¿Vale el arraigo familiar para trabajar?

Una de las dudas más frecuentes que nos llegan a diario es en relación al Arraigo Familiar.

Concretamente nos preguntáis si sirve el arraigo familiar para trabajar o si tenéis que hacer algún trámite adicional para que os contraten o para montar vuestra propia empresa. 

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Solicitar el Arraigo Familiar

Antes de nada queremos hacer un repaso rápido a la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Familiar, ya que en los últimos años ha sufrido algunos cambios. 

¿Quién puede pedir el Arraigo Familiar?

Este tipo de autorización en España la puede tramitar:

  • Ser padre, madre o tutor de un menor, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, siempre que al solicitar acredite residir en territorio nacional, tener a cargo al menor y convivir con éste o esté al corriente de sus obligaciones paternofiliales.
  • O ser quien preste apoyo a una persona con discapacidad, que sea nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante sea su familiar, tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella.

¿Sirve el arraigo familiar para trabajar?

Cuando un extranjero logra obtener su autorización de residencia, por cualquiera de los supuestos uqe te hemos explicado esta autorización de residencia vale para trabajar.

Es decir que no será necesario realizar ningún trámite previo para poder comenzar a trabajar, tanto si lo vamos hacer a través de un contrato de trabajo como si vamos a poner nuestra propia empresa. Así, el extranjero con esta autorización, podrá ejercer libremente como autónomo o como empleado.

Además en el momento de solicitud de este tipo de autorización no es necesario aportar una oferta de empleo, ni crear nuestra propia empresa, ni justificar medios económicos propios, como puede suceder con el famoso Arraigo Social. 

Renovar el Arraigo Familiar

Como podéis ver acceder a este tipo de autorización en España es muy sencillo, ya que solamente debemos acreditar básicamente dos requisitos:

  • Que tenemos ese vínculo con un niño de nacionalidad comunitario o eres un familiar cuidador de un comunitario 
  • Que no tienes antecedentes penales 

Llegados a este punto, debemos destacar que la validez del arraigo familiar es de 5 años y en el momento en que te caduque dicha tarjeta ya podrás renovarla y solicitar la Autorización de Residencia de Larga Duración

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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11 comentarios en “¿Vale el arraigo familiar para trabajar?”
  1. NICOLAS MARTÍNEZ dice:

    Buenas, soy pareja de hecho (con resolución) de mi mujer española.
    Quiero firmar contrato de trabajo y me dicen que con el resguardo ya puedo hacerlo.
    Sirve el resguardo del arraigo o solo el resguardo de familiar de comunitario?
    Gracias

    1. Jose Parainmigrantes dice:

      Buenos días, llámanos y te explicamos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/l

  2. Claudia Semprúm dice:

    Hola, primero que nada agradecerles la información que siempre publican en las redes y los post que son de gran ayuda.
    Ahora tengo la siguiente duda: Con la obtención de la tarjeta de residencia de 5 años y el permiso de trabajo, existe limitación geográfica y de una ocupación determinada para el familiar que la obtiene por arraigo Familiar? En que momento se especifica lo de la ocupación?
    Gracias, un saludo

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  3. Ciraine dice:

    Buenas tardes, tengo la nacionalidad española y le hice a mi madre un arraigo familiar con excepción de contrato de trabajo, su tarjeta dice que no tiene derecho a trabajar, ahora consigue un contrato de trabajo y le dicen que no porque ella está bajo mi tutela. Cómo podría ella cambiar la residencia para poder trabajar?, gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y vemos tu caso https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  4. Francisco Alexander Silveira Valdes dice:

    Buenos días mire yo tengo la nacionalidad española mi mujer residencia por reagrupación familiar y mi pregunta es como puedo hacer para traerme a mis hijo uno tiene 24 año se graduó de ingeniería civil y el otro es médico graduado en medicina familiar y tiene 29 años que puedo hacer o wue me recomienda gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Francisco puede hacer una reagrupación familiar comunitaria pero deberían depender de usted. Le dejamos información https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

  5. Arely dice:

    Saludos mi esposo es ciudadano español estamos legalmente casado la embajada de España en la Habana estoy en trámite de mi visa habrá trabajo para nosotros

  6. Uriel dice:

    Tengo familia España mas 30 años son españoles yo vivo en Colombia pero ello me negaron la invitación a trabajar en España en zona rural como puedo acceder la visa gracias

  7. Rocio dice:

    Hola! Quisiera saber si puedo trabajar algunos meses siendo autónomo y otros con contrato o si debo hacerlo de una sola forma de principio a fin del permiso. Tuve un contrato a principio de mi permiso y ahora he conseguido un trabajo donde debo ser autónomo, esto implica algún inconveniente en la renovación?
    Muchas gracias!

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