO Q QUIERE DECIR EN EL VIDEO DE ARRAIGO SOBRE LOS URUGUAYOS SI ME LO PUEDE ESCRIBIR SE LO AGRDEZCO MUCHO SALUDOS GRACIAS

  99. yasmin dice:

    me llamo yasmin soy boliviana, tengo un gran problema.
    yo hago el dia 4 de junio tres años en españa y tengo todo preparado para realizar mi arraigo social.
    tengo mi contrato de trabajo, mis antecedentes pero me e dado cuenta que al mirar mi pasaporte no tengo sello de entrada en españa,si no de italia y en mi billete de avion pone fecha de entrada en italia tambien hace tres años.
    pone fecha de italia porque tuve que hacer trasbordo de avion en ese pais,pero no estuve ni un dia.
    mi fecha de entrada en el pasaporte es el dia 4 6 2006
    en italia.
    tambien en mi billete pone que llego a bilbao pero no pone sello de entrada a bilbao y claro yo llegue hasta espña pero no se como demostarlo.
    tambien en mi billete me expecifica que mi billete de salida es de mdrid y el de entrada a bilbao, no se si eso valdra de algo para demostrar algo que yo llegue a españa el dia 4 6 2006
    mi empadronamiento lo hize meses mas tarde el dia 29 9 2006 y tengo miedo de ke tendre que esperar a es fecha para que se cumplan mis tres años.
    ¿ como demuestro lo de mi billete y mi sello?
    tendria que esperar a la fecha de mi empadronamiento para conseguir los papeles por arraigo.
    por favor que alguien me diga algo
    un saludo yasmin

  100. maria dice:

    vicente,y que tengo que precentar?
    saludos

  101. maria dice:

    vicente,Y tu sabrias decirme exactamente que necesitaria llevar para su autorizacion?????,.
    saludos.

  102. Vicente Marín dice:

    Maria, si él te autoriza para realizar el trámite, en pricipio no veo inconveniente.

    Un saludo.

  103. maria dice:

    hola soy uruguaya y yevo mas de tres años en españa y quiciera saber si yo me podria dar de alta en seguridad social dado a que mi jefe es tiene un problema de minusvalia y no puede desplasarce al mismo .,mi pregunta es si yo podria tramitar el alta con la firma y dni de mi jefe gracias

  104. mohamed dice:

    ola LO QUE PASA TIENGO MI HERMANO LLEVA 7 ANIOS AQUE EN ESPANI LO QUE PASA A ESTADO UNA 1 EN LA CARCIELO QUE LO QUE SI PUEDE ASIER CUALA QUIER COSA MI

  105. mohamed dice:

    hola soy une chico nesecito

  106. Vicente Marín dice:

    Ya hemos publicado la tercera parte del videoseminario sobre Arraigo Social. Esperemos que os sea de utilidad.

    Podéis verlo aquí: https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social-tramite-completo-videoseminario-3/

  107. Anahi dice:

    Hola,soy Argentina recien hace 1 año y medio que estoy radicada en fuerteventura, estoy esperando cumplir mis tres años de estadia en el territorio español para tratar de arreglar mis papeles por arraigo, Ahora mi pregunta es si…si o si para cumplir con todos los requisitos tengo que tener algun familiar aqui, porque yo no lo tengo…desde ya muchisimas gracias,
    atte.Anahi

  108. victoria dice:

    Hola soy Victoria,yo cumpli tres años en españa y trabajo limpiando pizos por horas pero no tengo contrato para presentar,se que el ayuntamiento puede decidir si es necesario el contrato o no si demuestra que cuenta con medios de vida suficientes, yo podria demostrar eso con los pisos que limpio y con la cuenta bancaria que es donde deposito el dinero que resibo, muchas gracias

  109. lorraenny dice:

    hola,soy brasileña e llego 2 años y 11 meses aki,quiero irme de viagem a canarias,tengo algun problema??y tambien quiero saber todos los papeles que me hace falta p el arraigo??
    un saludo

  110. Vicente Marín dice:

    Nuevos videos sobre el ARRAIGO!!
    YA EN:

    https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social-tramite-completo-videoseminario/

  111. Vicente Marín dice:

    No lo recomiendo. realmente no es que puedas salir… un extranjero en situación irregular no tiene derecho de libre circulación por españa ni por otros países de la unión por lo que se arriesga a se detenido por estancia irregular.

    lo que quiero decir es que si por lo que sea, se sale del país, solo si la suma de las salidas es superiro a 120 días se interrumpirá el plazo de la continuidad.

    mi recomendación: no salir del país.

    PD: vamos a publicar un video de más de una hora sobre el arraigo social. es posible que mañana o pasado. de unas jormadas en la univarsidad de granada impartidas po mi.

    un saludo

  112. Jonatan dice:

    Hola Martín, primero que nada agradecerte por toda esta valiosa información. Quisiera saber si mientras estoy en España como irregular en estos tres años requeridos para el arraigo social, puedo salir a otros países tanto de la unión europea como el de orígen que es Argentina. Por lo que escuché en el video puedo salir de España a otros países, sellando el pasaporte, por un período NO SUPERIOR A 120 días. Esto no afectaría el trámite de residencia y trabajo por arraigo social? Te lo pregunto porque me gustaría poder salir en período de vacaciones a Inglaterra por ejemplo y desde ya no sería por mas de 120 días, y luego no me gustaría echar por tierra dicho trámite si figura en mi pasaporte un sellado extranjero. Gracias y espero tu respuesta. Saludos.

  113. Vicente Marín dice:

    en unos días vamos a colgar una conferencia completa sobre arraigo social ! en video. más de una hora explicando todo el procedimiento.

  114. HOLA ,,ME INTERESO MUXO Toda LA INFORMACION QUE VAI PROMAGANDO …QUERIA PREGUANTAR ESQUE HE OIDO QUE EN ESTOS MESES VAN A QUITAR EL ARRAIGO???OTRA PREGUNTA TENIENDO LA CARTA DE EXPULCION AFECTARA AL ARRAIGO ,SERA FAVORABLE SI EL ARRAIGO ESTA CORRECTO CREO QUE LA DELEGACION LO ARCHIVAN ?? LA CARTA DE EXPULCION FUE EN VALENCIA CAPITAL …UN SALUDO

  115. souhail dice:

    hola soy un xico marroki yevo aki 3 años pero yo entre aki legal con visado y tengo provas y todo eso pero mi gustaria saber si puedo cojer mis papeles si problemas gracias

  116. alejandro porto dice:

    Hola,soy cubano y llevo 2 años de forma irregular en españa,queria saber si por ser nieto de español no tendria que esperar los 3 años para la ley de arraigo.
    La ley de memoria historica no me sirve pues mi abuelo emigró a cuba antes del 36.Gracias

  117. paulo melo dice:

    Hola me llamo Paulo,soy brasileño y ya llevo mas de 5 años en españa,estoy tramitando mis papeles por arraigo social y me gustaria saber si es cierto que al comprobar que llevas mas de 5 años quedas isento de presentacion de los penales,ya tuve la oportunidade antes, pero tardaran tanto en llegaren los penales que perdi la oportunidade anterior…tengo como comprobar mis casi 6 años aki,contrato,etc…solo me gustaria saber si yo solito puedo hacer todos los tramites sin abogado,puesto que ya me timaran uns 2 vezes y no hicieran nada.gracias por tu ayuda,saludo cordial Paulo.

  118. DEISY dice:

    hola tengo 24 años estoy en valencia 3 años pero de empadronada recien 2 años mi pregunta es si puedo ya comenzar con los tramites de arraigo y ademas en mayo sere madre y mi niña no tendra residencia me dijierón q tendra la nacionalidad ecuatoriana como puedo hacer para obtener mas información acerca de estos temas
    bueno gracias q dios los bendiga

  119. Vicente Marín dice:

    Leila, cumples varios de los requisitos para acceder a la autorización de residencia por arraigo social. por una parte, llevas más de tres años en españa (deben ser continuados) y por otra parte tu hijo de nacionalidad española. busca una oferta de empleo y el certificado de penales de tu país de origen y a preparar el expediente!

  120. LEILA dice:

    HOLA SOY BRASILEÑA LLEVO CASI 4 AÑOS EN ESPAÑA,Y AHORA TENGO UNA HIJA DE 6 MESES,QUE NACIÓ ACÁ,Y TIENES TODOS LOS PAPELES ESPAÑOLES,SÍ AY POSSIBILIDADES DE TENER LOS PAPELES,POR SER LA MAMÁ.

  121. Vicente Marín dice:

    German, la intervención de un letrado experto no es obligatoria pero si te garantizará que el expediente vaya bien. en un trámite tan importante es recomendable al 100%

    puedes encontrar letrados expertos en http://www.regularizacion.com

    suerte.

  122. GERMAN dice:

    Hola
    Cumplo 3 años en Julio del 2009 .podrian ayudarme con informacion donde sacar una cita y que papeles deberia adjuntar para solicitar mi solicitud de arraigo?

    Podria yo mismo hacer este tramite o necesaraimente se requiere de la compania de un letrado?

    Un saludo

    German
    699798970

  123. Vicente Marín dice:

    Hola Monika. si presentas el expediente sin el informe, te harán un requerimiento para que lo aportes en 10 días.
    Puedo decirte que yo, personalmente, presento los expedientes pese a que me falte el informe y aporto este con posterioridad. es un defecto susbsanable. prefiero hacer esto a que se produzca una detención por situación irregular justo antes de presentar el arraigo (y aes mala suerte).

    un saludo

  124. Monika dice:

    Hola, donde puedo conseguir un certificado de vinculo de parentesco, o esa hoja 37 que piden?

  125. Monika dice:

    Se puede pedir el arraigo social sin tener el informe de inserción social del ayuntamento? (sí tengo todo lo demás).

    Si no lo tengo pero tengo la cita en dos semanas, me dan tiempo para conseguirlo?

    Muchas gracias

    Monika

  126. Vicente Marín dice:

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  127. Vicente Marín dice:

    3 días para el final del concurso!!! mejor web!!
    vota en :
    http://premios-web.ideal.es/ficha.php?id=139.

  128. yamilet martrinez dice:

    hola queria saber que tramites tengo que hacer para solicitar una inscripcion de nacimiento ,de mi abuela,ella nacio en aldea taganana en tenerife ,y luego fue para cuba yo soy nieta , mi padre era su hijo ,y quiero saber que tengo que hacer .
    esperando respuesta atentamente yamilet.

  129. NORA MEJIA dice:

    Hola, es que quiero saber si con la sumatoria de los contratos que ha tenido mi esposo en españa desde el año 2001, cada uno de 8 meses el puede hacer algun tramite legal para residencia o arraigo social, en verdad agradeceria que me despejaran esta duda, les agradezco su ayuda
    gracias

  130. Monika dice:

    Hola todos, tengo una pregunta sobre el arraigo social. una de las cosas que se ha de llevar es:

    «informe de inserción social»

    ¿qué es eso exactamente? gracias!

  131. Adriana dice:

    quisiera poder viajar a españa y no quedarme, tengo responsabilidades aca,solo por un par d meses para poder visitar a mi hija q sta alla y mi unica hermana q ya vive algunos años con su familia. debere sacar visado como turista… soy d ecuador… gracias por su tiempo.

  132. Orlando dice:

    hola quisiera hacer una consulta hace 7 meses presente los papeles por arraigo social a los dos me denegaron por no contar con medios economicos materiales y personales tambien indican que no se encuentra con sus obligaciones tributarias.luego recurri con una abogada creendo que respaldaba la documentacion que faltaba y a los 2 meses siguientes me volvieron a denegar por no acreditar medios economicos materiales ni personales.
    mi jefe quiere saber a que se refiere con estos requisitos gracias

  133. KATHERINE dice:

    hola…
    soy colombiana llevo en españa un año y medio y estoy embarazada… sera que puedo pedir la residencia?…algunas personas me dicen que si!!por lo que tendre un bebe pero la verdad no lo se.
    le agradeceria me colaborara con mi inquietud.
    mil gracias

  134. jose luis dice:

    hola tengo a mi novia que hace 2 años y 4 meses que esta aca en españa,y aun no me queda claro si tengo que esperar a los tres años o se puede ir haciendo algo ahora???ella ahora esta embarasada de 3 meses y tambien no se si tengo que hacer algo sobre este tema,digo por ella y por el niño????gracias espero una respuesta,otra ves gracias!!!!

  135. douglas quintero dice:

    holas soy venezolano y tengo 2 años y 10 meses queria preguntar si ya puedo adelantar los papeles para trasmitarlos por arraigo social o tengoque esperar que cumplar ls 3 años exactas por la fecha de pasaporte

  136. constantin dice:

    Muchas gracias señor un saludo.

  137. Vicente Marín dice:

    Lo más fácil sería ir al Consulado de Rumania en España. No creo que tengas problemas para realizar la renovación Contastin.

    Un saludo

  138. constantin dice:

    Hola señor Vicente ,tengo de renovar el pasaporte,que ago me voy en Rumania para renovarlo o me voy la anbasada rumano en Barcelona.

  139. tintinmaine dice:

    que bien

  140. azahara dice:

    ok

  141. tintinmaine dice:

    Leticia, sigue las instrucciones de tu abogado. es necesario presentar el expediente obligatoriamente con las pruebas de los últimos tres años. si no dispones de pruebas concluyentes de esos años deberás contar a partir de la fecha del primer documento probatorio de tu estancia en España.
    Un saludo.

  142. Vicente Marín dice:

    abdelgami, ¿qué más docuemntos tienes?? con el empadronamiento no es suficiente.

  143. abdelgani dice:

    tengo cartaficado di 2005 2006 2006 2007 2008 2009

  144. abdelgani dice:

    quiero una cita para raigo cucial

  145. LETICIA dice:

    buenos dias con usted queria comentar mi situacion y por fin encontre la manera.. en 28 de mayo 2006 he llegado a españa y quiero hacer los papeles por arraigo social,hable con un abogado y me dijo que hasta agosto nada, porque no tengo ningun documento valido hasta esa fecha (que es el recibo de la cuenta del banco que me habrieroon mis jefes cunado entre a trabajar) tambien el empadronamiento solo tiene un año y medio de antiguedad pero por lo que me dijo que en ese aspecto no tendria problema ya me mi madre tiene permiso de residencia, solo queria saber si hay alguna manera de presentarlos antes de agosto. gracias.. saludos

  146. Vicente Marín dice:

    viviana, entra en la web del ministerio de justicia y pide las partidas.

  147. tintinmaine dice:

    viviana, ¿para qué quieres las partidas? tienes familiares españoles?? en la web del mjusticia.es puedes pedir estas partidas.

  148. Viviana dice:

    Hola necesito presentar papeles para el arraigo y estoy buscando dos partida de nacimiento españolas, me pueden ayudar? por favor escriban vivianadri077@hotmail.com

  149. edwin dice:

    hola soy boliviano presente ya toda la documentacion para el arraigo social,los de la empresa me tenian que hacer un contato de ganaderia pero me hicieron de constuccion y ya presente los papeles,queria saber donde tengo que ir o que debo hacer para presentar el nuevo contrato de trabajo

  150. unavezfui dice:

    comentario

  151. Rober dice:

    que tal. presente los papeles para tramitar el arraigo social, como minimo hay que esperas 3 meses y como maximo cuantos meses son? y si ya pasaron los 3 meses, y no dan respuesta.como lo tengo que tomar,me lo nogaron o no? que tengo que hacer a quien llamo? muchas gracias

  152. CARLOS CJ. dice:

    que tal soy CARLOS !!! tengo ya todos los documentos y me hace falta un contrato , por fa no se si pudiesen ayudarme tengo a mi niña y mi esposa aqui y como veran nesecito trabajar constantementa pero YA. quizas puedan ayudarme. Graciassss. 626901160.

  153. JAMAL dice:

    hola alguen puede dar mi una explicacion llevo en españa 3 años y 8 meses hace 7 meses presente mis papeles por arraigo pero mi dinegaron 2 beses la 1 en nov de 2008 y la 2 en febre 2009 yo no tengo ninguna expolcion ni problemas juridica ni con policias y estoy casado con mi paysana a qui hace mas de 2 años y ella tiene la residincia solo mi mandan una carta que las empresas tiene deudas con la hacienda y la verda no tienen nada estan al coriente de los pagos al ss. la 2 empesa el empesario tenia una multa de trafico desde abril de 2007 y el no queria pagar la a hora no se que hago (soy marroqui) gracias .

  154. carolina dice:

    hola , soy argentina . hace casi tres años que estoy aquí y averigué para tramitar mis papeles por arraigo social. y entre unos de los requisitos que me piden está la solicitud del contrato laboral de un año.
    yo quisiera saber si una empresa que ya hizo el contrato por arraigo a una persona la cual renunció a los 3 meses de la resolucion favorable del arraigo o sea a los tres meses de estar en vigencia el contrato, si esta misma empresa le puede hacer el contrato a otra persona en las mismas condiciones de arraigo.
    porque me habian comentado si una empresa le hacia el contrato por arraigo a una persona y no se cumplia el año de contrato, la subdelegacin de gobierno no permitirá a esta empresa volver a hacer contratos de este tipo.
    la pregunta es si hay diferencia en que el empleado renuncie o sea despedido para que la empresa pueda hacer un contrato a otra person en las mismas condiciones.
    además quereia saber cuales son los requisitos del contrato ( cantidad de horas etc).
    bueno espero que se entindan mis inquietudes. muchas gracias

  155. mauricio dice:

    hola soy bolibiano yevo ya 3 años en españa,mi pregunta es ¿ mi jefe puede presentar un contrato laboral de 4 horas diarias de lunes a viernes? ¿podria ser denegado si no es por 40 horas semanales? grasias

  156. lucas dice:

    hola mi problema es k tenjo todo los requisito para el arraigo pero me falta el contrato de trabajo tenjo una hija española con su nacionalida k pocivilidades hay k me lo den por ella desde ya muchas gracias

  157. claudia dice:

    Hola, quisiera saber si es posible solicitar el arraigo social, ya que llevo tres años empadronada en Madrid, pero mi pasaporte no lo tengo, y si cuento con un familiar que me podria esponsorear, que de hecho lo ha hecho durante este tiempo. Gracias por sus comentarios.

  158. evelyn dice:

    hola estoy sacando mis papeles por arraigo y quisier saver si yo los pedi mis antecedente el 13 de febrero y dise q tardan 40 dias abiles entonces quisiera saver cuando llegan es q no entiendo gracias y otra pregunta cuantos papeles me tiene q dr el ayuntamiento e q estoy liada gracias

  159. MARGARITA JARAMILLO dice:

    HOLA SOY UNA MADRE CON UNA HIJA NACIDA AQUI EN BARCELONA
    NACIO EL 3 JUNIO 2005 I QUIERO SABER SI PUEDO
    OCTENER LA TARJETA DE RECIDENCIA
    OSEA QUE NO TENGO PAPELES I YO TENGO AQUI CASI 8 AÑOS
    PORFABOR AYUDARME

    GRACIAS

  160. claudia dice:

    Hola este mes de febrero cumplo 2 años en España pero el mes pasado me detuvieron y me dieron una carta de expulsion, mi pregunta es ¿que puedo hacer para anular la carta de expulsion?, ¿y en cuanto tiempo?,¿me perjudicara cuando empieze a realizar los tramites de arraigo social? muchas gracias.

  161. Gladys dice:

    hola llevo 3 años aqui en españa pero por fuerza mayor tuve que ir a mi pais luede de 3 meses volvi a españa en compañia de mis hijos y mi marido y ahora tengo una hija que nacio aqui ella tiene 7 meses ahora y quiero que ella octenga su dni y la nacionalidad española somos de paraguay ni yo y mi marido no tenemos papeles de recidencia y nos gustaria octenerlo que posibilidades tenemos y que nesecitamos

  162. ismail dice:

    kiero k me explicais este parte
    Por arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año

  163. silvana mite dice:

    hola soy silvana mite tengo una inquietud yo cumplo los 3 años ahora en marzo para poder solicitar la residencia y permiso de trabajo por arraigo social cuido a una señora y si un caso mi jefe no me da un comtrato de trabajo que puedo haser voy a tener un año cuidando a la madre de el gracias por su ayuda.

  164. juan carlos dice:

    Hola llevo 5 años en españa y estoy solicitando por ley de arraigo mi documentacion pero tengo carta de expulcion y el pasaporte detenido quisiera saber si no tendre mingun problema gracias

  165. hamou dice:

    hola,bon dia,
    sóc un immigrante sense papers,visc a catalunya fa 2anys,pero el mes passat me van detenir la policia nacional i me han prendre el passaporte,el meu expedient administratiu esta enviant a la subdelegació del govern,pero ara no sé que faig?si us plau si podeu ajudar-me,que poc fer per solucinnar la meva situació?que són les instrucions que podra fer ‘?
    moltes gracies.

  166. Vicente Marín dice:

    respuesta a Tania {seesmic_video:{«url_thumbnail»:{«value»:»http://t.seesmic.com/thumbnail/aTr7K4NrB3_th1.jpg»}»title»:{«value»:»respuesta a Tania «}»videoUri»:{«value»:»http://www.seesmic.com/video/4KeDchBVsW»}}}

  167. Tania dice:

    Hola soy extranjera sin papeles llegue aqui en febrero del 2007 y tengo un hijo que nacio en noviembre del 2008 aqui en Espana, ya saque el libro de familia para el que posibilidad tengo de sacarle el dni espanol?,ya que el papa tambien es extranjero sin papeles.
    Escuche que yo y mi esposo podemos sacar los papeles tambien por el hijo que tenemos.

  168. hosana dice:

    obs:y tengo contarato de trabajo

  169. hosana dice:

    ola,tengo dos año e medio em españa estoy apadronada em todo el tienpo que llevo,puedo intentar reglar mi documentacion por alguna ley?qual?graçias!

  170. Maria Alejandra dice:

    Hace tres años q estoy en españa,pero dos años empadronada, sera q puedo recurrir al araigo? solo tengo una carnet d la biblioteca como q estoy aqui hace 3 años. Ademas mi marido tiene la residencia de trabajo, al renovarla este año podre hacer agrupacion familiar, pero no se si el estar en españa sea una dificultad, me han dicho q debo estar en mi pais d origen.

  171. Vicente Marín dice:

    documentos arraigo social {seesmic_video:{«url_thumbnail»:{«value»:»http://t.seesmic.com/thumbnail/PIxESoJ5Qw_th1.jpg»}»title»:{«value»:»documentos arraigo social «}»videoUri»:{«value»:»http://www.seesmic.com/video/Oh9ezYlRP1″}}}

  172. Maria dice:

    Hola llevo 3 años aqui en España ,pero me empadroné hace 2 años,que puedo hacer ,será que me sirven los demás documentos para tramitar el arraigo laboral.Gracias

  173. leticia dice:

    Buenas tardes,
    un amigo ha pedido asilo político en España y lleva dos años y medio aquí. Tiene sólo permiso de trabajo y aun no hay resolución porque la persona que debía llevar su caso está enferma desde hace más de un año y los abogados de CEAR y ACCEM no han hecho ningún movimiento en su caso y nunca le han dado ninguna clase de información. En la Oficina de Asilo le dicen que ahora han cambiado a la persona que se ocupa de su caso y que le darán respuesta para marzo abril. Mi pregunta es: ¿hay fecha límite para el logro de asilo político?, ¿se puede realizar alguna solicitud en otra instancia para que agilicen el expediente?. Se trata de un palestino sin antecendetes ni problemas y que ha trabajado con normalidad en España.
    Muchas gracias

  174. beimar dice:

    hola llevo ya dos años y 8 meses aqui en españa pero mi en padronamiento no esta asi pero me enter que cuando uno ase la migracion en madrid mas importante es el sello eso es verdad por fabor nesecito su ayuda gracias

  175. andrea alonso dice:

    cuanto tiempo puede demorar la resolucion una vez inisiados los tramites de nacionalidad por ser nietos de españoles

  176. teresa dice:

    HOLA,MI HIJO LLEVA YA LOS 3 ANOS CUMPLIDOS EN ESPANA ,CUANDO LLEGAMOS A ESPANA LO FUI A INSCRIBIR EN EL INSTITUTO Y DENTRO DE TODOS LOS PAPELES QUE ME PEDIAN PARA LA INSCRIPCION NO ME PIDIERON EL EMPADRONAMIENTO PORQUE NO ERA NECESARIO EN ESE INSTITUTO ENTONCES ESE ANO QUE ESTUBO CURSANDO EN SAN JUAN DE ALICANTE NUNCA LO EMPADRONE ,LUEGO CUANDO NOS MUDAMOS A GUADAMAR DEL SEGURA AHI SI ME LO PIDIERON Y LO EMPADRONE ,AHORA CUANDO VOY AL ABOGADO A EMPEZAR CON LOS TRAMITES PARA PODER HACERLE LOS PAPELES POR ARRAIGO LABORAL CON CONTRATO ME PIDE QUE TENGA EL EMPADRONAMIENTO DEL ANO QUE ESTUBO EN SAN JUAN,Y LOGICAMENTE NO LO TIENE SOLO LA CONSTANCIA QUE ME DEJA EL DIRECTOR DEL INSTITUTO QUE CERTIFICA QUE ESTUBO CURSANDO LA ESO DESDE EL 2006 EN SAN JUAN DE ALICANTE,MI PREGUNTA ES SI ESO NO ES PRUEBA DE QUE EL ESTUBO EN ESPANA DESDE EL 2006 CURSANDO LOS ESTUDIOS Y A PARTE TIENE LA ENTRADA EN EL PASAPORTE QUE LO ACREDITA SU LLEGADA DESDE DICIEMBRE DEL 2005.? MUCHAS GRACIAS.

  177. monika dice:

    Hola, yo puedo pedir el arraigo social pero no encuentro en internet el sitio donde se ha de pedir la cita, ni el formulario que se ha de rellenar ni los papeles q ha de presentar el empresario.

    donde puedo encontrar eso?

    GRACIAS!

  178. Vicente Marín dice:

    Victor, la solicitud de arraigo social solo podrás presentarla cumplidos los tres años en España.

  179. victor h c t dice:

    hola y gracias por orientarnos a todos los que tenemos dudas ,con cuanto tiempo de antelacion se puede iniciar los tramites para el arraigo social , o hay que esperar a cumplir los tres años justos de empadronado, gracias nuevamente y suerte a todos .

  180. IDALIA MADRID dice:

    HOLA SOY DE HONDURAS, ESTE AÑO EN FEBRERO CUMPLIRIA 3 AÑOS DE ESTAR EN ESPAÑA PERO POR MOTIVOS DE URGENCIA MAYOR TUVE QUE VIAJAR A MI PAIS, Y AHORA NO SE SI PODRE MANTENER MI ANTIGUEDAD.

  181. cinthia dice:

    Hola señores abogados me gustaria hacer un comentario sobre mi caso :hace 3 años que me encuentro en españa tengo una hija española de padres bolivanos y me gustaria meter los papeles para estar legal que puedo hacer,tengo ofertas de trabajo,pero me comentaron que para el arraigo social tengo que tener 5 años ,es cierto eso? Atte. cinthia

  182. ROSANA dice:

    hola:mi :mi esposo esta en paro (por un año)y tiene que renovar x tercera ves la targeta y junto con el se renueva la del niño k esta curzando el ultimo año de formacion profecional. pero acaba de cumplir 18 años.depende economicamente de el padre .tiene permiso de residencia por reagrupacion familiar desde hace 5 años .mi pregunta es:le renuevan a mi esposo el permiso solo hasta k se le venza el paro y al niño?le renuevan la recidencia de estudiante ?(recidimos legalmente en españa desde hace casi 5 añosy tenemos una niña de 5años k es española.

  183. benjamin dice:

    ola tengo proplema con la justicia me ha mandar en la carcel sin prueva 7meses y ahora estoy en la calle firmando 2veces al semana ahora tengo 3 años en españa kiero precuntar si puedo solicitar el araigo social gracia

  184. yolanda dice:

    llevo 5 años en españa legalmente con contrato de trabajo mi hija está aquí por reagrupación familiar desde hace 2 años ahora tiene 20 y ha estudiado en FP ha hecho prácticas en un hospital, sólo tiene dni de estudiante no permitido para trabajo, y si no ha conseguido aún contrato de trabajo para cambiar su dni de estudiante, como es que se puede obtener dni para trabajar si no consigue que le den un contrato, por cuenta propia es costoso lo que hay quepagar a la seg.soc., que se puede hacer en este caso?

  185. hola me gustaria saber que antecedentes penales son los que hay que presentar para aquellas personas de origen pakistani y cuales son los sellos y formato valido para que la solicitud tenga validez, pues los que el pais expide hasta el momento parecen no ser validos porque son antecedentes de tan solo el distrito de la persona que presenta la solicitud y esto no parece ser valido. espero respuesta pronto gracias. anika

  186. LUCIA FR dice:

    CUAL ES EL PLAZO MAXIMO PARA LA RESOLUCION DE UN EXPEDIENTE POR ARRAIGO SOCIAL? ESTAN DEMORANDO EN DAR LAS RESPUESTAS ? GRACIAS

  187. antonio dice:

    hola quisiera saber si la nueva ley de arraigo social favorece a las personas con empadronamiento de mas de 6 meses al dia de que lo pongan en vigencia, y apartir de cundo entra en vigencia esta ley de regularizacion

  188. mira victor cabrera tu je te lo digo la verda e muy sencible como tienes la explulsion no puedes presentar nigun tipo de tramite o documentatoi tu estas obligafo de salir del pays si ti detenen te van a echar te lojuro guidate tu antes tienes q canselar esa expulsion e para canselarla es muy dificil ahora antes estaban quitando con tribunal superior de justicia como tienes tu antiguidad e eso ahora no ahora te hechan directamente por eso te digi estas perdiendo tu tiempo nada mas je conosco de estas temas mucho aqui tines mi numre si qieres llamarme o assegurarte 662056832

  189. SANDRA YANETH dice:

    TENGO UNA PREGUNTA SI UNA PERSONA ESTA AQUI EN ESPAÑA MAS DE DE DOS AÑOS COTIZANDO EN LA S.S. MAS DE UN AÑO Y TIENE LA TARGETA COMO SOLICITANTE DE ASILO PUEDE PEDIR O SOLICITAR EL ARAIGO POR TIEMPO Y A DONDE SE DEBE DIRIGIR PARA DICHO TRAMITE.MIL GRACIAS POR SU RESPUESTA ATENTAMENTE
    SANDRA YANETH

  190. gabriel dice:

    hola, tengo mi esposa y 4 hijos que estan viviendo en españa desde hace ya 3 años y aun no tienen la residencia, yo tengo la residencia desde hace mas de un año, ¿que debo hacer para que mis hijos y mi esposa puedan recidir legalmente? desde ya gracias por toda su ayuda y espero una pronta respuesta de su parte . saluda a Uds. Muy Atte.

  191. LAURA dice:

    HOLA SI VIVO EN MADRID DONDE ES QUE DEBO IR PARA PRESENTAR UN ARRAIGO SOCIAL Y QUE DOCUMENTACION DEBO PRESENTAR , SERIA CON CONTRATO DE TRABAJO , QUE DEBO PRESENTAR DE ESA PERSONA QUE ME EMPLEARA. GRACIAS

  192. MAGDA dice:

    HOLA DESEO SABER CON CUANTO TIEMPO DE ANTELACION A CUMPLIR LOS 3 AÑOS DEBO PRESENTAR LOS PAPELES PARA QUE REALMENTE ME DEN EL ARRAIGO EN ESE TIEMPO Y NO PASADO . ES QUE DICEN QUE SE ESTA DEMORANDO MUCHO . SALUDOS Y GRACIAS

  193. Victor Cabrera dice:

    hola a todos..
    LLevo en españa casi tres años, quiero solicitar mi residencia y trabajo pero tengo una carta d expulsion desde hace 2 años y 8 meses y no tengo pasaporte, la policia se habia quedado con el cuando me dieron la carta de expulsion , quisiera saber si igual puedo presentar los papeles para solicitar el arraigo o no, porq a lo mejor corro el riezgo de q me expulsen del pais por tener dicha carta de expulsion , por favor si podrian ayudarme con alguna informacion.

    Muchas gracias..

  194. marcela edith pioli dice:

    hola,soy madre de una niña que nacio en españa el 25-08-2007,y hace dos años y medio que resido en madrid,tengo posibilidades que me consedan la residencia?y como.saludo a uds.muy atte.espero su pronta respuesta,gracias.

  195. paloma dice:

    cuanto se estan tardando en dar las resoluciones del arraigo social espero que me respondan lo antes posible
    de ante mano muchas gracias.
    PALOMA

  196. mohamed dice:

    por favor ayuda mi tengo todos papeles falta contrato de tarabajo como hacer gracias

  197. awilda dice:

    hola soy awilda podria preguntar si para el araisgo me serviria una denuncia que hise a se 2 años y 11 meses, de la perdida de mi pasaporte y de empadronada tengo 2 años y 6 meses . espero respuesta lo antes posible gracias

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